CONVENIO DE COOPERACIÓN
INSTITUCIONAL ENTRE TRANSPARENCIA
Y LA COMISIÓN DE LA
VERDAD Y RECONCILIACIÓN
Conste
por el presente documento el Convenio de Cooperación
Institucional que celebran de una parte la Asociación
Civil Transparencia, representada por su Presidente, don Salomón
Lerner Ghitis, identificado con DNI. Nº 08205476, con
domicilio legal en Av. Belén 389, San Isidro, Lima,
en adelante TRANSPARENCIA; y de la otra parte la Comisión
de la Verdad y Reconciliación creada por el Presidente
de la República
mediante Decreto Supremo Nº 065-2001-PCM, del 4 de junio
del 2001, complementado por Decreto Supremo Nº 101-2001-PCM,
representada por su Presidente, don Salomón Lerner Febres,
identificado con D.N.I. Nº 08771655, designado para tal
cargo por Resolución Suprema Nº 330-2001-PCM y
facultado para la suscripción de convenios de cooperación
mediante Resolución Ministerial Nº 212-2001-PCM,
con domicilio legal en la Avenida Salaverry 2802, San Isidro,
Lima, en adelante LA COMISIÓN, en los términos
y condiciones siguientes:
PRIMERA: DE LAS PARTES DEL CONVENIO
Asociación Civil Transparencia
TRANSPARENCIA es una entidad de la sociedad civil que promueve
la participación activa de los ciudadanos en la vigilancia
de los procesos electorales dentro del marco de una cultura
ciudadana.
TRANSPARENCIA busca estrechar los vínculos entre la
sociedad civil y las autoridades a través de cursos
de gestión y formación dirigidos a funcionarios
públicos del Estado y a líderes locales así como
a la construcción de propuestas viables entre la ciudadanía,
organizaciones políticas y Estado difundiendo el ejercicio
democrático y transparente de los asuntos públicos
en el país.
TRANSPARENCIA diseña cursos de Educación Cívica
para ser trabajados por docentes en la Escuela, formando íntegramente
a futuros ciudadanos.
La Comisión de la Verdad y Reconciliación
La Comisión de la Verdad y Reconciliación es
un órgano de alto nivel creado por el Poder Ejecutivo
mediante Decreto Supremo Nº 065-2001-PCM, del 4 de junio
del 2001, complementado luego por Decreto Supremo N° 101-2001-PCM,
con la finalidad de esclarecer el proceso, los hechos y responsabilidades
de la violencia terrorista y de la violación de los
derechos humanos producidos desde mayo de 1980 hasta noviembre
de 2000, imputables tanto a las organizaciones terroristas
como a los agentes del Estado, así como proponer iniciativas
destinadas a afirmar la paz y la concordia entre los peruanos.
La
Comisión de la Verdad y Reconciliación se
ha constituido en el mecanismo idóneo para procesar
y esclarecer las graves violaciones a los derechos humanos
ocurridas en el período de violencia, requiriendo para
ello de todo el apoyo y cooperación de las instituciones
públicas y privadas y la ciudadanía en general.
Además debe orientar sus esfuerzos a analizar las causas
de la violencia, contribuir con la realización de la
justicia por los órganos competentes y elaborar propuestas
de reformas institucionales y de reparación integral
a las víctimas.
SEGUNDA: DEL OBJETO DEL CONVENIO
El presente convenio establece el marco de cooperación
entre TRANSPARENCIA y la Comisión para el logro de los
siguientes objetivos generales:
- Promover el proceso de esclarecimiento de la verdad,
el imperio de la justicia y la reparación de las víctimas,
para la consolidación del proceso de reconciliación
nacional y el fortalecimiento del régimen democrático
constitucional.
- Promover la vigencia de los derechos humanos en la sociedad
peruana, poniendo especial énfasis en la restitución
de los derechos vulnerados como consecuencia de la violencia
que afectó a nuestro país.
- Contribuir a la
elaboración de recomendaciones para
las reformas legales, institucionales y educativas con
carácter
preventivo; así como propuestas para un programa
de reparación a las víctimas de la violencia.
- Promover
y difundir los alcances de la labor que desarrollará la
Comisión, procurando que ésta ocupe un lugar
importante en la vida nacional, y que convoque a la mayor
cantidad de sectores de la sociedad. Para estos efectos
se elaborará un
plan de acciones y proyectos que detallen el trabajo que
desarrollaran ambas instituciones.
TERCERA: DE LAS ÁREAS DE COOPERACIÓN De conformidad con el objeto del convenio, las áreas
de cooperación están referidas a los siguientes
temas:
1. Educación y Difusión
A través de los coordinadores provinciales voluntarios,
así como de los respectivos comités provinciales
y redes de voluntarios de Huamanga, San Francisco, Huancavelica,
Apurimac, Huancayo, Satipo, Húanuco, Tingo María,
Tarapoto, Puno, Cusco y Lima, TRANSPARENCIA asume el compromiso
de difundir los alcances y atribuciones de la Comisión,
y de capacitar a líderes locales y de la comunidad motivando
su participación en acciones de respaldo a la Comisión.
2. Mediación y acompañamiento
A efectos de acercar más a los Comisionados y miembros
de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión con
los sectores de la población rural afectada por la violencia
donde los comités provinciales cuenten con reconocimiento
público, TRANSPARENCIA procurará la actuación
de éstos en la mediación y acompañamiento
tanto de los Comisionados como de las víctimas. Esto
podrá incluir la cesión temporal de ambientes
o locales desde donde el equipo de la Comisión pueda
realizar su trabajo.
3. Promotores de la Verdad
La Comisión creará el programa de los Promotores
de la Verdad, que tendrán como función principal
difundir el trabajo de la Comisión, mediante acciones
culturales, educativas y comunicacionales. Asimismo, cuando
la Comisión lo requiera, podrán contribuir al
recojo de información y canalizar las denuncias y casos
que se encuentren bajo su mandato.
TRANSPARENCIA se compromete
a identificar a través
de los comités provinciales a los líderes locales
y a definir perfiles de voluntarios que trabajen como Promotores
de la Verdad, los mismos que serán seleccionados por
la Comisión a partir del registro elaborado por TRANSPARENCIA.
Los promotores deberán tener capacidad para relacionarse
de manera fluida y sensible con grupos sociales diversos, dominio
de idiomas del lugar, manejo de situaciones límite y
experiencia en técnicas de entrevistas.
CUARTA: DE LOS ACUERDOS ESPECÍFICOS Se podrán elaborar acuerdos específicos según
las áreas de cooperación. En ellos se establecerá el
alcance, duración y obligaciones de las partes. Asimismo,
a través de ellos se podrán establecer otras áreas
de cooperación así como la ampliación
de las mismas.
QUINTA: DEL FINANCIAMIENTO Para la ejecución de los objetivos del presente Convenio,
las partes conjunta o separadamente, podrán solicitar
apoyo económico y financiero necesario nacional o internacional.
SEXTA: DURACIÓN DEL CONVENIO El presente convenio comenzará a regir a partir de
la fecha de su suscripción y mantendrá su vigencia
hasta la fecha en que la Comisión de la Verdad y Reconciliación
culmine con el encargo conferido por el Decreto Supremo 065-2001
PCM, a menos que una de las partes comunique a la otra por
escrito y con un mes de antelación, su intención
de darlo por terminado.
SÉTIMA: DE LOS COORDINADORES OPERATIVOS Para el mejor cumplimiento de los objetivos del presente convenio
se designan como coordinadores operativos:
Por la Comisión de la Verdad y Reconciliación:
Dr. Javier Ciurlizza Contreras, Secretario Ejecutivo
Sra. Iris Jave Pinedo, coordinadora del área de comunicaciones
Por TRANSPARENCIA:
Dr. Percy Medina Masías, Secretario General Adjunto
Con la finalidad de alcanzar los objetivos materia del presente
Convenio, ambas partes, a través de sus coordinadores
operativos, o las personas que ellos designen, se comprometen
a celebrar reuniones de coordinación y diseño
de acciones conjuntas cuando alguna de ellas lo considere necesario.
OCTAVA: INTERPRETACIÓN Y CONTROVERSIAS El presente convenio se sustenta en la buena fe de las partes,
razón por la cual las controversias que se presentaran
en cuanto a su interpretación, ejecución o incumplimiento,
serán resueltas de común acuerdo.
En expresión de conformidad con el contenido y alcances
del presente convenio, las partes lo firman en dos ejemplares
igualmente válidos, en Lima a los 20 días del
mes de Noviembre del 2001.
SALOMÓN LERNER FEBRES
Presidente
Comisión de la Verdad y Reconciliación
SALOMÓN
LERNER GHITIS
Presidente
Asociación Civil TRANSPARENCIA
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