CONVENIO DE COOPERACIÓN
INSTITUCIONAL ENTRE LA COMISIÓN DE LA VERDAD
Y RECONCILIACIÓN
Y LA INSTITUCIÓN RED PARA LA INFANCIA Y LA FAMILIA -
PERÚ (REDINFA)
Conste por el presente documento el Convenio de Cooperación
Institucional que celebran de una parte la Institución
Red para la Infancia y la Familia - Perú, representada
por su presidenta Srta. Rosa Lía Chauca Sabroso, identificada
con D.N.I. N° 08863940, con domicilio legal en Av. Benavides
# 3583 Of. 302 Surco, en adelante REDINFA; y de la otra parte
la Comisión de la Verdad y Reconciliación creada
por el Presidente de la República mediante Decreto Supremo
Nº 065-2001-PCM, del 4 de junio del 2001, complementado
por Decreto Supremo Nº 101-2001-PCM, representada por
su Presidente, don Salomón Lerner Febres, identificado
con D.N.I. Nº 08771655, designado para tal cargo por Resolución
Suprema Nº 330-2001-PCM y facultado para la suscripción
de convenios de cooperación mediante Resolución
Ministerial Nº 212-2001-PCM, con domicilio legal en la
Avenida Salaverry 2802, San Isidro, Lima, en los términos
y condiciones siguientes:
PRIMERA: DE LAS PARTES DEL CONVENIO
Redinfa
Redinfa es un organismo no gubernamental que viene trabajando
desde 1992 en el proyecto Programa de Atención en Salud
Mental Infantil - PASMI, a través del cual se ha formado
y capacitado a 124 personas, en su mayoría mujeres,
que conforman los equipos locales de Ayacucho, Abancay, Pucallpa,
Tarapoto y Sicuani, con quienes hemos llegado a 199 comunidades
desarrollando acciones en salud mental, en las cuales han participado
267 organizaciones de base e instituciones públicas
y privadas. También se ha capacitado en temas de salud
mental a 7,296 adultos (docentes, padres de familia y personal
de instituciones), 537 personas han sido formadas como promotores
y promotoras comunales, quienes atienden aproximadamente a
22,081 niños, niñas y adolescentes en los talleres
de niños y en acciones y campañas masivas en
las diferentes zonas de atención del proyecto.
Igualmente
desde 1,999 capacita y acompaña a ocho instituciones
no gubernamentales de Huancavelica para la incorporación
del enfoque de salud mental en sus proyectos de desarrollo,
habiéndose conformado en el año 2,000 una mesa
de salud mental en la zona, la misma que está siendo
asesorada por la institución.
La Comisión de la Verdad y Reconciliación
La Comisión de la Verdad y Reconciliación es
un órgano de alto nivel creado por el Poder Ejecutivo
mediante Decreto Supremo Nº 065-2001-PCM, del 4 de junio
del 2001, complementado luego por Decreto Supremo N° 101-2001-PCM,
con la finalidad de esclarecer el proceso, los hechos y responsabilidades
de la violencia terrorista y de la violación de los
derechos humanos producidos desde mayo de 1980 hasta noviembre
de 2000, imputables tanto a las organizaciones terroristas
como a los agentes del Estado, así como proponer iniciativas
destinadas a afirmar la paz y la concordia entre los peruanos.
La
Comisión de la Verdad y Reconciliación se
ha constituido en el mecanismo idóneo para procesar
y esclarecer las graves violaciones a los derechos humanos
ocurridas en el período de violencia, requiriendo para
ello de todo el apoyo y cooperación de las instituciones
públicas y privadas y la ciudadanía en general.
Además debe orientar sus esfuerzos a analizar las causas
de la violencia, contribuir con la realización de la
justicia por los órganos competentes y elaborar propuestas
de reformas institucionales y de reparación integral
a las víctimas.
SEGUNDA: DEL OBJETO DEL CONVENIO
El presente convenio tiene por objeto establecer relaciones
de cooperación y coordinación entre la Comisión
de la Verdad y Reconciliación y REDINFA.
Para el cumplimiento
de los objetivos del convenio se diseñarán
acciones conjuntas que contribuyan a promover, proteger y garantizar
el ejercicio pleno de los derechos humanos.
TERCERA: DE LOS COMPROMISOS
De conformidad con los objetivos generales del Convenio, la
REDINFA asume los siguientes compromisos:
- Aportar a la sensibilización respecto al trabajo
comunitario en salud mental en el marco de la labor de la
Comisión
de la Verdad y Reconciliación, en las zonas de intervención
institucional.
- Capacitar en temas de su competencia a los
equipos de trabajo de la Comisión de la Verdad y
Reconciliación,
en las zonas de intervención institucional.
- Asesorar
a los equipos locales de salud mental de las zonas de intervención
de la institución, para que brinden
apoyo emocional a los equipos de trabajo de la Comisión
de la Verdad y Reconciliación y a la población
testimoniante, durante y después del proceso.
- Informar
mensualmente acerca de las actividades realizadas en
el marco del presente convenio.
CUARTA: DE LOS ACUERDOS ESPECÍFICOS
Se podrán elaborar acuerdos específicos según
los compromisos asumidos. En ellos se establecerá el
alcance, duración y obligaciones de las partes. Asimismo,
a través de ellos se podrán establecer otros
compromisos, los mismos que deberán constar por escrito.
QUINTA: DURACIÓN DEL CONVENIO
El presente convenio comenzará a regir a partir de
la fecha de su suscripción y mantendrá su vigencia
hasta la fecha en que la Comisión de la Verdad y Reconciliación
culmine con el encargo conferido por el Decreto Supremo 065-2001
PCM, a menos que una de las partes comunique a la otra por
escrito y con un mes de antelación, su intención
de darlo por terminado.
SEXTA: DE LOS COORDINADORES OPERATIVOS
Para el mejor cumplimiento del objeto del presente convenio
se designan como coordinadores operativos:
Por la Comisión de la Verdad y Reconciliación:
Susana Gonzáles Paz, responsable de la red de apoyo
a la CVR
Viviana Valz Gen Rivera, equipo de salud mental - CVR
Por la Institución Red para la Infancia y la Familia
- REDINFA
Srta. Rosa Lía Chauca Sabroso, Presidenta
Con la finalidad de alcanzar los objetivos materia del presente
Convenio, ambas partes, a través de sus coordinadores
operativos, o las personas que ellos designen, se comprometen
a celebrar reuniones de coordinación y diseño
de acciones conjuntas cuando alguna de ellas lo considere necesario.
SÉTIMA: INTERPRETACIÓN Y CONTROVERSIAS
El presente convenio se sustenta en la buena fe de las partes,
razón por la cual las controversias que se presentaran
en cuanto a su interpretación, ejecución o incumplimiento,
serán resueltas de común acuerdo.
En expresión de conformidad con el contenido y alcances
del presente convenio, las partes lo firman en dos ejemplares
igualmente válidos, en Lima a los 12 días del
mes de marzo del 2002.
Salomón Lerner Febres
Presidente
Comisión de la Verdad y Reconciliación
Rosa
Lía Chauca Sabroso
Presidenta
REDINFA
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