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CONCLUSIONES GENERALES DEL INFORME FINAL DE LA CVR

Las investigaciones realizadas sobre el proceso de violencia de origen político que se vivió en el Perú entre los años 1980 y 2000, han permitido a la Comisión de la Verdad y Reconciliación llegar a las conclusiones que se exponen a continuación.

I. LAS DIMENSIONES DEL CONFLICTO

1. La CVR ha constatado que el conflicto armado interno que vivió el Perú entre 1980 y 2000 constituyó el episodio de violencia más intenso, más extenso y más prolongado de toda la historia de la República. Asimismo, que fue un conflicto que reveló brechas y desencuentros profundos y dolorosos en la sociedad peruana.

2. La CVR estima que la cifra más probable de víctimas fatales de la violencia es de 69,280 personas.1 Estas cifras superan el número de pérdidas humanas sufridas por el Perú en todas las guerras externas y guerras civiles ocurridas en sus 182 años de vida independiente.

3. La CVR afirma que el conflicto abarcó una proporción mayor del territorio nacional que cualquier otro conflicto,2 provocó enormes pérdidas económicas expresadas en destrucción de infraestructura y deterioro de la capacidad productiva de la población y llegó a involucrar al conjunto de la sociedad.

4. La CVR ha constatado que existió una notoria relación entre situación de pobreza y exclusión social, y probabilidad de ser víctima de la violencia. En el departamento andino de Ayacucho se concentra más del 40 por ciento de muertos y desaparecidos reportados a la CVR. Al sumar a ello las víctimas consignadas por la CVR en los departamentos de Junín, Huánuco, Huancavelica, Apurímac y San Martín se llega al 85 por ciento de las víctimas registradas por la CVR.3

5. La CVR ha constatado que la población campesina fue la principal víctima de la violencia. De la totalidad de víctimas reportadas, el 79 por ciento vivía en zonas rurales y el 56 por ciento se ocupaba en actividades agropecuarias. Estas cifras contrastan con las del censo de 1993 según el cual el 29 por ciento de personas vivían en zonas rurales y el 28 por ciento de la PEA nacional estaba ocupada en el sector agropecuario.

6. La CVR ha podido apreciar que, conjuntamente con las brechas socioeconómicas, el proceso de violencia puso de manifiesto la gravedad de las desigualdades de índole étnico-cultural que aún prevalecen en el país. Del análisis de los testimonios recibidos resulta que el 75 por ciento de las víctimas fatales del conflicto armado interno tenían el quechua u otras lenguas nativas como idioma materno. Este dato contrasta de manera elocuente con el hecho de que la población que comparte esa característica constituye solamente el 16 por ciento de la población peruana de acuerdo con el censo nacional de 1993.

7. La CVR ha comprobado que, en términos relativos, los muertos y desaparecidos tenían grados de instrucción muy inferiores al promedio nacional. Mientras el censo nacional de 1993 indica que solamente el 40 por ciento de la población nacional tiene un nivel educativo inferior a la educación secundaria, la CVR ha encontrado que el 68 por ciento de las víctimas se encontraba por debajo de ese nivel.

8. La CVR concluye que la violencia impactó desigualmente en distintos ámbitos geográficos y en diferentes estratos sociales del país. Si la tasa de víctimas reportadas a la CVR respecto de la población de Ayacucho hubiera sido similar en todo el país, la violencia hubiera ocasionado 1 millón 200 mil muertos y desaparecidos. De esa cantidad, 340 mil hubieran ocurrido en la ciudad de Lima.

9. La CVR ha constatado que la tragedia que sufrieron las poblaciones del Perú rural, andino y selvático, quechua y asháninka, campesino, pobre y poco educado, no fue sentida ni asumida como propia por el resto del país; ello delata, a juicio de la CVR, el vela-do racismo y las actitudes de desprecio subsistentes en la sociedad peruana a casi dos siglos de nacida la República.

10. La CVR ha hallado que el conflicto puso de manifiesto graves limitaciones del Estado en su capacidad de garantizar el orden público y la seguridad, así como los derechos fundamentales de sus ciudadanos dentro de un marco de actuación democrático.

11. La CVR, asimismo, ha encontrado una precaria vigencia del orden constitucional y el Estado de Derecho, los que en esos tiempos de crisis fueron vulnerados.

II. LAS RESPONSABILIDADES DEL CONFLICTO

A. Sobre el Partido Comunista del Perú-Sendero Luminoso (PCP-SL)

12. La CVR considera que la causa inmediata y fundamental del desencadenamiento del conflicto armado interno fue la decisión del PCP-SL de iniciar la lucha armada contra el Estado Peruano, a contracorriente de la abrumadora mayoría de peruanos y peruanas, y en momentos en que se restauraba la democracia a través de elecciones libres.

13. Para la CVR, el PCP-SL fue el principal perpetrador de crímenes y violaciones de los derechos humanos tomando como medida de ello la cantidad de personas muertas y desaparecidas. Fue responsable del 54 por ciento de las víctimas fatales reportadas a la CVR. Esta cuota tan alta de responsabilidad del PCP-SL es un caso excepcional entre los grupos subversivos de América Latina y una de las singularidades más notorias del proceso que le ha tocado analizar a la CVR.

14. La CVR ha comprobado que el PCP-SL desplegó extremada violencia e inusitada crueldad que comprendieron la tortura y la sevicia como formas de castigar o sentar ejemplos intimidatorios en la población que buscaba controlar.

15. La CVR ha encontrado que el PCP-SL fue en contra de las grandes tendencias históricas del país. Poniendo en práctica una férrea voluntad política, se expresó como un proyecto militarista y totalitario de características terroristas que no conquistó el apoyo duradero de sectores importantes de peruanos.

16. La CVR considera que el PCP-SL sustentó su proyecto en una ideología de carácter fundamentalista, centrada en una rígida preconcepción del devenir histórico, encerrada en una visión únicamente estratégica de la acción política y, por tanto, reñida con todo valor humanitario. El PCP-SL desdeñaba el valor de la vida y negaba los derechos humanos.

17. La CVR ha constatado que el PCP-SL logró su cohesión interna a través del llamado Pensamiento Gonzalo que reflejó el culto a la personalidad de Abimael Guzmán Reinoso, fundador y dirigente de la organización, a quien se le consideró la encarnación del pen-samiento más elevado en la historia de la humanidad.

18. La CVR ha determinado que, de acuerdo con su ideología, el PCP-SL adoptó una estrategia orientada a provocar de manera consciente y constante respuestas desproporcionadas por parte del Estado sin tener en cuenta el profundo sufrimiento que ello ocasio-naba a la población por la que decía luchar.

19. La CVR considera que el PCP-SL llevó la ideología fundamentalista y la organización totalitaria a sus extremos. En su acción subversiva se constata una trágica ceguera: ve clases, no individuos; de allí, su falta absoluta de respeto a la persona humana y al de-recho a la vida, incluyendo la de sus militantes. El PCP-SL alimentó en ellos una vena fanática que se convirtió en su sello de identidad.

20. La CVR ha constatado características terroristas del PCP-SL que se desplegaron desde un comienzo a través de ajusticiamientos realizados con sevicia, prohibición de entierros y otras manifestaciones delictivas, incluido el uso de coches-bomba en las ciudades.

21. La CVR encuentra asimismo un potencial genocida en proclamas del PCP-SL que llaman a <pagar la cuota de sangre» (1982), «inducir genocidio» (1985) y que anuncian que «el triunfo de la revolución costará un millón de muertos» (1988). Esto se conjuga con concepciones racistas y de superioridad sobre pueblos indígenas.

22. La CVR ha encontrado que el PCP-SL se aprovechó de ciertas instituciones del sistema educativo como principal cabecera de playa y que, a través de ellas, logró expandir su prédica y captar núcleos minoritarios de jóvenes de uno y otro sexo en diferentes partes del país. Si bien ofrecía a los jóvenes una utopía que les brindaba identidad totalizante, en el fondo los encerraba en una organización fundamentalista y opresora a través de cartas de sujeción a Abimael Guzmán Reinoso.

23. La CVR ha constatado que la prédica del PCP-SL pudo tener aceptación fugaz, en razón de la incapacidad del Estado y de las elites del país para responder a las demandas educativas de una juventud frustrada en sus esfuerzos de movilidad social y de aspira-ción de progreso.

24. La CVR ha encontrado que el PCP-SL secundó las tesis maoístas y convirtió a las zonas rurales en el escenario principal del conflicto. Sin embargo, no tomó en cuenta las necesidades y aspiraciones económicas del campesinado, ni sus organizaciones propias ni sus especificidades culturales, y convirtió, más bien, a los campesinos en masa que debía someterse a la voluntad del partido. La disidencia individual en la masa llevó a asesinatos y aniquilamientos selectivos, y la disidencia colectiva condujo a masacres y arrasamientos de comunidades enteras.

25. La CVR ha establecido que la presencia del PCP-SL en los andes y la respuesta contrasubversiva del Estado revivió y militarizó viejos conflictos intracomunales e intercomunales. Catalogó como enemigos de clase a los sectores de la sociedad rural más conectados al mercado o a las redes e instituciones regionales o nacionales, y decretó su destrucción. Su guerra campesina contra el Estado se convirtió en muchos casos en enfrentamientos entre campesinos.

26. La CVR ha constatado que la violencia extrema practicada por el PCP-SL en las localidades rurales de los andes se extendió también a los centros urbanos. Lima y otras ciudades fueron también escenarios complementarios y sufrieron sabotajes, asesinatos selectivos, paros armados y actos terroristas, especialmente bajo la modalidad de coches-bomba.

27. La CVR señala que la concepción ideológica del PCP-SL implicaba la destrucción del viejo Estado desde sus cimientos. Ello los llevó al asesinato de autoridades locales —alcaldes, gobernadores, tenientes gobernadores, jueces de paz— y de autoridades na-cionales —ministros, parlamentarios y otros representantes de los poderes del Estado—.4 Del total de reportes recibidos por la CVR sobre víctimas fatales causadas por el PCP-SL, el 12 por ciento eran autoridades. Además, el PCP-SL incurrió en el asesinato masivo de dirigentes sociales, hombres y mujeres, dirigentes comunales, alcaldes varas, dirigentes campesinos, sindicales, barriales, magisteriales y de organizaciones de mujeres.

28. La CVR señala que, por la generalidad y sistematicidad de estas prácticas, miembros del PCP-SL, y en especial su dirección nacional y su denominada jefatura, tienen directa responsabilidad en la comisión de crímenes de lesa humanidad en el marco de ataques armados contra la población civil, cometidos a gran escala o bien como parte de una estrategia general o planes específicos. Del mismo modo, estas conductas constituyen, a juicio de la CVR, graves infracciones a los Convenios de Ginebra, cuyo respeto era obligatorio para todos los participantes en las hostilidades.5 La perfidia con la que ac-tuó el PCP-SL en el terreno, escudándose en la población civil, evitando el uso de distintivos y atacando a traición, entre otros métodos similares como el recurso a acciones terroristas, constituyó un calculado mecanismo que buscaba provocar reacciones brutales de las fuerzas del orden contra la población civil, con lo que se incrementaron en una forma extraordinaria los sufrimientos de las comunidades en cuyos territorios se llevaban a cabo las hostilidades.

29/30. La CVR encuentra la más grave responsabilidad en los miembros del sistema de dirección del PCP-SL por el conflicto que desangró a la sociedad peruana, por los siguientes elementos:
• Por haber dado inicio a la violencia en contra del sentimiento abrumadoramente mayoritario de la población;
• por haber planteado su lucha contra la democracia peruana con una estrategia sanguinaria;
• por las prácticas violentas de ocupación y control de territorios rurales y poblaciones campesinas con un alto costo en vidas y en sufrimiento humano;
• por su política de genocidio mediante actos de provocación al Estado;
• por su decisión de proclamar el llamado equilibrio estratégico que acentuó el carácter terrorista de sus acciones.

31. La CVR hace notar la profunda irresponsabilidad y menosprecio del PCP-SL hacia sus propios militantes, a quienes se inducía a matar y a morir de la manera más cruel y sanguinaria, mientras que sus dirigentes máximos, especialmente Abimael Guzmán Reinoso, permanecían en Lima, exentos de riesgos físicos y privaciones, prácticamente durante todo el conflicto. Esta incongruencia se expresó de la manera más patente cuando, tras ser capturado, Abimael Guzmán Reinoso abandonó casi inmediatamente la tesis del equilibrio estratégico y solicitó al gobierno un acuerdo de paz junto con un re-conocimiento explícito y sumamente elogioso al gobierno dictatorial de Alberto Fujimori y Vladimiro Montesinos.

32. La CVR expresa su pesar por los miles de jóvenes que resultaron seducidos por una propuesta que constataba los profundos problemas del país y proclamaba que «la rebe-lión se justifica». Muchos de ellos, con voluntad de transformar esa realidad injusta, no advirtieron que el tipo de rebelión que planteaba el PCP-SL implicaba el ejercicio del terror y la implantación de un régimen totalitario. Quedaron así encuadrados en una organización absolutamente vertical y totalitaria que les inculcaba el desprecio a la vida, castigaba las discrepancias y exigía plena sumisión. Muchos de ellos murieron in-útil y cruelmente. La CVR llama al país a impulsar las reformas institucionales necesa-rias para que proyectos terroristas y totalitarios no encuentren nunca más eco alguno entre los jóvenes.

33. La CVR constata que, a diferencia de otros países de América Latina por esa misma época, entre 1980 y 1992 el conflicto armado interno se desarrolló mientras imperaba en el Perú un régimen democrático, con elecciones libres, libertad de prensa y el sistema político más inclusivo de nuestra historia contemporánea. El PCP-SL y el MRTA se autoexcluyeron de manera unilateral del sistema democrático y, más bien, socavaron con sus acciones armadas el régimen político democrático instaurado en 1980.

B. Sobre el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA)

34. En 1984, el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA) inició a su vez una lucha armada contra el Estado y es responsable del 1.5 por ciento de las víctimas fatales que fueron reportadas a la CVR. A diferencia del PCP-SL, y en forma similar a otras organizaciones armadas latinoamericanas con las que mantuvo vínculos, el MRTA reivindicaba sus acciones y sus miembros usaban distintivos para diferenciarse de la población civil, se abstuvo de atacar a la población inerme y en algunas coyunturas dio muestras de estar abierto a negociaciones de paz. Sin embargo, el MRTA incurrió también en acciones criminales,6 recurrió a asesinatos, como en el caso del general Enrique López Albújar, a la toma de rehenes y a la práctica sistemática del secuestro, crímenes que violan no sólo la libertad de las personas sino el derecho internacional humanitario que el MRTA afirmaba respetar. Cabe resaltar también que el MRTA asesinó a disiden-tes de sus propias filas.

35. En balance, durante la década de 1980 el discurso y las acciones del MRTA contribuyeron a crear un clima en el cual el uso de la violencia pretendía aparecer como un recurso político legítimo, favoreciendo en última instancia la actividad y la expansión del PCP-SL. En la década de 1990, especialmente a partir de su frustrada toma del Congreso y de la toma de la residencia del embajador japonés en diciembre de 1996, el MRTA favoreció la legitimación de la política contrasubversiva autoritaria y militarizada del gobierno de Alberto Fujimori.

III. LA RESPONSABILIDAD DE LOS APARATOS DEL ESTADO

36. La CVR constata que Fernando Belaunde Terry y Alan García Pérez ganaron la presidencia en elecciones libres y directas por los ciudadanos. También lo hizo Alberto Fujimori en 1990. Sin embargo, a partir del golpe de Estado del 5 de abril de 1992, Fujimori se convirtió en un gobernante autoritario que buscó permanecer en el poder consolidando una autocracia corrupta.

37. La CVR hace notar que, a pesar de la subversión armada del PCP-SL y del MRTA, y de ser notoriamente deficitaria en muchos aspectos, la democracia respetó la separación de poderes y la libertad de expresión, celebró tres elecciones presidenciales y parlamentarias, cuatro elecciones municipales nacionales y elecciones regionales en 1989. Ninguna de ellas fue cuestionada.

38. La CVR constata, no obstante, que quienes gobernaron el Estado en ese período carecieron de la comprensión necesaria y del manejo adecuado del conflicto armado planteado por el PCP-SL y el MRTA. Existió un interés por poner en marcha la Constitución de 1979, por desarrollar el país y por hacer que la relación entre gobernantes y gober-nados fuese expresión del Estado de Derecho. Sin embargo, tanto el gobierno del pre-sidente Fernando Belaunde como el del presidente Alan García erraron al no aplicar una estrategia integral —social, política, económica, militar, psicosocial, de inteligencia y de movilización del conjunto de la población— para hacer frente de un modo eficaz y dentro de sus propios marcos democráticos a la subversión armada y al terrorismo.

A. La actuación de las fuerzas policiales

39. La CVR señala que las fuerzas policiales tenían el deber de enfrentar a los grupos subversivos que vulneraban los derechos fundamentales de los ciudadanos y reconoce la esforzada y sacrificada labor que sus miembros realizaron durante los años de violencia. Asimismo, rinde su más sentido homenaje al más de un millar de valerosos miembros de las fuerzas del orden que perdieron la vida o quedaron discapacitados en cum-plimiento de su deber.

40. La CVR considera que la formación contrasubversiva recibida hasta entonces por las fuerzas del orden había tenido como referente a movimientos guerrilleros organizados según el modelo castrista o, en el mejor de los casos, a grupos armados semejantes a los que por esos años actuaban en otros países de América Latina. Esta fue la razón principal de su dificultad para enfrentar a un enemigo vesánico, que se confundía entre la población civil y era diferente de aquellos grupos subversivos.

41. La CVR señala que las fuerzas de la policía tuvieron que responder a la agresión del PCP-SL y, después, del MRTA en condiciones logísticas precarias, sin entrenamiento adecuado ni rotación suficiente de sus agentes. Cuando recibieron la responsabilidad de conducir las acciones de lucha contrasubversiva en Ayacucho, no contaron con un apoyo adecuado del gobierno.

42. La CVR considera que las limitaciones de los servicios de inteligencia policiales no permitieron tener una visión adecuada de lo que acontecía. Esto, sumado al desconocimiento de la naturaleza del PCP-SL, provocó que se menospreciara la magnitud del fenómeno en curso. Así, en lugar de enviar a los agentes más preparados y eficientes de cada institución, se mantuvo la práctica común en las organizaciones policiales de enviar a agentes no idóneos a zonas alejadas como forma de castigo.

43. La CVR ha constatado que una vez declarado el estado de emergencia en Ayacucho, en octubre de 1981, la intervención del destacamento policial contrainsurgente denominado los sinchis7 hizo crecer las violaciones de los derechos humanos, generó resentimientos y distanció a la policía de la población.

44. La CVR señala que tanto las dificultades de coordinación para sumar esfuerzos entre los tres institutos policiales, cuanto la corrupción entre altos oficiales y en unidades estratégicas, fueron factores externos al conflicto mismo que impidieron un mejor desempeño policial en los años en que la subversión aún era débil. Por ello, a pesar de los relativos logros obtenidos durante el año 1982 con la captura de subversivos, especialmente en las ciudades, hubo dos acontecimientos que mostraron que la subversión había excedido las capacidades de las fuerzas policiales: el asalto al centro penitenciario de Huamanga por el PCP-SL y el repliegue de los puestos policiales en el campo a lo largo de 1982.8

45. La CVR ha constatado que, con el ingreso de las fuerzas armadas a Ayacucho y la posterior implantación de los comandos político-militares (CPM) en las zonas declaradas en estado de emergencia, se impuso la subordinación de la policía a las fuerzas armadas. Aquélla quedó sujeta a las funciones establecidas por los jefes militares, por encima de sus propios comandos y de las autoridades civiles. En este contexto, y a medida que la ofensiva militar avanzó, agentes de los tres institutos policiales que actuaron en las zonas de emergencia incurrieron en graves violaciones de los derechos humanos.

46. La CVR concluye que la lucha contra la subversión reforzó en miembros de la policía prácticas autoritarias y represivas preexistentes. La tortura en interrogatorios y las detenciones indebidas, que habían sido frecuentes en el trato con la delincuencia común, adquirieron un carácter masivo durante la acción contrasubversiva. Además, la CVR ha constatado que las violaciones más graves de los derechos humanos por parte de agentes de la policía fueron: ejecuciones extrajudiciales, desaparición forzada de personas, torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes. La CVR condena particular-mente la práctica extendida de la violencia sexual contra la mujer.

47. La CVR constata que, a partir de la segunda mitad de la década de 1980, la unificación de las fuerzas policiales, el seguimiento de sus labores desde el Ministerio del Interior y la fusión de distintas unidades operativas en la Dirección de Operaciones Especiales (DOES), contribuyeron a una mejor coordinación de acciones para la lucha contrasubversiva. Pese a ello, el sector no atendió ni reforzó lo suficiente a la DIRCOTE, unidad que había adquirido experiencia a partir de su trabajo concentrado en Lima.

48. La CVR ha encontrado indicios que vinculan individualmente a agentes de las fuerzas policiales con el mal llamado «Comando Rodrigo Franco», del que no se ha podido determinar si era una organización centralizada o una denominación empleada por actores diversos, no necesariamente articulados entre ellos.

49. La CVR puede afirmar que el distanciamiento entre la policía y las poblaciones tendió a agudizarse conforme se desenvolvía el conflicto armado interno. Este hecho facilitó el arraigo de una mala imagen del policía como perpetrador o, en el caso de las zonas cocaleras, como corrupto vinculado al narcotráfico.

50. La CVR constata que a partir de 1985 las fuerzas policiales llegaron a tener un conocimiento más acertado de la organización y formas de acción de los grupos subversivos, hasta que el trabajo de inteligencia operativa de la DINCOTE (antes DIRCOTE) logró las impecables capturas de los principales dirigentes subversivos. Destacan entre ellos las de Víctor Polay Campos, del MRTA, el 9 de junio de 1992, y la de Abimael Guzmán Reinoso, del PCP-SL, el 12 de septiembre del mismo año. Estas capturas constituyeron un factor fundamental para conseguir la derrota estratégica de la subversión y el terrorismo.

51. La CVR constata que, a partir del golpe de Estado del 5 de abril de 1992, la PNP fue sometida a los planes del Servicio de Inteligencia Nacional y subordinada al poder militar, con un recorte significativo de sus facultades, una distorsión de sus funciones institucionales y una cúpula involucrada en la red de corrupción del régimen manejada por Vladimiro Montesinos

B. La actuación de las fuerzas armadas

52. La CVR señala que, por decisión del gobierno constitucional mediante decreto supremo expedido el 29 de diciembre de 1982, las fuerzas armadas tenían el deber de enfrentar a los grupos subversivos que desafiaban el orden constitucional de la República y vulneraban los derechos fundamentales de los ciudadanos.

53. La CVR reconoce la esforzada y sacrificada labor que los miembros de las fuerzas armadas realizaron durante los años de violencia y rinde su más sentido homenaje a los más de un millar de valerosos agentes militares que perdieron la vida o quedaron discapacitados en cumplimiento de su deber.

54. La CVR ha encontrado que las fuerzas armadas aplicaron una estrategia que en un primer período fue de represión indiscriminada contra la población considerada sospechosa de pertenecer al PCP-SL. En un segundo período, esa estrategia se hizo más selectiva, aunque continuó posibilitando numerosas violaciones de los derechos humanos.

55. La CVR afirma que en ciertos lugares y momentos del conflicto la actuación de miembros de las fuerzas armadas no sólo involucró algunos excesos individuales de oficiales o personal de tropa, sino también prácticas generalizadas y/o sistemáticas de violaciones de los derechos humanos, que constituyen crímenes de lesa humanidad así como transgresiones de normas del Derecho Internacional Humanitario.

56. La CVR concluye que, en este marco, los comandos político-militares (CPM), erigidos en autoridad estatal máxima de las zonas de emergencia, pueden tener la responsabilidad primaria por estos crímenes. El Poder Judicial debe establecer el grado exacto de responsabilidad penal de quienes ejercieron los CPM, ya sea por haber ordenado, incitado, facilitado o encubierto estos hechos, o bien por haber omitido el deber fundamental de ponerles coto.

57. La CVR ha constatado que las violaciones más graves de los derechos humanos por parte de agentes militares fueron: ejecuciones extrajudiciales, desaparición forzada de personas, torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes. La CVR condena particularmente la práctica extendida de violencia sexual contra la mujer. Todos estos actos constituyen una deshonra para quienes fueron sus perpetradores directos y para quienes, en su condición de superiores jerárquicos, los instigaron, permitieron o encubrieron con mecanismos de impunidad.

58. La CVR señala que en el momento de su intervención en la lucha contra la subversión, las fuerzas armadas tenían preparación y equipamiento para enfrentar un eventual conflicto convencional (conflicto externo). Durante los primeros años de su intervención (1983-1985), carecieron de un adecuado trabajo de inteligencia sobre la organización, el perfil de los militantes y la estrategia del PCP-SL. Por decisión de la autoridad civil, su objetivo fue terminar rápidamente el conflicto, sin tomar en cuenta el costo en vidas humanas. Se plantearon recuperar el dominio territorial, suponiendo que la pobla-ción se dividía entre poblados leales al Estado peruano y poblados subversivos o zonas rojas, sin advertir que estas últimas no eran homogéneas y contenían por lo general sec-tores sobre los cuales el PCP-SL se imponía por la coacción e incluso el terror.

59. Para la CVR, aunque la intervención militar inicial golpeó duramente la organización y la capacidad operativa de PCP-SL,9 produjo también una secuela de violaciones masivas de los derechos humanos y convirtió al bienio 1983-1984 en el más letal del conflicto, fundamentalmente, en Ayacucho. Peor aun, la estrategia resultó contraproducente, pues la represión indiscriminada en las zonas rurales postergó la ruptura entre PCP-SL y los sectores más pobres del campesinado, y no evitó la expansión de las acciones armadas a otras zonas del país.

60. La CVR señala que, en agosto de 1989, las fuerzas armadas aprobaron la sistematización de una estrategia contrasubversiva. La nueva estrategia distinguía en los teatros de operaciones poblaciones amigas, neutrales y enemigas, y no tenía como objetivo principal el control territorial sino la eliminación de las Organizaciones Político-Administrativas (OPA) o comités populares senderistas; ganar a la población y aislar a la fuerza militar del PCP-SL. La estrategia produjo resultados decisivos, como alentar la reacción del campesinado contra el poder senderista y la masificación de los comités de autodefensa, que cambiaron las relaciones entre las fuerzas armadas y el campesinado.

61. En esta etapa las violaciones de derechos humanos fueron menos numerosas, pero más deliberadas o planificadas que en la etapa anterior. Aparecieron, además, escuadrones de la muerte cuya actividad llevó a que el Perú ocupara en esos años el primer lugar en el mundo en desapariciones forzadas de personas.

62. La CVR señala que la nueva estrategia fue aprovechada por un grupo de oficiales que, a su vez, diseñó planes para una posible interrupción castrense del proceso político. Parte de esos planes autoritarios serían retomados posteriormente para el golpe de Es-tado de 1992. Dichos proyectos antidemocráticos expusieron a las fuerzas armadas dos grandes trastornos institucionales: a) el uso de un modelo de política contrasubversiva y la imagen de una fuerza armada victoriosa para justificar el golpe de Estado de 1992, y b) una tregua con el narcotráfico al definir al PCP-SL como enemigo principal, que debía ser aislado del campesinado cocalero. En algunos casos, y sobre todo a partir del ascenso de Vladimiro Montesinos, esa tregua se convirtió en alianza.

63. La CVR concluye que la captura de Abimael Guzmán y la desarticulación del PCP-SL y el MRTA no lograron evitar que la ética, el prestigio e incluso el bienestar y la eficiencia de las fuerzas armadas10 quedaran seriamente mellados por una cúpula que unió su suerte al gobierno dictatorial. Este proceso de descomposición estuvo caracterizado por la actividad del Grupo Colina, la persecución de oficiales disidentes, así como por la organización de un sistema de corrupción, chantaje y espionaje político dentro de las propias fuerzas armadas bajo la dirección de Vladimiro Montesinos.

64. La CVR ha encontrado que las fuerzas armadas fueron capaces de extraer lecciones durante el proceso de violencia, las que le permitieron afinar su estrategia de manera que ésta fuera más eficaz y menos propensa a la violación masiva de los derechos humanos. Este aprendizaje se revela ostensiblemente en el descenso de víctimas por acción de agentes del Estado precisamente en los años más intensos del conflicto armado interno (1989-1993), mientras que durante esos mismos años el PCP-SL desple-gaba una desbordante violencia terrorista contra los pueblos quechua y asháninka, y también contra la población urbana. Ese aprendizaje, junto con la proliferación de los Comités de Autodefensa, la inteligencia operativa policial y el respaldo de la ciudadanía, permite explicar la derrota del PCP-SL.

C. Sobre la actuación de los comités de autodefensa

65. La CVR estima que, desde muy temprano, sectores del campesinado más pobre, aquéllos que según los cálculos del PCP-SL debían haber sido sus aliados principales, se levantaron contra un proyecto que no compartían y que se les imponía por la fuerza. Comunidades como Uchuraccay y otras de las alturas de Huanta se encuentran entre los ejemplos más conocidos. En algunos casos de modo espontáneo, en otros por iniciativa de las fuerzas armadas, los productores agrarios del valle del río Apurímac forma-ron los primeros comités de autodefensa (CADs), que posteriormente se multiplicaron e infligieron en las áreas rurales su primera derrota estratégica al PCP-SL.

66. La CVR reconoce el derecho de los campesinos a la autodefensa en el contexto excepcional planteado por la agresión senderista. Constata, al mismo tiempo, que en un número significativo de casos la formación de comités de autodefensa se produjo por la presión y el amedrentamiento de las fuerzas armadas y/o de otros CADs. En ocasiones, los CADs fueron más allá de tareas de autodefensa y resultaron, de acuerdo con los hallazgos de la CVR, responsables de crímenes que deben ser sancionados.

67. La CVR reconoce, sin embargo, que los CADs fueron un factor muy importante en el desenlace del conflicto armado interno y rinde homenaje a los ronderos caídos en defensa de sus comunidades y del país. Resalta, asimismo, que, una vez terminado el conflicto armado, no se convirtieron en sicarios del narcotráfico, ni pusieron su experiencia militar al servicio de otros actores implicados en actividades ilícitas. La inmensa mayoría de los miembros de los CADs se ha reintegrado a sus comunidades, y el país sigue teniendo una deuda con ellos. El decreto legislativo 741 promulgado a fines de 1991, y su posterior reglamentación, sólo les reconoce indemnizaciones a partir de la promulgación de la ley, y ha beneficiado a un reducido número de deudos.

IV. EL PROCESO POLÍTICO Y LOS GOBIERNOS

68. La CVR diferencia en primer lugar los años que van entre 1980 y 1992, tramo que transcurrió bajo regímenes civiles electos democráticamente, del tramo final de nuestro mandato, posterior al golpe de Estado del 5 de abril de 1992. Ese cambio de régimen tiene una incidencia directa sobre las responsabilidades de las máximas autoridades del Estado en torno a las violaciones de los derechos humanos, pues la centralización del poder incide en la relación más directa en principio entre el Presidente de la República y los grupos que operan encubiertos por el poder para perpetrar esas violaciones.

69. La CVR considera que, dado el desarrollo de los hechos, marcado por la creciente violencia del PCP-SL, era inevitable que el Estado utilizara sus fuerzas armadas para hacerle frente y recurriera a declarar estados de emergencia, considerados por la Constitución vigente para afrontar situaciones de grave riesgo. La CVR deplora, sin embargo, que los gobiernos que así lo decidieron, no tomasen las previsiones para impedir los atropellos de los derechos fundamentales de la población.

70. La CVR es consciente de que todo este actuar de los gobiernos estaba condicionado, tanto en su debilidad como en su improvisación, por fallas profundas del Estado: i) su insuficiente cobertura territorial y densidad institucional; ii) su falta de preparación para enfrentar un conflicto de esas características; iii) la desconfianza que le provocaban significativos sectores de sus propios ciudadanos y; iv) una creciente incapacidad para someterse a los marcos constitucionales y legales de los que acababa de dotarse el país a través de la Constitución de 1979.

71. La CVR rinde por eso su homenaje a los dirigentes y militantes de los partidos políticos democráticos que ofrendaron su vida o sufrieron maltrato por cumplir con honestidad con sus deberes públicos. Nos referimos tanto a los militantes de los partidos que gobernaron, así como a los que tuvieron responsabilidad parlamentaria en las regiones y municipios. Debe destacarse especialmente a las autoridades locales de los lugares más afectados por la violencia, que mantuvieron la presencia del Estado peruano muchas veces a costa del máximo sacrificio. Ellos deben ser un ejemplo para todos en esta nueva etapa de búsqueda de democracia.

72. La CVR debe constatar, al mismo tiempo, una muy grave responsabilidad de los gobiernos de esos años, así como de los partidos que tuvieron representación en el Parlamento, los gobiernos locales y, entre 1989 y 1991, los gobiernos regionales. En los primeros doce años del conflicto, las fuerzas policiales y las fuerzas armadas se hicie-ron cargo del combate a la subversión a partir de instrumentos legales aprobados por gobiernos civiles y dentro del marco de una legislación antiterrorista promulgada por un Congreso elegido democráticamente.

73.La CVR ha recogido amplia evidencia de cómo en el combate a los grupos subversivos se cometieron gravísimas y masivas violaciones de los derechos humanos, lo que invo-lucra en primer lugar a los gobiernos, que eran los responsables del conjunto de la acción del Poder Ejecutivo, del cual dependen las fuerzas del orden. Además de ello, los gobiernos civiles electos incurrieron en la más grave responsabilidad al desatender las denuncias de violaciones de derechos humanos o, en muchos casos, al garantizar la impunidad de los responsables de las mismas.

74. La CVR encuentra que el primer punto de inflexión institucional en la abdicación de la responsabilidad democrática por parte de los gobiernos estuvo en la creación, por dispositivo legal, de los comandos político-militares. Ellos subordinaron en la práctica al poder civil en las zonas declaradas en estado de emergencia, pues terminaron asumiendo la conducción no sólo militar, sino también política de la lucha contrasubversi-va.11

75. La CVR constata que la ley 24150 colocaba a militares y policías que actuaban en provincias declaradas en estado de emergencia bajo la competencia de la justicia militar, lo que favoreció la impunidad de los agentes del Estado responsables de las violaciones de los derechos humanos. Del mismo modo, el carácter permanente de una situación de excepción en cada vez más provincias debilitó la democracia y creó un clima propicio para las violaciones de los derechos humanos, así como un sentido común de la población y de las autoridades civiles de esas zonas según el cual el poder reposaba en la autoridad militar.

76. La CVR considera que la abdicación de la autoridad democrática culminó con la legislación contrasubversiva aprobada después del golpe de Estado de abril de 1992. De acuerdo con ella, los jefes de los comandos político-militares no sólo coordinaban y supervisaban, sino conducían las acciones en los campos no militares. Esa legislación cambió el Sistema de Defensa Nacional, la ley del Servicio de Inteligencia Nacional y la ley de situación militar. Esta última permitió que los comandantes generales de las fuerzas armadas permanecieran en sus cargos aún después de su fecha de retiro. La nueva legislación incluía, además, penas y procedimientos que violaban las garantías del debido proceso, así como la Constitución y tratados internacionales de los cuales el Perú era firmante: penas mínimas desproporcionadas, nuevas figuras legales como terrorismo A. Indiferencia y demanda de dureza

77. La CVR ha constatado, con pesar, que los gobiernos civiles no estuvieron solos en esta concesión al uso indiscriminado de la fuerza como medio de combate contra la subversión. Por el contrario, la proclividad de dichos gobiernos a la solución militar sin control civil estuvo en consonancia con un considerable sector de la sociedad peruana, principalmente el sector urbano medianamente instruido, beneficiario de los servicios del Estado y habitante de zonas alejadas del epicentro del conflicto. Este sector miró mayoritariamente con indiferencia o reclamó una solución rápida, dispuesta a afrontar el costo social que era pagado por los ciudadanos de las zonas rurales y más empobrecidas.

B. El gobierno de Acción Popular

78. La CVR expresa su reconocimiento especial a todas las víctimas pertenecientes al partido de Acción Popular, muchas de las cuales fueron autoridades locales que permane-cieron en sus puestos a pesar de la intensidad de la violencia. La CVR resalta, también, el esfuerzo realizado por el gobierno del presidente Fernando Belaunde Terry por preservar el sistema democrático, las elecciones locales y generales, y la libertad de prensa, en el contexto de una difícil transición a un régimen democrático en medio del peor conflicto armado interno de la historia republicana del país.

79. La CVR reconoce que el partido Acción Popular tuvo que enfrentar la subversión en un escenario difícil por la complejidad del Estado sobredimensionado legado por el gobierno militar, por la debilidad de un sistema de partidos sin vida democrática significativa, por relaciones cívico-militares marcadas por la distancia y la desconfianza y por la existencia de una izquierda de gran tamaño y radicalidad.

80. La CVR recuerda que, en ese contexto, el presidente Belaunde propuso diversas políticas de frente amplio, que sólo fueron aceptadas por su aliado, el Partido Popular Cris-tiano. Los demás partidos optaron por mantener sus propios perfiles. Ese desacuerdo dificultó enormemente la elaboración de una respuesta unitaria a la amenaza subversiva.

81. La CVR encuentra que el conflicto armado interno fue considerado por varios meses como un problema marginal que había tomado por sorpresa al Estado y a todas las fuerzas políticas del país. Una vez que el incremento del número de acciones subversivas armadas lo volvió inocultable, el gobierno de Acción Popular y la oposición perdieron un valioso tiempo en atribuir las responsabilidades de los hechos a partir de sus propias agendas políticas.12 Debe señalarse que el tiempo perdido en diagnósticos errados o interesados fue crucial para el asentamiento del PCP-SL en diversas áreas del campo ayacuchano, sin una respuesta estatal organizada por el gobierno.

82. La CVR constata que el gobierno optó por enfrentar al PCP-SL con las fuerzas policiales y con medidas de excepción que se prorrogaron ininterrumpidamente. Las limitaciones de las fuerzas policiales, divididas en tres instituciones sin coordinación entre ellas, desprovistas de equipamiento básico y sin el respaldo de una política contrasubversiva coherente generaron, en poco tiempo, un rechazo de la población que fue trasladado hacia el gobierno. Éste, ante la actividad cada vez más violenta del PCP-SL, optó por ceder la conducción de la lucha contrasubversiva a las fuerzas armadas a fines de 1982.

83. La CVR considera que la decisión adoptada por el gobierno de Acción Popular inició un proceso de militarización que duró más de una década y que tuvo graves consecuencias para el país. Con el establecimiento de comandos político-militares y ante la inoperancia del poder político para contribuir en la lucha contrasubversiva en los campos no militares, se produjo una subordinación de hecho de las autoridades civiles locales a las estrategias contrasubversivas de las fuerzas armadas.

84. La CVR ha establecido que la creación de los comandos político-militares y la intervención de las fuerzas armadas se realizaron sin tomar las previsiones indispensables por parte de la autoridad civil para salvaguardar los derechos fundamentales de la población, lo que produjo como consecuencia numerosas violaciones de los derechos humanos de manera sistemática y/o generalizada.

85. La CVR concluye que el gobierno de Acción Popular toleró estas violaciones de los derechos humanos haciendo caso omiso de las numerosas denuncias por diversas fuentes gubernamentales y de la sociedad civil. Tal es el caso de matanzas como las de Putis, Pucayacu y Cabitos, entre las más notorias. Asimismo, durante ese período de gravísima violencia, el Parlamento, con mayoría del partido del gobierno, no nombró ninguna comisión investigadora. La única comisión fue nombrada por el Ejecutivo pa-ra investigar la matanza de ocho periodistas en la comunidad de Uchuraccay, donde la CVR ha constatado que murieron, además, 135 campesinos quechuas en el transcurso del año posterior a la masacre, la mayoría a manos del PCP-SL.

86. La CVR encuentra que esa injustificada tolerancia del gobierno de Acción Popular hacia los atropellos a los derechos fundamentales de la ciudadanía se sustentaba en la intención y la expectativa de acabar con la subversión en el corto plazo, sin considerar su costo en vidas humanas. Dicha política fue ratificada por la ley 24150 promulgada en 1985.

87. La CVR encuentra responsabilidad política en el gobierno de Acción Popular por su tolerancia a las violaciones de derechos humanos cometidas por parte del Estado, principalmente contra la población indígena, la más desprotegida y marginada del país, y halla en ella una lamentable muestra de esos hábitos de discriminación y racismo existentes en la sociedad peruana.

88. Las cifras de la CVR revelan que, según un análisis por año, entre 1983 y 1984 se pro-dujo la mayor cantidad de muertes de todo el conflicto, causadas por las campañas de asesinatos del PCP-SL y la cruenta respuesta oficial, que según los cálculos de la CVR dejaron 19,468 víctimas fatales, es decir, 28 por ciento del total estimado para todo el conflicto armado interno. Estas cifras pasaron casi inadvertidas para el resto del país, debido a las graves fracturas étnicas de nuestra sociedad.

C. El gobierno del Partido Aprista Peruano

89. La CVR expresa su reconocimiento especial a todas las víctimas pertenecientes al Par-tido Aprista Peruano (PAP), muchas de las cuales fueron autoridades locales que per-manecieron en sus puestos a pesar de la intensidad de la violencia. La CVR resalta, también, el esfuerzo realizado por el gobierno del presidente Alan García Pérez por preservar el sistema democrático, las elecciones locales y generales y la libertad de prensa, en el contexto de una difícil situación en medio del peor conflicto armado interno de la historia republicana del país.

90. La CVR considera que, al asumir el doctor Alan García Pérez el gobierno en julio de 1985, impulsó una serie de políticas sociales para reorientar la estrategia contrasubversiva en marcha. El objetivo explícito fue derrotar a la subversión mediante políticas de desarrollo dirigidas a los campesinos y a las regiones más pobres. El nuevo gobierno asumió como propias las críticas a la actuación de las fuerzas armadas que se venían haciendo desde el período gubernamental previo.

91. Esta política, de respeto a los derechos humanos y de denuncia de las violaciones de los mismos, se expresó, por ejemplo, en las sanciones aplicadas a los jefes militares res-ponsables de la matanza de Accomarca (agosto de 1985). El gobierno buscó así el control civil sobre la acción militar. Creó, asimismo, una Comisión de Paz y llevó adelante iniciativas en el campo de la unificación policial y la creación del Ministerio de Defensa.

92. La CVR considera, sin embargo, que la llamada «masacre de los penales» ocurridas los días 18 y 19 de junio de 1986 en los centros penitenciarios de Lurigancho y El Frontón marcó una inflexión en el esfuerzo del gobierno del PAP por imponer desde el poder civil un nuevo esquema de respeto de los derechos humanos por las fuerzas del orden. La CVR ha constatado que, a partir de los sucesos mencionados, las fuerzas armadas actuaron con mayor autonomía en su actividad contrasubversiva, sin que el Poder Ejecutivo ni el Poder Legislativo las proveyeran de un marco legal para ello.

93. La CVR encuentra grave responsabilidad política en el gobierno del PAP en relación con estos casos, sin perjuicio de otras responsabilidades individuales que sean determinadas en otras instancias judiciales nacionales o internacionales.

94. La CVR considera el encubrimiento de la matanza de Cayara, ocurrida en mayo de 1988, como paradigmático de la nueva actitud del partido de gobierno frente a la actuación de las fuerzas armadas en la lucha contrasubversiva. La comisión investigadora conformada en el Senado de la República, presidida por el parlamentario del PAP Carlos Enrique Melgar, dictaminó que la matanza no había ocurrido, mientras que la minoría de dicha comisión y un fiscal aseguraban lo contrario. El dictamen, no obstan-te, fue aprobado por la mayoría aprista. Las investigaciones de la CVR confirman la matanza de Cayara y encuentran responsabilidad política en el PAP por colaborar en el encubrimiento de dicha masacre.

95. La CVR ha constatado que el gobierno del PAP puso en marcha un proceso de reorganización de las tres instituciones policiales existentes, atendiendo a reclamaciones sobre la crisis de corrupción e ineficiencia. Ello derivó en lo que más adelante sería la policía nacional. El PAP tuvo un especial interés en controlar a la policía a través del Ministerio del Interior. En el proceso se crearon nuevas unidades como la Dirección de Operaciones Especiales (DOES), preparada para la lucha contrasubversiva y se fortaleió el trabajo de inteligencia contra el terrorismo.

96. La CVR estima que la aguda crisis económica y política que vivió el Perú a partir de 1988 favoreció el desarrollo de las agrupaciones subversivas y la vorágine de violencia. El fracaso del programa económico y el inicio de la hiperinflación llevaron a una situación de grave inestabilidad en el país. Desde el fallido intento de estatización de la banca, el gobierno perdió el respaldo de los grupos empresariales y financieros del país. Las marchas y contramarchas en las políticas económicas agudizaron la tensión social existente, agravada por el colapso de los servicios básicos. El PCP-SL aprovechó esos espacios de descontento para iniciar sus propias marchas de protesta hasta en la misma capital.

97. La CVR ha recogido testimonios que sugieren la existencia de policías vinculados a actividades de escuadrones de la muerte y comandos paramilitares utilizados contra presuntos subversivos. Una serie de sucesos, como la aparición del mal llamado «Comando Rodrigo Franco», el enfrentamiento entre una patrulla del Ejército y una columna del MRTA en el paraje de Los Molinos, el ataque del PCP-SL al puesto policial de Uchiza, la vacancia de cargos municipales en 1989 y el escape de los miembros del MRTA del penal Castro Castro en 1990, entre otros, potenciaron la imagen de desgobierno y caos en el país. Al mismo tiempo, sin embargo, se llevaron a cabo tres elecciones nacionales entre noviembre de 1989 y junio de 1990. El descontento de las fuerzas armadas fue grande, por lo que se produjo inclusive un intento de golpe de Estado. La CVR concluye que, al producirse la crisis, el gobierno perdió el control de la política contrasubversiva, salvo en algunas áreas del trabajo policial que fueron muy exitosas como la del Grupo Especial de Inteligencia (GEIN) que, a la postre, rendiría los mayores frutos en cuanto a capturas de líderes subversivos.

D. Los gobiernos de Alberto Fujimori

98. La CVR ha constatado que en las elecciones presidenciales de 1990, que se produjeron en medio de una crisis generalizada, el desprestigio de los partidos y la pérdida de confianza en las organizaciones políticas facilitaron el triunfo del ingeniero Alberto Fu-jimori, un candidato independiente que rápidamente reveló su menosprecio por la democracia. En ningún momento construyó una organización política que lo respaldara.13 Para enfrentar los dos grandes problemas que heredaba —la crisis económica y el avance de la subversión—, encargó los asuntos económicos a grupos de tecnócratas y asumió como suya la estrategia contrasubversiva de las fuerzas armadas perfilada a fi-nales de la década de 1980. Igualmente, convocó a operadores de inteligencia militar; el más conocido de los cuales fue Vladimiro Montesinos. Con la participación de éste, el nuevo régimen comenzó a fortalecer el Servicio de Inteligencia Nacional y se aseguró la lealtad de las cúpulas militares para convertirlas en pilares de su gestión.14

99. La CVR concluye que el golpe de estado del 5 de abril de 1992 significó el colapso del Estado de Derecho y mostró además la debilidad del sistema de partidos; el golpe contó con el apoyo de la mayoría de la opinión pública. En medio de la ofensiva urbana del PCP-SL, sectores importantes de todos los estratos sociales se mostraron dispuestos a trocar democracia por seguridad y a tolerar las violaciones a los derechos humanos como el costo necesario para terminar con la subversión.

100. La CVR ha constatado que, a partir de 1992, la nueva estrategia contrasubversiva puso énfasis en la eliminación selectiva de las organizaciones político-administrativas (OPA) de los grupos subversivos. Vinculado a Vladimiro Montesinos actuó un escua-drón de la muerte denominado «Colina», responsable de asesinatos, desapariciones forzadas, y masacres con crueldad y ensañamiento. La CVR posee indicios razonables para afirmar que el presidente Alberto Fujimori, su asesor Vladimiro Montesinos y altos funcionarios del SIN tienen responsabilidad penal por los asesinatos, desaparicio-nes forzadas y masacres perpetradas por el escuadrón de la muerte denominado «Colina».

101. La CVR sostiene que la DINCOTE, gracias a la experiencia acumulada desde fines de la década anterior y el énfasis puesto en el trabajo de inteligencia, mostró por esa misma época facetas más constructivas y eficaces, que desembocaron en la captura de Víctor Polay, principal dirigente del MRTA, y en la de Abimael Guzmán y miembros del Buró Político del Comité Central del PCP-SL, el 12 de septiembre de 1992. La CVR concluye que las capturas de los líderes máximos del PCP-SL y del MRTA no fueron utilizadas por el gobierno para acelerar la derrota de la subversión, sino para obtener réditos electorales.

102. Asimismo, la CVR señala la utilización dada al operativo Chavín de Huántar, que se realizó para rescatar a las personas secuestradas por el MRTA en la residencia del embajador del Japón en diciembre de 1996. La CVR expresa su repudio a esa acción terrorista que mantuvo cautivos durante más de cuatro meses a decenas de personas. Reconoce el derecho del Estado a rescatar a los rehenes allí recluidos y saluda el heroísmo y la eficiencia de los comandos que culminaron con éxito el operativo de rescate, y rinde homenaje a los miembros del Ejército fallecidos en dicha acción, así como al doctor Carlos Giusti, vocal de la Corte Suprema que falleció durante la operación. Condena, sin embargo, las ejecuciones extrajudiciales que se habrían producido, injustificadas por tratarse de personas rendidas, y comparte el rechazo de la opinión pública a las imágenes de Alberto Fujimori paseándose entre los cadáveres en la residencia recién rescatada.

103. La CVR afirma que en los años siguientes, diversos hechos, algunos ciertos, la mayo-ría manipulados en los medios de comunicación, sirvieron para crear y recrear exageradamente el terrorismo como una amenaza latente, para justificar el autoritarismo del régimen y para desprestigiar a los opositores. La interceptación telefónica a políticos opositores, el acoso al periodismo independiente, el sometimiento y perversión final de la mayoría de medios de comunicación, los atentados y crímenes incluso contra miembros del propio SIN, así como la desvirtuación de operaciones legítimas como el mencionado operativo Chavín de Huántar, llevan el sello del gobierno autoritario de Alberto Fujimori.

104. Por lo expuesto, la CVR sostiene que en los últimos años del gobierno de Fujimori el conflicto armado interno fue manipulado con la finalidad de hacer que el régimen permaneciera en el poder. Ello sumió al país en una nueva crisis económica y en abis-mos de corrupción, descomposición moral, debilitamiento del tejido social e institucio-nal, y una profunda desconfianza en la esfera pública. Todos estos rasgos constituyen, por lo menos en parte, secuelas de la forma autoritaria en que se resolvió el conflicto y configuran uno de los momentos de mayor oprobio de la historia de la República.

E. Los partidos de izquierda

105. La CVR expresa su reconocimiento especial a todas las víctimas pertenecientes a los partidos que conformaron la alianza Izquierda Unida, muchas de las cuales fueron autoridades locales que permanecieron en sus puestos a pesar de la intensidad de la violencia. La CVR resalta, también, que IU fue un canal de representación política de am-plios sectores populares y movimientos sociales hasta entonces no incluidos en la agenda nacional. De esta forma, en muchas zonas del país, militantes de izquierda fueron un freno para el avance del PCP-SL.

106. La CVR ha constatado que la alianza Izquierda Unida (IU) fue la segunda fuerza electoral durante la mayor parte de la década de 1980, tuvo representación en el Parlamento, responsabilidad en gobiernos locales y, entre 1989 y 1992, en los gobiernos regionales.

107. La CVR ha constatado que, durante la década de 1970, la mayor parte de las organizaciones que luego conformarían IU compartieron con diversos matices un discurso y una estrategia que privilegiaba la toma del poder por la vía de la lucha armada. En el contexto de grandes movilizaciones sociales y apertura democrática de fines de los años 70, algunas de estas organizaciones iniciaron un viraje que las llevó a valorar positivamente la vía electoral y la democracia representativa.

108. La CVR hace notar, sin embargo, que un deslinde ideológico insuficiente y en muchos casos tardío colocó a la mayoría de los partidos miembros de IU en una situación am-bigua frente a las acciones del PCP-SL y más aún del MRTA. Esta ambigüedad hizo di-fícil para sus líderes, y también para las dirigencias sociales sobre las cuales IU tenía in-fluencia, dar la lucha ideológica contra las concepciones violentistas del PCP-SL o del MRTA.

109. La CVR constata que la izquierda formuló denuncias de las violaciones de los dere-chos humanos cometidos por el Estado. Sin embargo, no dio el mismo tratamiento a aquéllas cometidas por los grupos subversivos, especialmente por el MRTA. Hubo dos agrupaciones que mantuvieron hasta el final la posibilidad del recurso a la violencia para tomar el poder. Esto fue, en última instancia, lo que produjo la división de la izquierda entre supuestos reformistas y revolucionarios.

110. Para la CVR, sin que ello fuera una posición generalizada, sectores de la izquierda entendieron su participación en el parlamento y en los municipios como una tribuna de agitación y propaganda para demostrar las limitaciones de las instituciones demo-burguesas.

111. La CVR señala que, en el plano político, el sectarismo y la ineficacia de los partidos y de los independientes que conformaban IU, así como la dificultad para poner los intereses del país por encima de los grupos o personalidades que la integraban, impidió que ella fuera más allá de su carácter de alianza electoral, para convertirse en frente programático que representara y ofreciera una alternativa de transformación pacífica y democrática a sus militantes y al país. Ese límite se mantuvo incluso en su momento de mayor presencia electoral, le impidió luego diferenciarse de la política del gobierno aprista, y terminó dividiéndola en 1989. La división desconcertó a sus seguidores y resquebrajó el dique de contención que significaba IU en amplios sectores populares; ello favoreció el avance de los grupos subversivos y posteriormente del fujimorismo.

112. Sin embargo, la CVR resalta el papel positivo de la temprana denuncia de las violaciones de los derechos humanos por parte de IU, tanto a través de sus partidos integrantes como de las organizaciones sociales en las cuales tenía presencia y de sus representantes en el Parlamento, que tuvieron un destacado papel en las más importantes comisiones investigadoras del Congreso sobre temas vinculados al conflicto armado in-terno (la matanza de los penales, los grupos paramilitares, las causas de la violencia).

113. La CVR deja constancia, además, de que numerosos miembros de IU, especialmente militantes de base de provincias en períodos electorales, cayeron víctimas de las fuer-zas del orden que no distinguieron entre izquierdaunidistas y subversivos. Asimismo, queda claro para la CVR que IU no fue nunca fachada legal del PCP-SL, ni de manera orgánica ni oficiosa. Conforme avanzaba la década, IU denunció crecientemente la ideo-logía y los métodos del PCP-SL, quien asesinó un número significativo de dirigentes sociales de las filas de IU, algunos de ellos líderes de importantes gremios nacionales.

F. El Poder Legislativo

114. La CVR ha constatado que los problemas del Estado para enfrentar el conflicto armado interno también se presentaron en el Poder Legislativo. Las fuerzas políticas allí re-presentadas no tuvieron ni presentaron iniciativas sobre cómo enfrentar de una mane-ra integral a los grupos subversivos hasta bien avanzado el conflicto (1991).

115. La CVR deja constancia de que durante toda la década de 1980 el Congreso funcionó con mayorías de los respectivos partidos de gobierno en cada período. A través de ellas, los gobiernos inhibieron o debilitaron las capacidades de fiscalización y de for-mulación legal. Así, el Parlamento 1980-1985 no cumplió con su función constitucional de fiscalización, al renunciar a ejercer control sobre lo que en Ayacucho, Huancavelica y Apurímac venía sucediendo a propósito del conflicto. Encontrándose en este período la mayor cantidad de peruanos muertos o desaparecidos a causa de la guerra, el Congreso no efectuó ninguna investigación sobre las violaciones a los derechos humanos que tanto el PCP-SL como las fuerzas del orden iban acumulando impunemente.

116. La CVR debe señalar que frente a la militarización del conflicto, el Congreso no planteó ninguna alternativa o plan viable. La principal actividad normativa estuvo a cargo del Ejecutivo. Y cuando, finalmente, el Congreso retomó dicha función, no hizo sino reafirmar su escasa voluntad de comprometerse a encontrar una respuesta severa y eficaz frente al fenómeno subversivo.

117. La CVR señala que la aprobación por el Congreso de la ley 24150 que establecía las normas que debían cumplirse en los estado de excepción —normas por las cuales las fuerzas armadas asumían el control del orden interno en todo el territorio o en parte de él— legalizó lo que en los hechos venía sucediendo, inhibiendo a la autoridad civil en beneficio de la militar. Así, esta decisión condujo al debilitamiento del poder democrático civil y a la reducción de la política contrasubversiva a un ámbito de represión y control militar.

118. Sin embargo, la CVR debe anotar que a partir de 1985 funcionaron comisiones investigadoras sobre casos de gran impacto en la opinión pública. Aunque ninguna logró quebrar el círculo de la impunidad, los debates parlamentarios y los dictámenes en minoría generaron corrientes importantes de opinión pública en contra de las violaciones de los derechos humanos. No obstante, si bien el Congreso llevó adelante la investigación de importantes casos de violaciones de los derechos humanos perpetradas por las fuerzas del orden, no hizo un esfuerzo similar para investigar y demandar sanción so-bre terribles casos de violaciones perpetradas por el PCP-SL.

119. La CVR anota que, en el Congreso surgido a partir de las elecciones de 1990, el Ejecutivo careció por primera vez de mayoría propia. Aprovechando el desgaste de los partidos políticos y el desprestigio del Legislativo, el gobierno de Alberto Fujimori, y los promotores de una política contrasubversiva autoritaria y militarizada, sobredimensionaron su ineficacia y sus problemas, y no tuvieron reparos en presentar al Congreso como parte del campo enemigo; esta idea era coincidente con la del PCP-SL, que enten-día al Congreso como un reducto del revisionismo y parte del viejo Estado que había que destruir.

120. La CVR halla que, entre 1990 y 1992, el Congreso adquirió otra fisonomía. El que no existiese una mayoría del partido de gobierno y el avance de la subversión empujaban a una mayor concertación y a participar de manera más activa en el diseño de una política contrasubversiva dentro de marcos democráticos. Esa nueva actitud se hizo visible en el debate sobre legislación contrasubversiva de noviembre de 1991. De otro lado, en materia de su función de control parlamentario, el Congreso de 1990-1992 intervino en situaciones de violaciones de derechos humanos en el conflicto armado interno. Sin embargo, el golpe de Estado de abril de 1992, que cerró el Parlamento con la anuencia de un sector mayoritario de la opinión pública, mostró que ése fue un esfuerzo tardío e insuficiente para controlar a los poderes fácticos y corrientes autoritarias del país. Para entonces los partidos políticos parlamentarios evidenciaban claros signos de agotamiento y crisis.

121. La CVR considera que, después del golpe de Estado de 1992, el Congreso careció de capacidad de fiscalización, tanto por el recorte constitucional de sus atribuciones como por la mayoría parlamentaria absoluta que mantuvo la bancada del gobierno hasta el año 2000. La pálida labor parlamentaria en la lucha contrasubversiva se vio agravada por el desarrollo de un proceso de manipulación normativa nociva para la sociedad, que buscó, entre otras cosas, montar un aparato que garantizara la impunidad a las violaciones de los derechos humanos cometidas por agentes estatales.

122. A la CVR le ha sido dado constatar que, en muchos casos, la mayoría oficialista del Congreso después del golpe de Estado, a pesar de la actitud valiente de congresistas de la oposición, no sólo abdicó su función constitucional de fiscalización, sino que avaló y promovió el encubrimiento y la impunidad. Un hito en ese proceso fue la aprobación de la ley 26479, ley general de amnistía (15.06.95). El Parlamento se convirtió en la práctica en una caja de resonancia de los planteamientos del Poder Ejecutivo y del SIN.

G. El Poder Judicial

123. La CVR debe indicar que la abdicación de la autoridad democrática incluyó las funciones propias de la administración de justicia. El sistema judicial no cumplió con su misión adecuadamente; ni para la condena dentro de la ley de las acciones de los grupos subversivos, ni para la cautela de los derechos de las personas detenidas, ni para poner coto a la impunidad con que actuaban los agentes del Estado que cometían graves violaciones de los derechos humanos. En el primer caso, el Poder Judicial se ganó la imagen de una ineficiente coladera que liberaba a culpables y condenaba a inocentes; en el segundo caso, sus agentes incumplieron el papel de garante de los derechos de los detenidos, coadyuvando a la comisión de graves violaciones a los derechos a la vi-da y a la integridad física; por último, se abstuvieron de llevar a la justicia a miembros de las fuerzas armadas acusados de graves delitos, fallando sistemáticamente cada contienda de competencia a favor del fuero militar, donde las situaciones quedaban en la impunidad.

124. La CVR debe, empero, precisar que el Sistema Judicial adolecía de problemas estructurales que determinaban su ineficiencia. Sin embargo, a ello debe sumarse la actuación negligente de algunos operadores de justicia que hicieron más grave dicha situación.

125. La CVR deja constancia de que la situación judicial del Perú se agravó luego del gol-pe de Estado de 1992, cuando a las condiciones mencionadas se sumaron: una clara intromisión en la capacidad de autogobierno a partir de ceses masivos de magistrados, nombramientos provisionales y la creación de órganos de gestión ajenos a la estructura del sistema judicial, además de la inoperancia del Tribunal Constitucional.

126. La CVR deja constancia de la deficiente legislación que aplicaba el sistema judicial. Entre 1980 y 1992 incidieron fuertemente en esta situación: la tipificación amplia e imprecisa del delito de terrorismo y la mediatización de la labor del Ministerio Público en la etapa de investigación preliminar, subordinando la labor garantista del fiscal. Luego del golpe de Estado de 1992, la situación se agravó debido a que la nueva legislación antiterrorista se caracterizaba por la sobrecriminalización del terrorismo a través de la flexibilización del concepto y la creación de tipos penales nuevos con los que se procesaba en distintos fueros y se imponían penas distintas por la misma conducta; la falta de proporcionalidad de las penas; la seria limitación de la capacidad de defensa de los detenidos; y la atribución de competencia a los tribunales militares en el juzgamiento de los delitos de traición a la patria.

127. La CVR ha constatado que, abdicando su propia competencia, el Poder Judicial, a través de la Corte Suprema, falló en toda ocasión en que los acusados eran miembros de las fuerzas armadas, a favor de la justicia militar, donde los casos por lo general se sobreseían, se prolongaban innecesariamente o terminaban generando condenas benévolas.

128. Otra práctica generalizada que la CVR ha comprobado consiste en que los operadores de justicia incurrieron en falta contra su deber de cautelar los derechos de los ciudada-nos al declarar improcedentes los recursos de habeas corpus. El tribunal de garantías constitucionales —vigente hasta 1991— evitó sistemáticamente llegar a sentencias fun-dadas. Esta situación contribuyó en no poca medida a que las detenciones arbitrarias culminasen en torturas, ejecuciones arbitrarias y desapariciones forzadas.

129. La CVR considera que la dictadura de Alberto Fujimori pretendió legalizar de forma espuria la impunidad a las violaciones de los derechos humanos realizadas por agentes del Estado, logrando que el Congreso Constituyente Democrático aprobase por mayoría dos leyes de amnistía que vulneraban disposiciones constitucionales y tratados internacionales soberanamente ratificados por el Perú. Salvo una honrosa excepción, 15 que consistió en inaplicar la norma por vulnerar disposiciones constitucionales y tratados internacionales, los jueces renunciaron a su facultad de aplicar el control difuso de la constitucionalidad de las leyes.

130. La CVR ha constatado que el resultado de la aplicación estricta y acrítica de la legisla-ción antiterrorista de 1992 permitió que en el procesamiento de detenidos no se garantizara la imparcialidad de los juicios. Cientos de personas inocentes tuvieron que sufrir largas condenas, la violación de las garantías al debido proceso arrojó una sombra de duda sobre los procesos realizados. El descrédito sufrido por el sistema judicial durante el régimen presidido por Alberto Fujimori desembocó en un favor a los verdaderos subversivos cuando, años después, el Estado tuvo que realizar nuevos juicios a partir de pruebas escasas. De otro lado, los sentenciados por terrorismo sufrieron las condi-ciones vejatorias de la dignidad humana de las cárceles en las que los recluyeron, que no conducían en absoluto a su rehabilitación. La situación carcelaria, en efecto, poco atendida por los jueces de ejecución penal, dio lugar a motines y masacres en 1985, 1986 y 1992.

131. La CVR debe indicar que el Ministerio Público —salvo honrosas excepciones— abdi-có su función de controlar el estricto respeto a los derechos humanos que debía obser-varse en las detenciones y se mostró insensible a los pedidos de los familiares de las víctimas. Por el contrario, se omitió el deber de denunciar crímenes, se investigó sin energía y se realizaron muy deficientes trabajos forenses; todo lo cual coadyuvó a la situación de descontrol e impunidad. Bajo la dictadura de Fujimori, la obsecuencia del Ministerio Público ante los imperativos del Poder Ejecutivo fue total.

V. EL PAPEL DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES

A. Sobre los gremios

132. La CVR ha constatado la agresión violenta de parte de los grupos subversivos a di-versos sindicatos y empresas. En el informe de la CVR constan los asesinatos de dirigentes sindicales, empresarios y funcionarios de empresas.

133. La CVR estima que mientras el PCP-SL exacerbó los conflictos laborales y se propuso como objetivo la destrucción de los sindicatos existentes, el MRTA buscó utilizar los sindicatos para sus fines subversivos.

134. La CVR concluye también que las prácticas o concepciones antidemocráticas en sindicatos y gremios empresariales condujeron a la descalificación mutua a lo largo del conflicto armado, lo que ocasionó el cuestionamiento de la representatividad y legiti-midad de las organizaciones gremiales.

135. La CVR ha constatado que el papel del Estado como árbitro entre los conflictos laborales fue de marcada ineptitud, pues una burocracia ineficiente y propensa a la corrup-ción, la ausencia de reglas claras, una legislación engorrosa, entre otros factores, dificultaron las negociaciones y provocaron que los problemas se agravaran.

B. Sobre sistema educativo y magisterio

136. La CVR ha comprobado que el Estado descuidó desde décadas el tema educativo. Hubo proyectos modernizadores en la década del 60 pero fracasaron. Ni la ley universitaria ni la reforma educativa de 1972 lograron revertir esta tendencia. Tampoco neutralizaron el predominio de pedagogías tradicionales autoritarias. En aquellos espacios que el Estado fue dejando en su repliegue, germinaron nuevas propuestas. Ellas propugnaban un cambio radical, no asimilable por el sistema social y político, sólo alcanzable por la vía de la confrontación y sustentado en un marxismo dogmático y simplificado, que se expandió ampliamente en las universidades durante la década de 1970. Esos nuevos contenidos se transmitieron utilizando los viejos marcos pedagógicos au-toritarios que no fueron cuestionados.

137. La CVR ha comprobado que, entre muchos maestros y estudiantes universitarios, se volvió parte del sentido común considerar el cumplimiento fatal de la historia a través de la vía de la confrontación. Esa visión abrió espacios para el desarrollo de propuestas autoritarias de extrema izquierda. La del PCP-SL fue sólo la más extrema.

138. La CVR ha comprobado que, en ese contexto, el PCP-SL buscó instrumentalizar las instituciones educativas: universidades, colegios secundarios, institutos superiores e incluso academias preuniversitarias. El sentido común dogmático y la ambigüedad de los grupos radicales frente a la violencia le fueron favorables. A través del amedrentamiento o la cooptación logró ubicar maestros en colegios donde le interesaba realizar una labor proselitista. Aprovechando y alimentando una versión maximalista de la au-tonomía universitaria, accedió en algunos casos a las direcciones de Bienestar Universitario o, al menos, encontró un santuario en viviendas y comedores. Allí desarrolló un proselitismo sustentado en prácticas como el clientelismo y la movilización de los sen-timientos de discriminación y agravio de los estudiantes pobres y provincianos, que utilizaban mayormente esos servicios. A esa población universitaria, carente redes so-ciales en sus lugares de estudio, les ofrecía además identidad y sentido de pertenencia.

139. La CVR encuentra una grave responsabilidad del Estado: i) en el descuido de la educación pública en medio de un conflicto que tenía al sistema educativo como importante terreno de disputa ideológica y simbólica; ii) en el amedrentamiento y/o la estigma-tización de comunidades enteras de maestros y estudiantes de universidades públicas, especialmente de provincias16; iii) en el deterioro de la infraestructura de servicios de varias universidades públicas; iv) en haber permitido graves violaciones de los dere-chos humanos de estudiantes y profesores por el hecho de ser tales.17

140. La CVR repudia los crímenes cometidos contra estudiantes, profesores y trabajadores, al margen de su filiación política. Condena especialmente la matanza de más de cien estudiantes, profesores y trabajadores de la Universidad Nacional del Centro (UNCP), por los diferentes actores de la guerra —incluyendo escuadrones de la muer-te— enfrentados en un fuego cruzado y confuso. Condena, asimismo, la masacre de ocho estudiantes y un profesor de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle, La Cantuta, en julio de 1992 y la posterior amnistía de los perpetrado-res, miembros del escuadrón de la muerte denominado «Colina» en 1995. Señala, a par-tir de sus investigaciones, que además de las ya mencionadas, las universidades de San Cristóbal de Huamanga, Hermilio Valdizán de Huánuco, Callao, Huacho y San Marcos, entre otras, resultaron afectadas por la estrategia contrasubversiva de detenciones-desapariciones y destrucción de infraestructura y, durante el régimen autoritario de la década de 1990, por la instalación de bases militares en los campus universitarios.

C. Sobre el papel de las iglesias

141. La CVR a través de numerosos testimonios recogidos, audiencias y estudios realizados, ha constatado que, durante el proceso de la violencia, las iglesias Católica y evangélicas contribuyeron a proteger a la población de crímenes y violaciones de los derechos humanos. Institucionalmente, la Iglesia Católica condenó desde temprano la violencia de los grupos alzados en armas e igualmente las violaciones de los derechos humanos por parte del Estado. Estas posturas se concretaron en actividades en defensa de los derechos humanos y en denuncias de las violaciones. Éstas se iniciaron muy temprano en el proceso a través de organizaciones como la Comisión Episcopal de Ac-ción Social (CEAS) y otras. La CVR ha llegado a la conclusión de que muchas vidas fueron salvadas y muchos otros atropellos fueron impedidos gracias al concurso de estas organizaciones, así como de religiosos y laicos individuales, más allá de orientaciones teológicas o pastorales. En departamentos como Puno, Cajamarca, Ancash, Ucayali o Amazonas, el papel de sacerdotes, laicos y catequistas contribuyó a fortalecer el teji-do social y construir una barrera que debilitó el avance del PCP-SL y el desborde de la denominada guerra sucia.

142. La CVR ha encontrado, sin embargo, que la defensa de los derechos humanos no fue firme en el arzobispado de Ayacucho durante la mayor parte del conflicto armado. Du-rante buena parte del conflicto dicho arzobispado puso obstáculos a la labor de organi-zaciones de la Iglesia vinculadas al tema, a la vez que negaba la existencia de violaciones de los derechos humanos cometidas en su jurisdicción. La CVR deplora que algunas autoridades eclesiásticas de Ayacucho, Huancavelica y Abancay no hayan cumplido con su compromiso pastoral.

143. La CVR ha concluido que las iglesias evangélicas cumplieron también un valioso papel de protección de los derechos humanos, principalmente, a partir de sus instancias de coordinación nacional. Reconoce, asimismo, el valor de los pastores que cumplieron esa labor de defensa de la vida en zonas periféricas de las grandes ciudades y en zonas rurales muy apartadas. Constata también que un número significativo de campesinos evangélicos participaron en comités de autodefensa que enfrentaron a la subversión. Sin embargo, lamenta que algunas comunidades evangélicas no se hayan hecho eco de la defensa de los derechos humanos.

144. La CVR rinde homenaje a sacerdotes, religiosos y religiosas, fieles católicos y evangé-licos que pagaron con su vida su labor pastoral durante el conflicto armado interno.

D. Sobre las organizaciones defensoras de los derechos humanos

145. La CVR ha concluido que, a lo largo del conflicto, decenas de asociaciones de la so-ciedad civil mantuvieron viva la capacidad de indignación ante lo que ocurría y crearon un eficaz movimiento a favor de los derechos humanos que, organizado alrededor de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDH), se convirtió —pese a una permanente satanización en su contra— en un referente ético en el escenario nacional y en un efectivo recurso para que las víctimas pudiesen avanzar en su objetivo de alcanzar la verdad y exigir la justicia. La CVR está convencida de que el país tiene con las organizaciones de derechos humanos una deuda de gratitud porque, al ejercer el derecho democrático de fiscalizar a las fuerzas del orden, contribuyeron a controlar algunos de los aspectos más brutales del conflicto y a ganar para la lucha democrática del pueblo peruano una amplia solidaridad internacional.

146. De acuerdo con la tradición del movimiento internacional de derechos humanos, en los primeros años del conflicto los organismos peruanos defensores de los derechos humanos centraron su crítica fundamentalmente en el Estado, cuyas acciones se en-marcan dentro de un ordenamiento legal que deben respetar, que es además signatario de tratados internacionales y debe, sobre todo, responder por la seguridad de sus ciu-dadanos. Sin embargo, a mediados de la década de 1980, los organismos que conformaron la CNDH establecieron sus diferencias con las organizaciones de fachada de losgrupos subversivos.18 Posteriormente, se negaron a defender legalmente a militantes o líderes de dichos grupos e influyeron activa y exitosamente en el movimiento internacional de derechos humanos para que sus organismos incluyan dentro de sus críticas y monitoreo a los grupos subversivos, tanto peruanos como de todo el mundo.

147. La CVR ha constatado también que, a diferencia de otros países donde se dieron conflictos armados internos, las organizaciones de víctimas existieron en condiciones de debilidad. Ello porque en la mayoría de los casos las víctimas eran campesinos pobres, con poca conciencia de sus derechos, con un difícil acceso a la justicia, con débiles redes sociales y con escasos contactos urbanos. Esta debilidad favoreció la impunidad de los perpetradores de crímenes y violaciones de los derechos humanos.

148. En este contexto, la CVR destaca y reconoce la persistencia de la Asociación Nacional de Familiares de Secuestrados, Detenidos y Desaparecidos del Perú (ANFASEP), conformada en su abrumadora mayoría por mujeres ayacuchanas quechuahablantes de escasos recursos. Aun en los peores momentos, con tenacidad y valentía, dichas mujeres mantuvieron viva la llama de la esperanza en la recuperación de sus seres queridos y en la aplicación de justicia para los responsables de su desaparición.

E. Sobre los medios de comunicación

149. La Comisión de la Verdad y Reconciliación constata que a lo largo del conflicto armado interno los medios de comunicación jugaron un papel muy importante. Durante esos años el trabajo de investigación periodística fue abundante, valiente y en algunos casos, como el de la masacre de La Cantuta (julio 1992), indispensable para encontrar a los responsables de los crímenes. Muchas veces, en esas investigaciones los periodistas arriesgaron la vida y, desgraciadamente, en varias ocasiones la perdieron. La CVR rinde homenaje a los periodistas asesinados durante el conflicto armado interno en cum-plimiento de su deber. Hace mención particular a los mártires de Uchuraccay, primeros periodistas caídos en el cumplimiento de su deber en circunstancias especialmente trágicas. Asimismo, reconoce de manera especial la contribución al esclarecimiento de hechos y a las denuncias de crímenes y violaciones a los derechos humanos por parte de los periodistas que en las provincias declaradas en estado de emergencia cumplie-ron su deber abnegadamente y en condiciones muy adversas.

150. En lo que se refiere a la cobertura y la línea editorial, la CVR constata que desde ini-cios de la década de 1980 los medios de comunicación condenaron la violencia subversiva, aunque con matices según las inclinaciones políticas de cada uno, lo que implicaba evaluaciones diferentes de la situación o de los objetivos de las organizaciones subversivas. Sin embargo, los medios no tuvieron la misma posición en cuanto a la in-vestigación y a la denuncia de las violaciones de los derechos humanos. Reconoce que hubo un valioso y arriesgado trabajo de investigación y denuncia; pero, al mismo tiempo, señala que hubo medios que sostuvieron una posición ambigua e incluso llega-ron a avalar la violencia arbitraria del Estado.

151. En lo que se refiere al modo de la cobertura realizada, la CVR ha encontrado que en muchos medios se cayó en una presentación cruda, desconsiderada frente a las víctimas, que no favoreció la reflexión y sensibilización nacional. Forma parte de este problema el racismo implícito en los medios, resaltado en el informe final.

152. Así pues, en muchos medios, el tema de la violencia subversiva y contrasubversiva no fue tratado de una manera tal que significara un aporte significativo a la pacifica-ción del país. La CVR considera que dos factores condujeron a ese resultado: i) la adopción inopinada de una lógica de la violencia, que terminó por imponer un tratamiento poco sensible de los temas, y ii) la primacía de una lógica comercial, que en los peores casos condujo al sensacionalismo y que se complicó a finales de la década de 1990 con el fenómeno de megacorrupción y compra de medios.

VI. SOBRE LAS SECUELAS DEL CONFLICTO ARMADO INTERNO

153. La CVR halla que el conflicto armado interno que ha investigado es el más grave de nuestra historia republicana y ha dejado secuelas muy profundas en todos los planos de la vida nacional. La amplitud e intensidad del conflicto acentuaron los graves desequilibrios nacionales, destruyeron el orden democrático, agudizaron la pobreza y profundizaron la desigualdad, agravaron formas de discriminación y exclusión, debilitaron las redes sociales y emocionales, y propiciaron una cultura de temor y desconfianza. Es necesario, sin embargo, resaltar que, pese a las duras condiciones, hubo personas y poblaciones que resistieron y se esforzaron por la afirmación de una sociedad constructora de la paz y del derecho.

154. La CVR hace notar que el conflicto tuvo como resultado la masiva destrucción de la infraestructura productiva, y pérdida de capital social y de oportunidades económicas. Los departamentos que lo sufrieron con mayor intensidad se encuentran hoy en los últimos lugares en los índices de pobreza y desarrollo humano. No es casualidad que cuatro de los departamentos más afectados por el conflicto (Huancavelica, Ayacucho, Apurímac y Huanuco) se encuentren entre los cinco más pobres del país.

155. A la CVR le ha sido posible constatar que la violencia destruyó y desorganizó la vida social local, especialmente por el asesinato de dirigentes y autoridades tradicionales y estatales. Eso produjo un profundo debilitamiento de la sociedad civil, de los partidos políticos y de las estructuras en donde más necesario era el afianzamiento de un tejido social: los sectores más marginados y necesitados de inclusión y expansión de la ciu-dadanía.

156. Para la CVR el desplazamiento masivo desde las zonas de violencia constituyó un doloroso proceso de desarraigo y empobrecimiento de cientos de miles de peruanos y peruanas; ello produjo una urbanización compulsiva, así como un retroceso histórico en el patrón de ocupación del territorio andino, lo que habrá de afectar por largo tiempo las posibilidades de un desarrollo humano sostenible. La población desplazada vio afectadas sus redes sociales, que debieron adaptarse con distintos grados de éxito y con gran sufrimiento a las nuevas circunstancias, lo cual constituyó un enorme reto para la provisión de servicios en las ciudades. Asimismo, los desplazados por el conflicto fueron en muchos casos estigmatizados y discriminados en escuelas, barrios y centros de trabajo. Al retornar, tuvieron que enfrentar a veces graves problemas de tierras y ausencia de apoyo suficiente para reorganizarse y sostener a sus familias.

157. La CVR ha constatado que toda una generación de niños y jóvenes ha visto truncada o empobrecida su formación escolar y universitaria como resultado del conflicto; ellos merecen atención preferente del Estado.

158. La CVR es conciente de que el conflicto armado interno intensificó hasta niveles insoportables el miedo y la desconfianza, que a su vez contribuyeron a fragmentar y atomizar la sociedad. En esas condiciones, el sufrimiento extremo ha causado resenti-miento y ha teñido de recelo y violencia la convivencia social y las relaciones interpersonales.

159. La CVR ha constatado que amplios sectores de la población afectada por la violencia sufren una u otras formas de secuelas psicosociales, lo que debilita sus capacidades de desarrollarse y superar las heridas del pasado.

160. Para la CVR una secuela del conflicto armado interno en el terreno político es la descomposición moral en la que se hundió el país durante los últimos años de la dictadura de Alberto Fujimori. En efecto, la forma en que el Estado, las fuerzas políticas y secto-res importantes de la opinión pública enfrentaron esos años, mostrando indiferencia, tolerancia hacia las violaciones a los derechos humanos y disposición a trocar democracia a cambio de seguridad como costo necesario para terminarlo, abrió paso a la autocracia y a la impunidad.

161. Finalmente, la CVR señala que debe reconocerse que la violencia, con todo su rigor, no fue capaz de destruir la capacidad de respuesta de la población. En numerosas oca-siones, ante la destrucción de redes sociales tradicionales y el asesinato masivo de diri-gentes, las mujeres asumieron nuevas responsabilidades y lanzaron al país el reto moral de reconocer la pérdida de miles de sus hijos en masacres y desapariciones. Dirigentes jóvenes reconstruyeron muchas de las comunidades más afectadas y se pu-do comprobar que muchas comunidades habían sido capaces de resistir la violencia a través de la autodefensa y de alternativas de paz y procesos de microrreconciliación.

162. La CVR llega a la convicción de que las secuelas del conflicto armado interno pesan como una grave hipoteca sobre nuestro futuro y afectan decisivamente nuestra construcción como comunidad nacional de ciudadanos libres e iguales en un país democrá-tico y plural, que avance por el camino del desarrollo y la equidad. Considera, asimismo, que el primer paso para superar esas secuelas es que el país conozca en toda su magnitud las dimensiones del horror vivido entre 1980 y 2000.

VII. SOBRE LA NECESIDAD DE REPARAR

163. La CVR, a partir del informe que entrega al país, estima que, si bien pudo alegarse ignorancia o incomprensión frente al drama que se vivió en los primeros años del con-flicto, ello no es más posible. Enterados los poderes del Estado y los ciudadanos y ciudadanas a quienes va dirigido nuestro informe de las sobrecogedoras dimensiones de lo ocurrido, resulta indispensable, si queremos vivir civilizadamente en paz y en democracia, reparar, en la medida de lo posible, los gravísimos daños que se han ocasionado.

164. La CVR considera que su misma existencia y el mandato que recibió de proponer reparaciones constituye ya el inicio de un proceso de resarcimiento y de dignificación de las víctimas.

165. Para la CVR la reparación tiene profundas implicancias éticas y políticas, y es un componente importante del proceso de reconciliación nacional. Al ser las víctimas del conflicto en su abrumadora mayoría campesinos, pobres, indígenas, tradicionalmente discriminados y excluidos son ellos los que deben recibir atención preferente por parte del Estado.

166. Para la CVR, la reparación implica revertir el clima de indiferencia con actos de solidaridad que contribuyan a la superación de enfoques y hábitos discriminatorios, no exentos de racismo. Aplicadas con equidad, las reparaciones deben, asimismo, generar confianza cívica, restableciendo las relaciones dañadas entre los ciudadanos y el Estado, de modo que se consolide la transición y gobernabilidad democráticas y se prevengan nuevos escenarios de violencia.

167. La CVR presenta al país un Plan Integral de Reparaciones donde se combinan formas individuales y colectivas, simbólicas y materiales de resarcimiento. El Plan debe ser financiado creativamente por el Estado, pero también por la sociedad y la cooperación internacional; él pone énfasis en: i) las reparaciones simbólicas, el rescate de la memoria y la dignificación de las víctimas; ii) la atención a la educación y a la salud mental; iii) las reparaciones económicas individuales y colectivas (programas de reconstrucción institucional, desarrollo comunal, servicios básicos y generación de ingresos).

168. La CVR considera que una parte esencial del proceso de reparación es la justicia. Ningún camino hacia la reconciliación será transitable si no va acompañado de un ejercicio efectivo de la justicia, tanto en lo que concierne a la reparación de los daños sufri-dos por las víctimas cuanto en lo relativo al justo castigo a los perpetradores y el consiguiente fin de la impunidad. No se puede construir un país éticamente sano y políticamente viable sobre los cimientos de la impunidad. A través de los casos que entrega al Ministerio Público, de la identificación de alrededor de 24 mil víctimas del conflicto armado interno y de los hallazgos de sus investigaciones en general, la CVR busca ampliar sustancialmente los argumentos para sustentar el reclamo de justicia de las víctimas y de sus organizaciones, así como de los organismos defensores de los derechos humanos y de los ciudadanos en general.

169. Asimismo, la CVR ha elaborado un Registro Nacional de Sitios de Entierro sobre la base de la información obtenida durante sus investigaciones. Al término de su manda-to, la CVR ha registrado 4,644 sitios de entierro a nivel nacional, habiendo realizado tres exhumaciones y constataciones preliminares en 2,200 de ellos. Estas cifras que superan ampliamente las estimaciones anteriores, confirman la importancia que tiene impulsar y ejecutar el Plan Nacional de Intervenciones Antropológico Forenses que propone la CVR. Asimismo, la CVR se ratifica en la importancia fundamental del trabajo antropológico forense para alcanzar justicia, identificar las posibles víctimas y procesar el duelo por nuestros compatriotas desaparecidos.

VIII. SOBRE EL PROCESO DE RECONCILIACIÓN NACIONAL

170. La CVR propone que el gran horizonte de la reconciliación nacional es el de la ciudadanía plena para todos los peruanos y peruanas. A partir de su mandato de propiciar la reconciliación nacional y de sus investigaciones realizadas, la CVR interpreta la reconciliación como un nuevo pacto fundacional entre el Estado y la sociedad peruanos, y entre los miembros de la sociedad.

171. La CVR entiende que la reconciliación debe ocurrir en el nivel personal y familiar; en el de las organizaciones de la sociedad y en el replanteamiento de las relaciones entre el Estado y la sociedad en su conjunto. Los tres planos señalados deben adecuarse a una meta general, que es la edificación de un país que se reconozca positivamente como multiétnico, pluricultural y multilingüe. Tal reconocimiento es la base para la superación de las prácticas de discriminación que subyacen a las múltiples discordias de nuestra historia republicana.