CONCLUSIONES GENERALES DEL INFORME FINAL DE LA CVR
Las investigaciones realizadas sobre el
proceso de violencia de origen político que se vivió en
el Perú entre los años 1980 y 2000, han permitido
a la Comisión de la Verdad y Reconciliación llegar
a las conclusiones que se exponen a continuación.
I. LAS DIMENSIONES DEL CONFLICTO
1. La CVR ha constatado que el conflicto armado interno que
vivió el Perú entre 1980 y 2000 constituyó el
episodio de violencia más intenso, más extenso
y más prolongado de toda la historia de la República.
Asimismo, que fue un conflicto que reveló brechas
y desencuentros profundos y dolorosos en la sociedad peruana.
2.
La CVR estima que la cifra más probable de víctimas
fatales de la violencia es de 69,280 personas.1 Estas cifras
superan el número de pérdidas humanas sufridas
por el Perú en todas las guerras externas y guerras
civiles ocurridas en sus 182 años de vida independiente.
3.
La CVR afirma que el conflicto abarcó una proporción
mayor del territorio nacional que cualquier otro conflicto,2
provocó enormes pérdidas económicas
expresadas en destrucción de infraestructura y deterioro
de la capacidad productiva de la población y llegó a
involucrar al conjunto de la sociedad.
4. La CVR ha constatado
que existió una notoria relación
entre situación de pobreza y exclusión social,
y probabilidad de ser víctima de la violencia. En
el departamento andino de Ayacucho se concentra más
del 40 por ciento de muertos y desaparecidos reportados a
la CVR.
Al sumar a ello las víctimas consignadas por la CVR
en los departamentos de Junín, Huánuco, Huancavelica,
Apurímac y San Martín se llega al 85 por ciento
de las víctimas registradas por la CVR.3
5. La CVR
ha constatado que la población campesina fue
la principal víctima de la violencia. De la totalidad
de víctimas reportadas, el 79 por ciento vivía
en zonas rurales y el 56 por ciento se ocupaba en actividades
agropecuarias. Estas cifras contrastan con las del censo
de 1993 según el cual el 29 por ciento de personas
vivían
en zonas rurales y el 28 por ciento de la PEA nacional estaba
ocupada en el sector agropecuario.
6. La CVR ha podido apreciar
que, conjuntamente con las brechas socioeconómicas,
el proceso de violencia puso de manifiesto la gravedad de
las desigualdades de índole étnico-cultural
que aún prevalecen en el país. Del análisis
de los testimonios recibidos resulta que el 75 por ciento
de las víctimas fatales del conflicto armado interno
tenían el quechua u otras lenguas nativas como idioma
materno. Este dato contrasta de manera elocuente con el hecho
de que la población que comparte esa característica
constituye solamente el 16 por ciento de la población
peruana de acuerdo con el censo nacional de 1993.
7. La CVR
ha comprobado que, en términos relativos,
los muertos y desaparecidos tenían grados de instrucción
muy inferiores al promedio nacional. Mientras el censo nacional
de 1993 indica que solamente el 40 por ciento de la población
nacional tiene un nivel educativo inferior a la educación
secundaria, la CVR ha encontrado que el 68 por ciento de
las víctimas se encontraba por debajo de ese nivel.
8.
La CVR concluye que la violencia impactó desigualmente
en distintos ámbitos geográficos y en diferentes
estratos sociales del país. Si la tasa de víctimas
reportadas a la CVR respecto de la población de Ayacucho
hubiera sido similar en todo el país, la violencia
hubiera ocasionado 1 millón 200 mil muertos y desaparecidos.
De esa cantidad, 340 mil hubieran ocurrido en la ciudad de
Lima.
9. La CVR ha constatado que la tragedia que sufrieron
las poblaciones del Perú rural, andino y selvático,
quechua y asháninka, campesino, pobre y poco educado,
no fue sentida ni asumida como propia por el resto del país;
ello delata, a juicio de la CVR, el vela-do racismo y las
actitudes de desprecio subsistentes en la sociedad peruana
a casi dos
siglos de nacida la República.
10. La CVR ha hallado
que el conflicto puso de manifiesto graves limitaciones del
Estado en su capacidad de garantizar
el orden
público y la seguridad, así como los derechos
fundamentales de sus ciudadanos dentro de un marco de actuación
democrático.
11. La CVR, asimismo, ha encontrado una
precaria vigencia del orden constitucional y el Estado
de Derecho, los que
en esos
tiempos de crisis fueron vulnerados.
II. LAS RESPONSABILIDADES DEL CONFLICTO
A.
Sobre el Partido Comunista del Perú-Sendero Luminoso
(PCP-SL)
12. La CVR considera que la causa inmediata y fundamental
del desencadenamiento del conflicto armado interno fue la
decisión
del PCP-SL de iniciar la lucha armada contra el Estado Peruano,
a contracorriente de la abrumadora mayoría de peruanos
y peruanas, y en momentos en que se restauraba la democracia
a través de elecciones libres.
13. Para la CVR, el
PCP-SL fue el principal perpetrador de crímenes y
violaciones de los derechos humanos tomando como medida de
ello la cantidad de personas muertas y desaparecidas.
Fue responsable del 54 por ciento de las víctimas
fatales reportadas a la CVR. Esta cuota tan alta de responsabilidad
del PCP-SL es un caso excepcional entre los grupos subversivos
de América Latina y una de las singularidades más
notorias del proceso que le ha tocado analizar a la CVR.
14.
La CVR ha comprobado que el PCP-SL desplegó extremada
violencia e inusitada crueldad que comprendieron la tortura
y la sevicia como formas de castigar o sentar ejemplos intimidatorios
en la población que buscaba controlar.
15. La CVR ha
encontrado que el PCP-SL fue en contra de las grandes tendencias
históricas del país. Poniendo
en práctica una férrea voluntad política,
se expresó como un proyecto militarista y totalitario
de características terroristas que no conquistó el
apoyo duradero de sectores importantes de peruanos.
16. La
CVR considera que el PCP-SL sustentó su proyecto
en una ideología de carácter fundamentalista,
centrada en una rígida preconcepción del devenir
histórico, encerrada en una visión únicamente
estratégica de la acción política y,
por tanto, reñida con todo valor humanitario. El PCP-SL
desdeñaba el valor de la vida y negaba los derechos
humanos.
17. La CVR ha constatado que el PCP-SL logró su
cohesión
interna a través del llamado Pensamiento Gonzalo que
reflejó el culto a la personalidad de Abimael Guzmán
Reinoso, fundador y dirigente de la organización,
a quien se le consideró la encarnación del
pen-samiento más elevado en la historia de la humanidad.
18.
La CVR ha determinado que, de acuerdo con su ideología,
el PCP-SL adoptó una estrategia orientada a provocar
de manera consciente y constante respuestas desproporcionadas
por parte del Estado sin tener en cuenta el profundo sufrimiento
que ello ocasio-naba a la población por la que decía
luchar.
19. La CVR considera que el PCP-SL llevó la
ideología
fundamentalista y la organización totalitaria a sus
extremos. En su acción subversiva se constata una
trágica
ceguera: ve clases, no individuos; de allí, su falta
absoluta de respeto a la persona humana y al de-recho a la
vida, incluyendo la de sus militantes. El PCP-SL alimentó en
ellos una vena fanática que se convirtió en
su sello de identidad.
20. La CVR ha constatado características terroristas
del PCP-SL que se desplegaron desde un comienzo a través
de ajusticiamientos realizados con sevicia, prohibición
de entierros y otras manifestaciones delictivas, incluido el
uso de coches-bomba en las ciudades.
21. La CVR encuentra asimismo
un potencial genocida en proclamas del PCP-SL que llaman
a <pagar
la cuota de sangre» (1982), «inducir
genocidio» (1985) y que anuncian que «el triunfo
de la revolución costará un millón de
muertos» (1988). Esto se conjuga con concepciones racistas
y de superioridad sobre pueblos indígenas.
22. La CVR
ha encontrado que el PCP-SL se aprovechó de
ciertas instituciones del sistema educativo como principal
cabecera de playa y que, a través de ellas, logró expandir
su prédica y captar núcleos minoritarios de
jóvenes
de uno y otro sexo en diferentes partes del país.
Si bien ofrecía a los jóvenes una utopía
que les brindaba identidad totalizante, en el fondo los
encerraba en una organización fundamentalista y opresora
a través
de cartas de sujeción a Abimael Guzmán Reinoso.
23.
La CVR ha constatado que la prédica del PCP-SL pudo
tener aceptación fugaz, en razón de la incapacidad
del Estado y de las elites del país para responder
a las demandas educativas de una juventud frustrada en sus
esfuerzos
de movilidad social y de aspira-ción de progreso.
24.
La CVR ha encontrado que el PCP-SL secundó las tesis
maoístas y convirtió a las zonas rurales en
el escenario principal del conflicto. Sin embargo, no tomó en
cuenta las necesidades y aspiraciones económicas
del campesinado, ni sus organizaciones propias ni sus especificidades
culturales, y convirtió, más bien, a los campesinos
en masa que debía someterse a la voluntad del partido.
La disidencia individual en la masa llevó a asesinatos
y aniquilamientos selectivos, y la disidencia colectiva condujo
a masacres y arrasamientos de comunidades enteras.
25. La
CVR ha establecido que la presencia del PCP-SL en los andes
y la respuesta contrasubversiva del Estado revivió y
militarizó viejos conflictos intracomunales e intercomunales.
Catalogó como enemigos de clase a los sectores de
la sociedad rural más conectados al mercado o a las
redes e instituciones regionales o nacionales, y decretó su
destrucción. Su guerra campesina contra el Estado
se convirtió en muchos casos en enfrentamientos entre
campesinos.
26. La CVR ha constatado que la violencia extrema
practicada por el PCP-SL en las localidades rurales de los
andes se
extendió también
a los centros urbanos. Lima y otras ciudades fueron también
escenarios complementarios y sufrieron sabotajes, asesinatos
selectivos, paros armados y actos terroristas, especialmente
bajo la modalidad de coches-bomba.
27. La CVR señala
que la concepción ideológica
del PCP-SL implicaba la destrucción del viejo Estado
desde sus cimientos. Ello los llevó al asesinato de
autoridades locales —alcaldes, gobernadores, tenientes
gobernadores, jueces de paz— y de autoridades na-cionales —ministros,
parlamentarios y otros representantes de los poderes del
Estado—.4
Del total de reportes recibidos por la CVR sobre víctimas
fatales causadas por el PCP-SL, el 12 por ciento eran autoridades.
Además, el PCP-SL incurrió en el asesinato
masivo de dirigentes sociales, hombres y mujeres, dirigentes
comunales,
alcaldes varas, dirigentes campesinos, sindicales, barriales,
magisteriales y de organizaciones de mujeres.
28. La CVR
señala que, por la generalidad y sistematicidad
de estas prácticas, miembros del PCP-SL, y en especial
su dirección nacional y su denominada jefatura, tienen
directa responsabilidad en la comisión de crímenes
de lesa humanidad en el marco de ataques armados contra la
población civil, cometidos a gran escala o bien como
parte de una estrategia general o planes específicos.
Del mismo modo, estas conductas constituyen, a juicio de
la CVR, graves infracciones a los Convenios de Ginebra, cuyo
respeto
era obligatorio para todos los participantes en las hostilidades.5
La perfidia con la que ac-tuó el PCP-SL en el terreno,
escudándose en la población civil, evitando
el uso de distintivos y atacando a traición, entre
otros métodos similares como el recurso a acciones
terroristas, constituyó un calculado mecanismo que
buscaba provocar reacciones brutales de las fuerzas del
orden contra la población
civil, con lo que se incrementaron en una forma extraordinaria
los sufrimientos de las comunidades en cuyos territorios
se llevaban a cabo las hostilidades.
29/30. La CVR encuentra
la más grave responsabilidad
en los miembros del sistema de dirección del PCP-SL
por el conflicto que desangró a la sociedad peruana,
por los siguientes elementos:
•
Por haber dado inicio a la violencia en contra del sentimiento
abrumadoramente mayoritario de la población;
• por haber planteado su lucha contra la democracia peruana con
una estrategia sanguinaria;
•
por las prácticas violentas de ocupación y
control de territorios rurales y poblaciones campesinas con
un alto
costo en vidas y en sufrimiento humano;
•
por su política de genocidio mediante actos de provocación
al Estado;
•
por su decisión de proclamar el llamado equilibrio
estratégico
que acentuó el carácter terrorista de sus
acciones.
31. La CVR hace notar la profunda irresponsabilidad
y menosprecio del PCP-SL hacia sus propios militantes, a
quienes se inducía
a matar y a morir de la manera más cruel y sanguinaria,
mientras que sus dirigentes máximos, especialmente
Abimael Guzmán Reinoso, permanecían en Lima,
exentos de riesgos físicos y privaciones, prácticamente
durante todo el conflicto. Esta incongruencia se expresó de
la manera más patente cuando, tras ser capturado,
Abimael Guzmán Reinoso abandonó casi inmediatamente
la tesis del equilibrio estratégico y solicitó al
gobierno un acuerdo de paz junto con un re-conocimiento explícito
y sumamente elogioso al gobierno dictatorial de Alberto Fujimori
y Vladimiro Montesinos.
32. La CVR expresa su pesar por los miles de jóvenes
que resultaron seducidos por una propuesta que constataba los
profundos problemas del país y proclamaba que «la
rebe-lión se justifica». Muchos de ellos, con
voluntad de transformar esa realidad injusta, no advirtieron
que el tipo de rebelión que planteaba el PCP-SL implicaba
el ejercicio del terror y la implantación de un régimen
totalitario. Quedaron así encuadrados en una organización
absolutamente vertical y totalitaria que les inculcaba el desprecio
a la vida, castigaba las discrepancias y exigía plena
sumisión. Muchos de ellos murieron in-útil y
cruelmente. La CVR llama al país a impulsar las reformas
institucionales necesa-rias para que proyectos terroristas
y totalitarios no encuentren nunca más eco alguno entre
los jóvenes.
33. La CVR constata que, a diferencia de
otros países
de América Latina por esa misma época, entre
1980 y 1992 el conflicto armado interno se desarrolló mientras
imperaba en el Perú un régimen democrático,
con elecciones libres, libertad de prensa y el sistema político
más inclusivo de nuestra historia contemporánea.
El PCP-SL y el MRTA se autoexcluyeron de manera unilateral
del sistema democrático y, más bien, socavaron
con sus acciones armadas el régimen político
democrático instaurado en 1980.
B. Sobre el Movimiento
Revolucionario Túpac Amaru (MRTA)
34. En 1984, el Movimiento
Revolucionario Túpac Amaru
(MRTA) inició a su vez una lucha armada contra el
Estado y es responsable del 1.5 por ciento de las víctimas
fatales que fueron reportadas a la CVR. A diferencia del
PCP-SL, y en forma similar a otras organizaciones armadas
latinoamericanas
con las que mantuvo vínculos, el MRTA reivindicaba
sus acciones y sus miembros usaban distintivos para diferenciarse
de la población civil, se abstuvo de atacar a la
población
inerme y en algunas coyunturas dio muestras de estar abierto
a negociaciones de paz. Sin embargo, el MRTA incurrió también
en acciones criminales,6 recurrió a asesinatos, como
en el caso del general Enrique López Albújar,
a la toma de rehenes y a la práctica sistemática
del secuestro, crímenes que violan no sólo
la libertad de las personas sino el derecho internacional
humanitario
que el MRTA afirmaba respetar. Cabe resaltar también
que el MRTA asesinó a disiden-tes de sus propias filas.
35.
En balance, durante la década de 1980 el discurso
y las acciones del MRTA contribuyeron a crear un clima en
el cual el uso de la violencia pretendía aparecer
como un recurso político legítimo, favoreciendo
en última
instancia la actividad y la expansión del PCP-SL.
En la década de 1990, especialmente a partir de su
frustrada toma del Congreso y de la toma de la residencia
del embajador
japonés en diciembre de 1996, el MRTA favoreció la
legitimación de la política contrasubversiva
autoritaria y militarizada del gobierno de Alberto Fujimori.
III.
LA RESPONSABILIDAD DE LOS APARATOS DEL ESTADO
36. La CVR constata
que Fernando Belaunde Terry y Alan García
Pérez ganaron la presidencia en elecciones libres
y directas por los ciudadanos. También lo hizo Alberto
Fujimori en 1990. Sin embargo, a partir del golpe de Estado
del 5 de abril de 1992, Fujimori se convirtió en
un gobernante autoritario que buscó permanecer en
el poder consolidando una autocracia corrupta.
37. La CVR
hace notar que, a pesar de la subversión
armada del PCP-SL y del MRTA, y de ser notoriamente deficitaria
en muchos aspectos, la democracia respetó la separación
de poderes y la libertad de expresión, celebró tres
elecciones presidenciales y parlamentarias, cuatro elecciones
municipales nacionales y elecciones regionales en 1989.
Ninguna de ellas fue cuestionada.
38. La CVR constata, no
obstante, que quienes gobernaron el Estado en ese período
carecieron de la comprensión
necesaria y del manejo adecuado del conflicto armado planteado
por el PCP-SL y el MRTA. Existió un interés
por poner en marcha la Constitución de 1979, por
desarrollar el país y por hacer que la relación
entre gobernantes y gober-nados fuese expresión
del Estado de Derecho. Sin embargo, tanto el gobierno del
pre-sidente Fernando Belaunde
como el del presidente Alan García erraron al no
aplicar una estrategia integral —social, política,
económica,
militar, psicosocial, de inteligencia y de movilización
del conjunto de la población— para hacer frente
de un modo eficaz y dentro de sus propios marcos democráticos
a la subversión armada y al terrorismo.
A. La actuación
de las fuerzas policiales
39. La CVR señala que las
fuerzas policiales tenían
el deber de enfrentar a los grupos subversivos que vulneraban
los derechos fundamentales de los ciudadanos y reconoce
la esforzada y sacrificada labor que sus miembros realizaron
durante
los años de violencia. Asimismo, rinde su más
sentido homenaje al más de un millar de valerosos
miembros de las fuerzas del orden que perdieron la vida
o quedaron discapacitados
en cum-plimiento de su deber.
40. La CVR considera que la
formación contrasubversiva
recibida hasta entonces por las fuerzas del orden había
tenido como referente a movimientos guerrilleros organizados
según el modelo castrista o, en el mejor de los
casos, a grupos armados semejantes a los que por esos años
actuaban en otros países de América Latina.
Esta fue la razón principal de su dificultad para
enfrentar a un enemigo vesánico, que se confundía
entre la población civil y era diferente de aquellos
grupos subversivos.
41. La CVR señala que las fuerzas
de la policía
tuvieron que responder a la agresión del PCP-SL
y, después,
del MRTA en condiciones logísticas precarias, sin
entrenamiento adecuado ni rotación suficiente de
sus agentes. Cuando recibieron la responsabilidad de conducir
las acciones de lucha
contrasubversiva en Ayacucho, no contaron con un apoyo
adecuado del gobierno.
42. La CVR considera que las limitaciones
de los servicios de inteligencia policiales no permitieron
tener una visión
adecuada de lo que acontecía. Esto, sumado al desconocimiento
de la naturaleza del PCP-SL, provocó que se menospreciara
la magnitud del fenómeno en curso. Así, en
lugar de enviar a los agentes más preparados y eficientes
de cada institución, se mantuvo la práctica
común
en las organizaciones policiales de enviar a agentes no
idóneos
a zonas alejadas como forma de castigo.
43. La CVR ha constatado que una vez declarado el estado de
emergencia en Ayacucho, en octubre de 1981, la intervención
del destacamento policial contrainsurgente denominado los
sinchis7 hizo crecer las violaciones de los derechos humanos,
generó resentimientos y distanció a la policía
de la población.
44. La CVR señala que tanto las
dificultades de coordinación
para sumar esfuerzos entre los tres institutos policiales,
cuanto la corrupción entre altos oficiales y en unidades
estratégicas, fueron factores externos al conflicto
mismo que impidieron un mejor desempeño policial
en los años en que la subversión aún
era débil. Por ello, a pesar de los relativos logros
obtenidos durante el año 1982 con la captura de subversivos,
especialmente en las ciudades, hubo dos acontecimientos
que mostraron que
la subversión había excedido las capacidades
de las fuerzas policiales: el asalto al centro penitenciario
de Huamanga por el PCP-SL y el repliegue de los puestos policiales
en el campo a lo largo de 1982.8
45. La CVR ha constatado
que, con el ingreso de las fuerzas armadas a Ayacucho y la
posterior implantación de los
comandos político-militares (CPM) en las zonas declaradas
en estado de emergencia, se impuso la subordinación
de la policía a las fuerzas armadas. Aquélla
quedó sujeta a las funciones establecidas por los
jefes militares, por encima de sus propios comandos y de
las autoridades
civiles. En este contexto, y a medida que la ofensiva militar
avanzó, agentes de los tres institutos policiales
que actuaron en las zonas de emergencia incurrieron en graves
violaciones
de los derechos humanos.
46. La CVR concluye que la lucha
contra la subversión
reforzó en miembros de la policía prácticas
autoritarias y represivas preexistentes. La tortura en interrogatorios
y las detenciones indebidas, que habían sido frecuentes
en el trato con la delincuencia común, adquirieron
un carácter masivo durante la acción contrasubversiva.
Además, la CVR ha constatado que las violaciones más
graves de los derechos humanos por parte de agentes de la
policía
fueron: ejecuciones extrajudiciales, desaparición
forzada de personas, torturas, tratos crueles, inhumanos
o degradantes.
La CVR condena particular-mente la práctica extendida
de la violencia sexual contra la mujer.
47. La CVR constata
que, a partir de la segunda mitad de la década de
1980, la unificación de las fuerzas
policiales, el seguimiento de sus labores desde el Ministerio
del Interior y la fusión de distintas unidades operativas
en la Dirección de Operaciones Especiales (DOES),
contribuyeron a una mejor coordinación de acciones
para la lucha contrasubversiva. Pese a ello, el sector no
atendió ni reforzó lo
suficiente a la DIRCOTE, unidad que había adquirido
experiencia a partir de su trabajo concentrado en Lima.
48. La CVR ha encontrado indicios que vinculan individualmente
a agentes de las fuerzas policiales con el mal llamado «Comando
Rodrigo Franco», del que no se ha podido determinar
si era una organización centralizada o una denominación
empleada por actores diversos, no necesariamente articulados
entre ellos.
49. La CVR puede afirmar que el distanciamiento
entre la policía
y las poblaciones tendió a agudizarse conforme se
desenvolvía
el conflicto armado interno. Este hecho facilitó el
arraigo de una mala imagen del policía como perpetrador
o, en el caso de las zonas cocaleras, como corrupto vinculado
al narcotráfico.
50. La CVR constata que a partir de
1985 las fuerzas policiales llegaron a tener un conocimiento
más acertado de la
organización y formas de acción de los grupos
subversivos, hasta que el trabajo de inteligencia operativa
de la DINCOTE (antes DIRCOTE) logró las impecables
capturas de los principales dirigentes subversivos. Destacan
entre ellos
las de Víctor Polay Campos, del MRTA, el 9 de junio
de 1992, y la de Abimael Guzmán Reinoso, del PCP-SL,
el 12 de septiembre del mismo año. Estas capturas
constituyeron un factor fundamental para conseguir la derrota
estratégica
de la subversión y el terrorismo.
51. La CVR constata
que, a partir del golpe de Estado del 5 de abril de 1992,
la PNP fue sometida a los planes del
Servicio
de Inteligencia Nacional y subordinada al poder militar,
con un recorte significativo de sus facultades, una distorsión
de sus funciones institucionales y una cúpula involucrada
en la red de corrupción del régimen manejada
por Vladimiro Montesinos
B. La actuación de las fuerzas
armadas
52. La CVR señala que, por decisión
del gobierno constitucional mediante decreto supremo expedido
el 29 de
diciembre de 1982, las fuerzas armadas tenían el deber
de enfrentar a los grupos subversivos que desafiaban el
orden constitucional de la República y vulneraban
los derechos fundamentales de los ciudadanos.
53. La CVR reconoce
la esforzada y sacrificada labor que los miembros de las
fuerzas armadas realizaron durante los
años
de violencia y rinde su más sentido homenaje a los
más
de un millar de valerosos agentes militares que perdieron
la vida o quedaron discapacitados en cumplimiento de su
deber.
54. La CVR ha encontrado que las fuerzas armadas aplicaron
una estrategia que en un primer período fue de represión
indiscriminada contra la población considerada sospechosa
de pertenecer al PCP-SL. En un segundo período, esa
estrategia se hizo más selectiva, aunque continuó posibilitando
numerosas violaciones de los derechos humanos.
55. La CVR
afirma que en ciertos lugares y momentos del conflicto la
actuación de miembros de las fuerzas armadas no
sólo involucró algunos excesos individuales
de oficiales o personal de tropa, sino también prácticas
generalizadas y/o sistemáticas de violaciones de
los derechos humanos, que constituyen crímenes de
lesa humanidad así como transgresiones de normas del
Derecho Internacional Humanitario.
56. La CVR concluye que, en este marco, los comandos político-militares
(CPM), erigidos en autoridad estatal máxima de las zonas
de emergencia, pueden tener la responsabilidad primaria por
estos crímenes. El Poder Judicial debe establecer el
grado exacto de responsabilidad penal de quienes ejercieron
los CPM, ya sea por haber ordenado, incitado, facilitado o
encubierto estos hechos, o bien por haber omitido el deber
fundamental de ponerles coto.
57. La CVR ha constatado que
las violaciones más graves
de los derechos humanos por parte de agentes militares fueron:
ejecuciones extrajudiciales, desaparición forzada
de personas, torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes.
La CVR condena particularmente la práctica extendida
de violencia sexual contra la mujer. Todos estos actos constituyen
una deshonra para quienes fueron sus perpetradores directos
y para quienes, en su condición de superiores jerárquicos,
los instigaron, permitieron o encubrieron con mecanismos
de impunidad.
58. La CVR señala que en el momento de
su intervención
en la lucha contra la subversión, las fuerzas armadas
tenían preparación y equipamiento para enfrentar
un eventual conflicto convencional (conflicto externo). Durante
los primeros años de su intervención (1983-1985),
carecieron de un adecuado trabajo de inteligencia sobre la
organización, el perfil de los militantes y la estrategia
del PCP-SL. Por decisión de la autoridad civil, su
objetivo fue terminar rápidamente el conflicto, sin
tomar en cuenta el costo en vidas humanas. Se plantearon
recuperar el
dominio territorial, suponiendo que la pobla-ción
se dividía entre poblados leales al Estado peruano
y poblados subversivos o zonas rojas, sin advertir que estas últimas
no eran homogéneas y contenían por lo general
sec-tores sobre los cuales el PCP-SL se imponía por
la coacción e incluso el terror.
59. Para la CVR, aunque
la intervención militar inicial
golpeó duramente la organización y la capacidad
operativa de PCP-SL,9 produjo también una secuela
de violaciones masivas de los derechos humanos y convirtió al
bienio 1983-1984 en el más letal del conflicto, fundamentalmente,
en Ayacucho. Peor aun, la estrategia resultó contraproducente,
pues la represión indiscriminada en las zonas rurales
postergó la ruptura entre PCP-SL y los sectores más
pobres del campesinado, y no evitó la expansión
de las acciones armadas a otras zonas del país.
60.
La CVR señala que, en agosto de 1989, las fuerzas
armadas aprobaron la sistematización de una estrategia
contrasubversiva. La nueva estrategia distinguía en
los teatros de operaciones poblaciones amigas, neutrales
y enemigas, y no tenía como objetivo principal el
control territorial sino la eliminación de las Organizaciones
Político-Administrativas (OPA) o comités populares
senderistas; ganar a la población y aislar a la fuerza
militar del PCP-SL. La estrategia produjo resultados decisivos,
como alentar la reacción del campesinado contra el
poder senderista y la masificación de los comités
de autodefensa, que cambiaron las relaciones entre las fuerzas
armadas y el campesinado.
61. En esta etapa las violaciones de derechos humanos fueron
menos numerosas, pero más deliberadas o planificadas
que en la etapa anterior. Aparecieron, además, escuadrones
de la muerte cuya actividad llevó a que el Perú ocupara
en esos años el primer lugar en el mundo en desapariciones
forzadas de personas.
62. La CVR señala que la nueva
estrategia fue aprovechada por un grupo de oficiales que,
a su vez, diseñó planes
para una posible interrupción castrense del proceso
político. Parte de esos planes autoritarios serían
retomados posteriormente para el golpe de Es-tado de 1992.
Dichos proyectos antidemocráticos expusieron a las
fuerzas armadas dos grandes trastornos institucionales: a)
el uso de
un modelo de política contrasubversiva y la imagen
de una fuerza armada victoriosa para justificar el golpe
de Estado
de 1992, y b) una tregua con el narcotráfico al definir
al PCP-SL como enemigo principal, que debía ser aislado
del campesinado cocalero. En algunos casos, y sobre todo
a partir del ascenso de Vladimiro Montesinos, esa tregua
se convirtió en
alianza.
63. La CVR concluye que la captura de Abimael Guzmán
y la desarticulación del PCP-SL y el MRTA no lograron
evitar que la ética, el prestigio e incluso el bienestar
y la eficiencia de las fuerzas armadas10 quedaran seriamente
mellados por una cúpula que unió su suerte
al gobierno dictatorial. Este proceso de descomposición
estuvo caracterizado por la actividad del Grupo Colina, la
persecución de oficiales disidentes, así como
por la organización de un sistema de corrupción,
chantaje y espionaje político dentro de las propias
fuerzas armadas bajo la dirección de Vladimiro Montesinos.
64.
La CVR ha encontrado que las fuerzas armadas fueron capaces
de extraer lecciones durante el proceso de violencia, las
que le permitieron afinar su estrategia de manera que ésta
fuera más eficaz y menos propensa a la violación
masiva de los derechos humanos. Este aprendizaje se revela
ostensiblemente en el descenso de víctimas por acción
de agentes del Estado precisamente en los años más
intensos del conflicto armado interno (1989-1993), mientras
que durante esos mismos años el PCP-SL desple-gaba
una desbordante violencia terrorista contra los pueblos quechua
y asháninka, y también contra la población
urbana. Ese aprendizaje, junto con la proliferación
de los Comités de Autodefensa, la inteligencia operativa
policial y el respaldo de la ciudadanía, permite
explicar la derrota del PCP-SL.
C. Sobre la actuación
de los comités de autodefensa
65. La CVR estima que,
desde muy temprano, sectores del campesinado más pobre,
aquéllos que según los cálculos
del PCP-SL debían haber sido sus aliados principales,
se levantaron contra un proyecto que no compartían
y que se les imponía por la fuerza. Comunidades como
Uchuraccay y otras de las alturas de Huanta se encuentran
entre los ejemplos más conocidos. En algunos casos
de modo espontáneo, en otros por iniciativa de las
fuerzas armadas, los productores agrarios del valle del río
Apurímac forma-ron los primeros comités de
autodefensa (CADs), que posteriormente se multiplicaron e
infligieron en
las áreas rurales su primera derrota estratégica
al PCP-SL.
66. La CVR reconoce el derecho de los campesinos a la autodefensa
en el contexto excepcional planteado por la agresión
senderista. Constata, al mismo tiempo, que en un número
significativo de casos la formación de comités
de autodefensa se produjo por la presión y el amedrentamiento
de las fuerzas armadas y/o de otros CADs. En ocasiones, los
CADs fueron más allá de tareas de autodefensa
y resultaron, de acuerdo con los hallazgos de la CVR, responsables
de crímenes que deben ser sancionados.
67. La CVR reconoce,
sin embargo, que los CADs fueron un factor muy importante
en el desenlace del conflicto armado interno
y rinde homenaje a los ronderos caídos en defensa
de sus comunidades y del país. Resalta, asimismo,
que, una vez terminado el conflicto armado, no se convirtieron
en
sicarios del narcotráfico, ni pusieron su experiencia
militar al servicio de otros actores implicados en actividades
ilícitas. La inmensa mayoría de los miembros
de los CADs se ha reintegrado a sus comunidades, y el país
sigue teniendo una deuda con ellos. El decreto legislativo
741 promulgado a fines de 1991, y su posterior reglamentación,
sólo les reconoce indemnizaciones a partir de la promulgación
de la ley, y ha beneficiado a un reducido número de
deudos.
IV. EL PROCESO POLÍTICO Y LOS GOBIERNOS
68. La CVR diferencia
en primer lugar los años que van
entre 1980 y 1992, tramo que transcurrió bajo
regímenes
civiles electos democráticamente, del tramo final
de nuestro mandato, posterior al golpe de Estado del
5 de abril
de 1992. Ese cambio de régimen tiene una incidencia
directa sobre las responsabilidades de las máximas
autoridades del Estado en torno a las violaciones de
los derechos humanos,
pues la centralización del poder incide en la
relación
más directa en principio entre el Presidente de
la República
y los grupos que operan encubiertos por el poder para
perpetrar esas violaciones.
69. La CVR considera que,
dado el desarrollo de los hechos,
marcado por la creciente violencia del PCP-SL, era inevitable
que el Estado utilizara sus fuerzas armadas para hacerle
frente y recurriera a declarar estados de emergencia,
considerados por la Constitución vigente para
afrontar situaciones de grave riesgo. La CVR deplora,
sin embargo, que los gobiernos
que así lo decidieron, no tomasen las previsiones
para impedir los atropellos de los derechos fundamentales
de la
población.
70. La CVR es consciente de que todo
este actuar de los gobiernos estaba condicionado, tanto
en su debilidad
como en su improvisación,
por fallas profundas del Estado: i) su insuficiente cobertura
territorial y densidad institucional; ii) su falta de
preparación
para enfrentar un conflicto de esas características;
iii) la desconfianza que le provocaban significativos
sectores de sus propios ciudadanos y; iv) una creciente
incapacidad
para someterse a los marcos constitucionales y legales
de los que acababa de dotarse el país a través
de la Constitución de 1979.
71. La CVR rinde por
eso su homenaje a los dirigentes y militantes de los
partidos políticos democráticos que ofrendaron
su vida o sufrieron maltrato por cumplir con honestidad
con sus deberes públicos. Nos referimos tanto
a los militantes de los partidos que gobernaron, así como
a los que tuvieron responsabilidad parlamentaria en las
regiones y municipios.
Debe destacarse especialmente a las autoridades locales
de los lugares más afectados por la violencia,
que mantuvieron la presencia del Estado peruano muchas
veces a costa del máximo
sacrificio. Ellos deben ser un ejemplo para todos en
esta nueva etapa de búsqueda de democracia.
72.
La CVR debe constatar, al mismo tiempo, una muy grave
responsabilidad de los gobiernos de esos años,
así como de los
partidos que tuvieron representación en el Parlamento,
los gobiernos locales y, entre 1989 y 1991, los gobiernos
regionales. En los primeros doce años del conflicto,
las fuerzas policiales y las fuerzas armadas se hicie-ron
cargo del combate
a la subversión a partir de instrumentos legales
aprobados por gobiernos civiles y dentro del marco de
una legislación
antiterrorista promulgada por un Congreso elegido democráticamente.
73.La
CVR ha recogido amplia evidencia de cómo en el
combate a los grupos subversivos se cometieron gravísimas
y masivas violaciones de los derechos humanos, lo que
invo-lucra en primer lugar a los gobiernos, que eran
los responsables
del conjunto de la acción del Poder Ejecutivo,
del cual dependen las fuerzas del orden. Además
de ello, los gobiernos civiles electos incurrieron en
la más
grave responsabilidad al desatender las denuncias de
violaciones de derechos humanos o, en muchos casos, al
garantizar la impunidad
de los responsables de las mismas.
74. La CVR encuentra
que el primer punto de inflexión
institucional en la abdicación de la responsabilidad
democrática por parte de los gobiernos estuvo
en la creación, por dispositivo legal, de los
comandos político-militares.
Ellos subordinaron en la práctica al poder civil
en las zonas declaradas en estado de emergencia, pues
terminaron
asumiendo la conducción no sólo militar,
sino también política de la lucha contrasubversi-va.11
75.
La CVR constata que la ley 24150 colocaba a militares
y policías que actuaban en provincias declaradas
en estado de emergencia bajo la competencia de la justicia
militar, lo
que favoreció la impunidad de los agentes del
Estado responsables de las violaciones de los derechos
humanos. Del
mismo modo, el carácter permanente de una situación
de excepción en cada vez más provincias
debilitó la
democracia y creó un clima propicio para las
violaciones de los derechos humanos, así como
un sentido común
de la población y de las autoridades civiles
de esas zonas según el cual el poder reposaba
en la autoridad militar.
76. La CVR considera que la abdicación
de la autoridad democrática culminó con
la legislación
contrasubversiva aprobada después del golpe de
Estado de abril de 1992. De acuerdo con ella, los jefes
de los comandos
político-militares no sólo coordinaban
y supervisaban, sino conducían las acciones en
los campos no militares. Esa legislación cambió el
Sistema de Defensa Nacional, la ley del Servicio de Inteligencia
Nacional y la
ley de situación militar. Esta última permitió que
los comandantes generales de las fuerzas armadas permanecieran
en sus cargos aún después de su fecha de
retiro. La nueva legislación incluía,
además,
penas y procedimientos que violaban las garantías
del debido proceso, así como la Constitución
y tratados internacionales de los cuales el Perú era
firmante: penas mínimas desproporcionadas, nuevas
figuras legales como terrorismo A. Indiferencia y demanda
de dureza
77. La CVR ha constatado, con pesar, que los
gobiernos civiles no estuvieron solos en esta concesión
al uso indiscriminado de la fuerza como medio de combate
contra la subversión.
Por el contrario, la proclividad de dichos gobiernos
a la solución
militar sin control civil estuvo en consonancia con
un considerable sector de la sociedad peruana, principalmente
el sector urbano
medianamente instruido, beneficiario de los servicios
del Estado y habitante de zonas alejadas del epicentro
del conflicto.
Este sector miró mayoritariamente con indiferencia
o reclamó una solución rápida, dispuesta
a afrontar el costo social que era pagado por los ciudadanos
de las zonas rurales y más empobrecidas.
B. El
gobierno de Acción Popular
78. La CVR expresa su
reconocimiento especial a todas las víctimas
pertenecientes al partido de Acción Popular,
muchas de las cuales fueron autoridades locales que permane-cieron
en sus puestos a pesar de la intensidad de la violencia.
La
CVR resalta, también, el esfuerzo realizado por
el gobierno del presidente Fernando Belaunde Terry por
preservar el sistema
democrático, las elecciones locales y generales,
y la libertad de prensa, en el contexto de una difícil
transición
a un régimen democrático en medio del peor
conflicto armado interno de la historia republicana del
país.
79. La CVR reconoce que el partido Acción Popular tuvo
que enfrentar la subversión en un escenario difícil
por la complejidad del Estado sobredimensionado legado
por el gobierno militar, por la debilidad de un sistema
de partidos
sin vida democrática significativa, por relaciones
cívico-militares marcadas por la distancia y la
desconfianza y por la existencia de una izquierda de
gran tamaño
y radicalidad.
80. La CVR recuerda que, en ese contexto,
el presidente Belaunde propuso diversas políticas
de frente amplio, que sólo
fueron aceptadas por su aliado, el Partido Popular Cris-tiano.
Los demás partidos optaron por mantener sus propios
perfiles. Ese desacuerdo dificultó enormemente
la elaboración
de una respuesta unitaria a la amenaza subversiva.
81.
La CVR encuentra que el conflicto armado interno fue
considerado por varios meses como un problema marginal
que había
tomado por sorpresa al Estado y a todas las fuerzas políticas
del país. Una vez que el incremento del número
de acciones subversivas armadas lo volvió inocultable,
el gobierno de Acción Popular y la oposición
perdieron un valioso tiempo en atribuir las responsabilidades
de los hechos a partir de sus propias agendas políticas.12
Debe señalarse que el tiempo perdido en diagnósticos
errados o interesados fue crucial para el asentamiento
del PCP-SL en diversas áreas del campo ayacuchano,
sin una respuesta estatal organizada por el gobierno.
82. La CVR constata que el gobierno optó por enfrentar
al PCP-SL con las fuerzas policiales y con medidas de excepción
que se prorrogaron ininterrumpidamente. Las limitaciones de
las fuerzas policiales, divididas en tres instituciones sin
coordinación entre ellas, desprovistas de equipamiento
básico y sin el respaldo de una política contrasubversiva
coherente generaron, en poco tiempo, un rechazo de la población
que fue trasladado hacia el gobierno. Éste, ante la
actividad cada vez más violenta del PCP-SL, optó por
ceder la conducción de la lucha contrasubversiva a las
fuerzas armadas a fines de 1982.
83. La CVR considera que la
decisión adoptada por el
gobierno de Acción Popular inició un proceso
de militarización que duró más de una
década y que tuvo graves consecuencias para el país.
Con el establecimiento de comandos político-militares
y ante la inoperancia del poder político para contribuir
en la lucha contrasubversiva en los campos no militares,
se produjo una subordinación de hecho de las autoridades
civiles locales a las estrategias contrasubversivas de las
fuerzas armadas.
84. La CVR ha establecido que la creación
de los comandos político-militares y la intervención
de las fuerzas armadas se realizaron sin tomar las previsiones
indispensables
por parte de la autoridad civil para salvaguardar los derechos
fundamentales de la población, lo que produjo como
consecuencia numerosas violaciones de los derechos humanos
de manera sistemática y/o generalizada.
85. La CVR
concluye que el gobierno de Acción Popular
toleró estas violaciones de los derechos humanos haciendo
caso omiso de las numerosas denuncias por diversas fuentes
gubernamentales y de la sociedad civil. Tal es el caso de
matanzas como las de Putis, Pucayacu y Cabitos, entre las
más
notorias. Asimismo, durante ese período de gravísima
violencia, el Parlamento, con mayoría del partido
del gobierno, no nombró ninguna comisión investigadora.
La única comisión fue nombrada por el Ejecutivo
pa-ra investigar la matanza de ocho periodistas en la comunidad
de Uchuraccay, donde la CVR ha constatado que murieron, además,
135 campesinos quechuas en el transcurso del año posterior
a la masacre, la mayoría a manos del PCP-SL.
86. La
CVR encuentra que esa injustificada tolerancia del gobierno
de Acción Popular hacia los atropellos a los derechos
fundamentales de la ciudadanía se sustentaba en la
intención
y la expectativa de acabar con la subversión en el
corto plazo, sin considerar su costo en vidas humanas. Dicha
política
fue ratificada por la ley 24150 promulgada en 1985.
87. La
CVR encuentra responsabilidad política en el
gobierno de Acción Popular por su tolerancia a las
violaciones de derechos humanos cometidas por parte del Estado,
principalmente
contra la población indígena, la más
desprotegida y marginada del país, y halla en ella
una lamentable muestra de esos hábitos de discriminación
y racismo existentes en la sociedad peruana.
88. Las cifras
de la CVR revelan que, según un análisis
por año, entre 1983 y 1984 se pro-dujo la mayor cantidad
de muertes de todo el conflicto, causadas por las campañas
de asesinatos del PCP-SL y la cruenta respuesta oficial,
que según los cálculos de la CVR dejaron 19,468
víctimas
fatales, es decir, 28 por ciento del total estimado para
todo el conflicto armado interno. Estas cifras pasaron casi
inadvertidas
para el resto del país, debido a las graves fracturas étnicas
de nuestra sociedad.
C. El gobierno del Partido Aprista Peruano
89. La CVR expresa
su reconocimiento especial a todas las víctimas
pertenecientes al Par-tido Aprista Peruano (PAP), muchas
de las cuales fueron autoridades locales que per-manecieron
en
sus puestos a pesar de la intensidad de la violencia.
La CVR resalta, también, el esfuerzo realizado por
el gobierno del presidente Alan García Pérez
por preservar el sistema democrático, las elecciones
locales y generales y la libertad de prensa, en el contexto
de una
difícil
situación en medio del peor conflicto armado interno
de la historia republicana del país.
90. La CVR
considera que, al asumir el doctor Alan García
Pérez el gobierno en julio de 1985, impulsó una
serie de políticas sociales para reorientar la
estrategia contrasubversiva en marcha. El objetivo explícito
fue derrotar a la subversión mediante políticas
de desarrollo dirigidas a los campesinos y a las regiones
más
pobres. El nuevo gobierno asumió como propias
las críticas
a la actuación de las fuerzas armadas que se venían
haciendo desde el período gubernamental previo.
91.
Esta política, de respeto a los derechos humanos
y de denuncia de las violaciones de los mismos, se expresó,
por ejemplo, en las sanciones aplicadas a los jefes militares
res-ponsables de la matanza de Accomarca (agosto de 1985).
El gobierno buscó así el control civil
sobre la acción militar. Creó, asimismo,
una Comisión
de Paz y llevó adelante iniciativas en el campo
de la unificación policial y la creación
del Ministerio de Defensa.
92. La CVR considera, sin embargo,
que la llamada «masacre
de los penales» ocurridas los días 18 y
19 de junio de 1986 en los centros penitenciarios de
Lurigancho y
El Frontón marcó una inflexión en
el esfuerzo del gobierno del PAP por imponer desde el
poder civil un nuevo
esquema de respeto de los derechos humanos por las fuerzas
del orden. La CVR ha constatado que, a partir de los
sucesos mencionados, las fuerzas armadas actuaron con
mayor autonomía
en su actividad contrasubversiva, sin que el Poder Ejecutivo
ni el Poder Legislativo las proveyeran de un marco legal
para ello.
93. La CVR encuentra grave responsabilidad
política
en el gobierno del PAP en relación con estos casos,
sin perjuicio de otras responsabilidades individuales
que sean determinadas en otras instancias judiciales
nacionales o internacionales.
94. La CVR considera el
encubrimiento de la matanza de Cayara, ocurrida en mayo
de 1988, como paradigmático de la nueva
actitud del partido de gobierno frente a la actuación
de las fuerzas armadas en la lucha contrasubversiva.
La comisión
investigadora conformada en el Senado de la República,
presidida por el parlamentario del PAP Carlos Enrique
Melgar, dictaminó que la matanza no había
ocurrido, mientras que la minoría de dicha comisión
y un fiscal aseguraban lo contrario. El dictamen, no
obstan-te, fue aprobado
por la mayoría aprista. Las investigaciones de
la CVR confirman la matanza de Cayara y encuentran responsabilidad
política en el PAP por colaborar en el encubrimiento
de dicha masacre.
95. La CVR ha constatado que el gobierno del PAP puso en marcha
un proceso de reorganización de las tres instituciones
policiales existentes, atendiendo a reclamaciones sobre la
crisis de corrupción e ineficiencia. Ello derivó en
lo que más adelante sería la policía
nacional. El PAP tuvo un especial interés en controlar
a la policía a través del Ministerio del Interior.
En el proceso se crearon nuevas unidades como la Dirección
de Operaciones Especiales (DOES), preparada para la lucha contrasubversiva
y se fortaleió el trabajo de inteligencia contra el
terrorismo.
96. La CVR estima que la aguda crisis económica
y política
que vivió el Perú a partir de 1988 favoreció el
desarrollo de las agrupaciones subversivas y la vorágine
de violencia. El fracaso del programa económico y
el inicio de la hiperinflación llevaron a una situación
de grave inestabilidad en el país. Desde el fallido
intento de estatización de la banca, el gobierno
perdió el
respaldo de los grupos empresariales y financieros del país.
Las marchas y contramarchas en las políticas económicas
agudizaron la tensión social existente, agravada por
el colapso de los servicios básicos. El PCP-SL aprovechó esos
espacios de descontento para iniciar sus propias marchas
de protesta hasta en la misma capital.
97. La CVR ha recogido
testimonios que sugieren la existencia
de policías vinculados a actividades de escuadrones
de la muerte y comandos paramilitares utilizados contra presuntos
subversivos. Una serie de sucesos, como la aparición
del mal llamado «Comando Rodrigo Franco», el
enfrentamiento entre una patrulla del Ejército y una
columna del MRTA en el paraje de Los Molinos, el ataque
del PCP-SL al puesto
policial de Uchiza, la vacancia de cargos municipales en
1989 y el escape de los miembros del MRTA del penal Castro
Castro
en 1990, entre otros, potenciaron la imagen de desgobierno
y caos en el país. Al mismo tiempo, sin embargo, se
llevaron a cabo tres elecciones nacionales entre noviembre
de 1989 y junio de 1990. El descontento de las fuerzas armadas
fue grande, por lo que se produjo inclusive un intento de
golpe de Estado. La CVR concluye que, al producirse la crisis,
el
gobierno perdió el control de la política contrasubversiva,
salvo en algunas áreas del trabajo policial que fueron
muy exitosas como la del Grupo Especial de Inteligencia (GEIN)
que, a la postre, rendiría los mayores frutos en
cuanto a capturas de líderes subversivos.
D. Los gobiernos
de Alberto Fujimori
98. La CVR ha constatado que en las elecciones
presidenciales de 1990, que se produjeron en medio de una
crisis generalizada,
el desprestigio de los partidos y la pérdida de
confianza en las organizaciones políticas facilitaron
el triunfo del ingeniero Alberto Fu-jimori, un candidato
independiente
que rápidamente reveló su menosprecio por
la democracia. En ningún momento construyó una
organización
política que lo respaldara.13 Para enfrentar los
dos grandes problemas que heredaba —la crisis económica
y el avance de la subversión—, encargó los
asuntos económicos a grupos de tecnócratas
y asumió como suya la estrategia contrasubversiva
de las fuerzas armadas perfilada a fi-nales de la década
de 1980. Igualmente, convocó a operadores de inteligencia
militar; el más conocido de los cuales fue Vladimiro
Montesinos. Con la participación de éste,
el nuevo régimen comenzó a fortalecer el
Servicio de Inteligencia Nacional y se aseguró la
lealtad de las cúpulas militares para convertirlas
en pilares de su gestión.14
99. La CVR concluye que
el golpe de estado del 5 de abril de 1992 significó el
colapso del Estado de Derecho y mostró además
la debilidad del sistema de partidos; el golpe contó con
el apoyo de la mayoría de la opinión pública.
En medio de la ofensiva urbana del PCP-SL, sectores importantes
de todos los estratos sociales se mostraron dispuestos
a trocar democracia por seguridad y a tolerar las violaciones
a los
derechos humanos como el costo necesario para terminar
con la subversión.
100. La CVR ha constatado que,
a partir de 1992, la nueva estrategia contrasubversiva
puso énfasis en la eliminación
selectiva de las organizaciones político-administrativas
(OPA) de los grupos subversivos. Vinculado a Vladimiro
Montesinos actuó un escua-drón de la muerte
denominado «Colina»,
responsable de asesinatos, desapariciones forzadas, y masacres
con crueldad y ensañamiento. La CVR posee indicios
razonables para afirmar que el presidente Alberto Fujimori,
su asesor
Vladimiro Montesinos y altos funcionarios del SIN tienen
responsabilidad penal por los asesinatos, desaparicio-nes
forzadas y masacres
perpetradas por el escuadrón de la muerte denominado «Colina».
101.
La CVR sostiene que la DINCOTE, gracias a la experiencia
acumulada desde fines de la década anterior y el énfasis
puesto en el trabajo de inteligencia, mostró por
esa misma época facetas más constructivas
y eficaces, que desembocaron en la captura de Víctor
Polay, principal dirigente del MRTA, y en la de Abimael
Guzmán y miembros
del Buró Político del Comité Central
del PCP-SL, el 12 de septiembre de 1992. La CVR concluye
que las
capturas de los líderes máximos del PCP-SL
y del MRTA no fueron utilizadas por el gobierno para acelerar
la derrota de la subversión, sino para obtener réditos
electorales.
102. Asimismo, la CVR señala la utilización
dada al operativo Chavín de Huántar, que
se realizó para
rescatar a las personas secuestradas por el MRTA en la
residencia del embajador del Japón en diciembre
de 1996. La CVR expresa su repudio a esa acción
terrorista que mantuvo cautivos durante más de
cuatro meses a decenas de personas. Reconoce el derecho
del Estado a rescatar a los rehenes allí recluidos
y saluda el heroísmo y la eficiencia de los comandos
que culminaron con éxito el operativo de rescate,
y rinde homenaje a los miembros del Ejército fallecidos
en dicha acción, así como al doctor Carlos
Giusti, vocal de la Corte Suprema que falleció durante
la operación.
Condena, sin embargo, las ejecuciones extrajudiciales que
se habrían producido, injustificadas por tratarse
de personas rendidas, y comparte el rechazo de la opinión
pública
a las imágenes de Alberto Fujimori paseándose
entre los cadáveres en la residencia recién
rescatada.
103. La CVR afirma que en los años siguientes,
diversos hechos, algunos ciertos, la mayo-ría manipulados
en los medios de comunicación, sirvieron para crear
y recrear exageradamente el terrorismo como una amenaza
latente, para
justificar el autoritarismo del régimen y para desprestigiar
a los opositores. La interceptación telefónica
a políticos opositores, el acoso al periodismo independiente,
el sometimiento y perversión final de la mayoría
de medios de comunicación, los atentados y crímenes
incluso contra miembros del propio SIN, así como
la desvirtuación de operaciones legítimas
como el mencionado operativo Chavín de Huántar,
llevan el sello del gobierno autoritario de Alberto Fujimori.
104.
Por lo expuesto, la CVR sostiene que en los últimos
años del gobierno de Fujimori el conflicto armado
interno fue manipulado con la finalidad de hacer que el
régimen
permaneciera en el poder. Ello sumió al país
en una nueva crisis económica y en abis-mos de corrupción,
descomposición moral, debilitamiento del tejido
social e institucio-nal, y una profunda desconfianza en
la esfera
pública. Todos estos rasgos constituyen, por lo
menos en parte, secuelas de la forma autoritaria en que
se resolvió el
conflicto y configuran uno de los momentos de mayor oprobio
de la historia de la República.
E. Los partidos de
izquierda
105. La CVR expresa su reconocimiento especial
a todas las víctimas pertenecientes a los partidos
que conformaron la alianza Izquierda Unida, muchas de las
cuales
fueron autoridades
locales que permanecieron en sus puestos a pesar de la
intensidad de la violencia. La CVR resalta, también,
que IU fue un canal de representación política
de am-plios sectores populares y movimientos sociales hasta
entonces no
incluidos en la agenda nacional. De esta forma, en muchas
zonas del país, militantes de izquierda fueron un
freno para el avance del PCP-SL.
106. La CVR ha constatado
que la alianza Izquierda Unida
(IU) fue la segunda fuerza electoral durante la mayor
parte de
la década de 1980, tuvo representación
en el Parlamento, responsabilidad en gobiernos locales
y, entre 1989
y 1992, en los gobiernos regionales.
107. La CVR ha constatado
que, durante la década de
1970, la mayor parte de las organizaciones que luego
conformarían
IU compartieron con diversos matices un discurso y una
estrategia que privilegiaba la toma del poder por la
vía de la
lucha armada. En el contexto de grandes movilizaciones
sociales y apertura democrática de fines de los
años 70,
algunas de estas organizaciones iniciaron un viraje que
las llevó a valorar positivamente la vía
electoral y la democracia representativa.
108. La CVR
hace notar, sin embargo, que un deslinde ideológico
insuficiente y en muchos casos tardío colocó a
la mayoría de los partidos miembros de IU en una
situación
am-bigua frente a las acciones del PCP-SL y más
aún
del MRTA. Esta ambigüedad hizo di-fícil para
sus líderes, y también para las dirigencias
sociales sobre las cuales IU tenía in-fluencia,
dar la lucha ideológica contra las concepciones
violentistas del PCP-SL o del MRTA.
109. La CVR constata
que la izquierda formuló denuncias
de las violaciones de los dere-chos humanos cometidos
por el Estado. Sin embargo, no dio el mismo tratamiento
a aquéllas
cometidas por los grupos subversivos, especialmente por
el MRTA. Hubo dos agrupaciones que mantuvieron hasta
el final
la posibilidad del recurso a la violencia para tomar
el poder. Esto fue, en última instancia, lo que
produjo la división
de la izquierda entre supuestos reformistas y revolucionarios.
110.
Para la CVR, sin que ello fuera una posición generalizada,
sectores de la izquierda entendieron su participación
en el parlamento y en los municipios como una tribuna
de agitación
y propaganda para demostrar las limitaciones de las instituciones
demo-burguesas.
111. La CVR señala que, en el plano
político,
el sectarismo y la ineficacia de los partidos y de los
independientes que conformaban IU, así como la
dificultad para poner los intereses del país
por encima de los grupos o personalidades que la integraban,
impidió que ella fuera más
allá de su carácter de alianza electoral,
para convertirse en frente programático que representara
y ofreciera una alternativa de transformación
pacífica
y democrática a sus militantes y al país.
Ese límite se mantuvo incluso en su momento de
mayor presencia electoral, le impidió luego diferenciarse
de la política
del gobierno aprista, y terminó dividiéndola
en 1989. La división desconcertó a sus
seguidores y resquebrajó el dique de contención
que significaba IU en amplios sectores populares; ello
favoreció el
avance de los grupos subversivos y posteriormente del
fujimorismo.
112. Sin embargo, la CVR resalta el papel
positivo de la temprana denuncia de las violaciones
de los derechos
humanos
por parte
de IU, tanto a través de sus partidos integrantes
como de las organizaciones sociales en las cuales tenía
presencia y de sus representantes en el Parlamento,
que tuvieron un
destacado papel en las más importantes comisiones
investigadoras del Congreso sobre temas vinculados al
conflicto armado in-terno
(la matanza de los penales, los grupos paramilitares,
las causas de la violencia).
113. La CVR deja constancia,
además, de que numerosos
miembros de IU, especialmente militantes de base de provincias
en períodos electorales, cayeron víctimas
de las fuer-zas del orden que no distinguieron entre
izquierdaunidistas
y subversivos. Asimismo, queda claro para la CVR que
IU no fue nunca fachada legal del PCP-SL, ni de manera
orgánica
ni oficiosa. Conforme avanzaba la década, IU denunció crecientemente
la ideo-logía y los métodos del PCP-SL,
quien asesinó un número significativo de
dirigentes sociales de las filas de IU, algunos de ellos
líderes
de importantes gremios nacionales.
F. El Poder Legislativo
114. La CVR ha constatado que los problemas
del Estado para enfrentar el conflicto armado interno también
se presentaron en el Poder Legislativo. Las fuerzas políticas
allí re-presentadas
no tuvieron ni presentaron iniciativas sobre cómo
enfrentar de una mane-ra integral a los grupos subversivos
hasta bien
avanzado el conflicto (1991).
115. La CVR deja constancia
de que durante toda la década
de 1980 el Congreso funcionó con mayorías
de los respectivos partidos de gobierno en cada período.
A través de ellas, los gobiernos inhibieron
o debilitaron las capacidades de fiscalización
y de for-mulación
legal. Así, el Parlamento 1980-1985 no cumplió con
su función constitucional de fiscalización,
al renunciar a ejercer control sobre lo que en Ayacucho,
Huancavelica
y Apurímac venía sucediendo a propósito
del conflicto. Encontrándose en este período
la mayor cantidad de peruanos muertos o desaparecidos
a causa de la guerra, el Congreso no efectuó ninguna
investigación
sobre las violaciones a los derechos humanos que
tanto el PCP-SL como las fuerzas del orden iban acumulando
impunemente.
116. La CVR debe señalar que frente
a la militarización
del conflicto, el Congreso no planteó ninguna
alternativa o plan viable. La principal actividad
normativa estuvo a cargo
del Ejecutivo. Y cuando, finalmente, el Congreso
retomó dicha
función, no hizo sino reafirmar su escasa
voluntad de comprometerse a encontrar una respuesta
severa y eficaz frente
al fenómeno subversivo.
117. La CVR señala
que la aprobación por el Congreso
de la ley 24150 que establecía las normas
que debían
cumplirse en los estado de excepción —normas
por las cuales las fuerzas armadas asumían
el control del orden interno en todo el territorio
o en parte de él— legalizó lo
que en los hechos venía sucediendo, inhibiendo
a la autoridad civil en beneficio de la militar.
Así, esta
decisión condujo al debilitamiento del poder
democrático
civil y a la reducción de la política
contrasubversiva a un ámbito de represión
y control militar.
118. Sin embargo, la CVR debe anotar
que a partir de 1985 funcionaron comisiones investigadoras
sobre
casos
de gran
impacto en la
opinión pública. Aunque ninguna logró quebrar
el círculo de la impunidad, los debates parlamentarios
y los dictámenes en minoría generaron
corrientes importantes de opinión pública
en contra de las violaciones de los derechos humanos.
No obstante, si bien el
Congreso llevó adelante la investigación
de importantes casos de violaciones de los derechos
humanos perpetradas
por las fuerzas del orden, no hizo un esfuerzo similar
para investigar y demandar sanción so-bre
terribles casos de violaciones perpetradas por el
PCP-SL.
119. La CVR anota que, en el Congreso surgido
a partir de las elecciones de 1990, el Ejecutivo
careció por primera
vez de mayoría propia. Aprovechando el desgaste
de los partidos políticos y el desprestigio
del Legislativo, el gobierno de Alberto Fujimori,
y los promotores de una política
contrasubversiva autoritaria y militarizada, sobredimensionaron
su ineficacia y sus problemas, y no tuvieron reparos
en presentar al Congreso como parte del campo enemigo;
esta idea era coincidente
con la del PCP-SL, que enten-día al Congreso
como un reducto del revisionismo y parte del viejo
Estado que había
que destruir.
120. La CVR halla que, entre 1990 y
1992, el Congreso adquirió otra
fisonomía. El que no existiese una mayoría
del partido de gobierno y el avance de la subversión
empujaban a una mayor concertación y a participar
de manera más
activa en el diseño de una política
contrasubversiva dentro de marcos democráticos.
Esa nueva actitud se hizo visible en el debate sobre
legislación contrasubversiva
de noviembre de 1991. De otro lado, en materia de
su función
de control parlamentario, el Congreso de 1990-1992
intervino en situaciones de violaciones de derechos
humanos en el conflicto
armado interno. Sin embargo, el golpe de Estado de
abril de 1992, que cerró el Parlamento con
la anuencia de un sector mayoritario de la opinión
pública, mostró que ése
fue un esfuerzo tardío e insuficiente para
controlar a los poderes fácticos y corrientes
autoritarias del país. Para entonces los partidos
políticos parlamentarios
evidenciaban claros signos de agotamiento y crisis.
121. La CVR considera que, después del golpe de Estado
de 1992, el Congreso careció de capacidad de fiscalización,
tanto por el recorte constitucional de sus atribuciones como
por la mayoría parlamentaria absoluta que mantuvo la
bancada del gobierno hasta el año 2000. La pálida
labor parlamentaria en la lucha contrasubversiva se vio agravada
por el desarrollo de un proceso de manipulación normativa
nociva para la sociedad, que buscó, entre otras cosas,
montar un aparato que garantizara la impunidad a las violaciones
de los derechos humanos cometidas por agentes estatales.
122.
A la CVR le ha sido dado constatar que, en muchos casos,
la mayoría oficialista del Congreso después del
golpe de Estado, a pesar de la actitud valiente de congresistas
de la oposición, no sólo abdicó su función
constitucional de fiscalización, sino que avaló y
promovió el encubrimiento y la impunidad. Un hito
en ese proceso fue la aprobación de la ley 26479,
ley general de amnistía (15.06.95). El Parlamento
se convirtió en
la práctica en una caja de resonancia de los planteamientos
del Poder Ejecutivo y del SIN.
G. El Poder Judicial
123. La CVR debe indicar que la abdicación
de la autoridad democrática incluyó las funciones
propias de la administración de justicia. El sistema
judicial no cumplió con su misión adecuadamente;
ni para la condena dentro de la ley de las acciones de los
grupos
subversivos, ni para la cautela de los derechos de las
personas detenidas, ni para poner coto a la impunidad con
que actuaban
los agentes del Estado que cometían graves violaciones
de los derechos humanos. En el primer caso, el Poder
Judicial se ganó la imagen de una ineficiente
coladera que liberaba a culpables y condenaba a inocentes;
en el segundo
caso, sus
agentes incumplieron el papel de garante de los derechos
de los detenidos, coadyuvando a la comisión de
graves violaciones a los derechos a la vi-da y a la integridad
física;
por último, se abstuvieron de llevar a la justicia
a miembros de las fuerzas armadas acusados de graves
delitos, fallando sistemáticamente cada contienda
de competencia a favor del fuero militar, donde las situaciones
quedaban
en la impunidad.
124. La CVR debe, empero, precisar que
el Sistema Judicial adolecía de problemas estructurales
que determinaban su ineficiencia. Sin embargo, a ello
debe sumarse la actuación
negligente de algunos operadores de justicia que hicieron
más
grave dicha situación.
125. La CVR deja constancia
de que la situación judicial
del Perú se agravó luego del gol-pe de
Estado de 1992, cuando a las condiciones mencionadas
se sumaron: una
clara intromisión en la capacidad de autogobierno
a partir de ceses masivos de magistrados, nombramientos
provisionales
y la creación de órganos de gestión
ajenos a la estructura del sistema judicial, además
de la inoperancia del Tribunal Constitucional.
126. La
CVR deja constancia de la deficiente legislación
que aplicaba el sistema judicial. Entre 1980 y 1992 incidieron
fuertemente en esta situación: la tipificación
amplia e imprecisa del delito de terrorismo y la mediatización
de la labor del Ministerio Público en la etapa
de investigación
preliminar, subordinando la labor garantista del fiscal.
Luego del golpe de Estado de 1992, la situación
se agravó debido
a que la nueva legislación antiterrorista se caracterizaba
por la sobrecriminalización del terrorismo a través
de la flexibilización del concepto y la creación
de tipos penales nuevos con los que se procesaba en distintos
fueros y se imponían penas distintas por la misma
conducta; la falta de proporcionalidad de las penas;
la seria limitación
de la capacidad de defensa de los detenidos; y la atribución
de competencia a los tribunales militares en el juzgamiento
de los delitos de traición a la patria.
127. La
CVR ha constatado que, abdicando su propia competencia,
el Poder Judicial, a través de la Corte Suprema,
falló en
toda ocasión en que los acusados eran miembros
de las fuerzas armadas, a favor de la justicia militar,
donde los
casos por lo general se sobreseían, se prolongaban
innecesariamente o terminaban generando condenas benévolas.
128.
Otra práctica generalizada que la CVR ha comprobado
consiste en que los operadores de justicia incurrieron
en falta contra su deber de cautelar los derechos de
los ciudada-nos
al declarar improcedentes los recursos de habeas corpus.
El tribunal de garantías constitucionales —vigente
hasta 1991— evitó sistemáticamente
llegar a sentencias fun-dadas. Esta situación
contribuyó en
no poca medida a que las detenciones arbitrarias culminasen
en torturas, ejecuciones arbitrarias y desapariciones
forzadas.
129. La CVR considera que la dictadura de Alberto
Fujimori pretendió legalizar de forma espuria
la impunidad a las violaciones de los derechos humanos
realizadas por agentes
del Estado, logrando que el Congreso Constituyente Democrático
aprobase por mayoría dos leyes de amnistía
que vulneraban disposiciones constitucionales y tratados
internacionales
soberanamente ratificados por el Perú. Salvo una
honrosa excepción, 15 que consistió en
inaplicar la norma por vulnerar disposiciones constitucionales
y tratados internacionales,
los jueces renunciaron a su facultad de aplicar el control
difuso de la constitucionalidad de las leyes.
130. La
CVR ha constatado que el resultado de la aplicación
estricta y acrítica de la legisla-ción
antiterrorista de 1992 permitió que en el procesamiento
de detenidos no se garantizara la imparcialidad de los
juicios. Cientos
de personas inocentes tuvieron que sufrir largas condenas,
la violación de las garantías al debido
proceso arrojó una sombra de duda sobre los procesos
realizados. El descrédito sufrido por el sistema
judicial durante el régimen presidido por Alberto
Fujimori desembocó en
un favor a los verdaderos subversivos cuando, años
después,
el Estado tuvo que realizar nuevos juicios a partir de
pruebas escasas. De otro lado, los sentenciados por terrorismo
sufrieron
las condi-ciones vejatorias de la dignidad humana de
las cárceles
en las que los recluyeron, que no conducían en
absoluto a su rehabilitación. La situación
carcelaria, en efecto, poco atendida por los jueces de
ejecución
penal, dio lugar a motines y masacres en 1985, 1986 y
1992.
131. La CVR debe indicar que el Ministerio Público —salvo
honrosas excepciones— abdi-có su función
de controlar el estricto respeto a los derechos humanos
que debía obser-varse en las detenciones y se
mostró insensible
a los pedidos de los familiares de las víctimas.
Por el contrario, se omitió el deber de denunciar
crímenes,
se investigó sin energía y se realizaron
muy deficientes trabajos forenses; todo lo cual coadyuvó a
la situación de descontrol e impunidad. Bajo la
dictadura de Fujimori, la obsecuencia del Ministerio
Público ante
los imperativos del Poder Ejecutivo fue total.
V. EL PAPEL
DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES
A. Sobre los gremios
132. La CVR ha constatado la agresión
violenta de parte de los grupos subversivos a di-versos sindicatos
y empresas.
En el informe de la CVR constan los asesinatos de
dirigentes sindicales, empresarios y funcionarios de empresas.
133.
La CVR estima que mientras el PCP-SL exacerbó los
conflictos laborales y se propuso como objetivo
la destrucción
de los sindicatos existentes, el MRTA buscó utilizar
los sindicatos para sus fines subversivos.
134.
La CVR concluye también que las prácticas
o concepciones antidemocráticas en sindicatos
y gremios empresariales condujeron a la descalificación
mutua a lo largo del conflicto armado, lo que ocasionó el
cuestionamiento de la representatividad y legiti-midad
de las organizaciones gremiales.
135. La CVR ha
constatado que el papel del Estado como árbitro
entre los conflictos laborales fue de marcada
ineptitud, pues una burocracia ineficiente y propensa
a la corrup-ción,
la ausencia de reglas claras, una legislación
engorrosa, entre otros factores, dificultaron
las negociaciones y provocaron
que los problemas se agravaran.
B. Sobre sistema
educativo y magisterio
136. La CVR ha comprobado
que el Estado descuidó desde
décadas el tema educativo. Hubo proyectos
modernizadores en la década del 60 pero
fracasaron. Ni la ley universitaria ni la reforma
educativa de 1972 lograron revertir esta tendencia.
Tampoco neutralizaron el predominio de pedagogías
tradicionales autoritarias. En aquellos espacios
que el Estado fue dejando
en su repliegue, germinaron nuevas propuestas.
Ellas propugnaban un cambio radical, no asimilable
por el sistema social y político,
sólo alcanzable por la vía de
la confrontación
y sustentado en un marxismo dogmático
y simplificado, que se expandió ampliamente
en las universidades durante la década
de 1970. Esos nuevos contenidos se transmitieron
utilizando
los viejos marcos pedagógicos au-toritarios
que no fueron cuestionados.
137. La CVR ha comprobado
que, entre muchos maestros y estudiantes universitarios,
se volvió parte del sentido común
considerar el cumplimiento fatal de la historia
a través
de la vía de la confrontación.
Esa visión
abrió espacios para el desarrollo de propuestas
autoritarias de extrema izquierda. La del PCP-SL
fue sólo la más
extrema.
138. La CVR ha comprobado que, en ese
contexto, el PCP-SL buscó instrumentalizar
las instituciones educativas: universidades,
colegios secundarios, institutos superiores e
incluso academias preuniversitarias.
El sentido común dogmático y la
ambigüedad
de los grupos radicales frente a la violencia
le fueron favorables. A través del amedrentamiento
o la cooptación
logró ubicar maestros en colegios donde
le interesaba realizar una labor proselitista.
Aprovechando y alimentando
una versión maximalista de la au-tonomía
universitaria, accedió en algunos casos
a las direcciones de Bienestar Universitario
o, al menos, encontró un santuario en
viviendas y comedores. Allí desarrolló un
proselitismo sustentado en prácticas como
el clientelismo y la movilización
de los sen-timientos de discriminación
y agravio de los estudiantes pobres y provincianos,
que utilizaban mayormente
esos servicios. A esa población universitaria,
carente redes so-ciales en sus lugares de estudio,
les ofrecía
además identidad y sentido de pertenencia.
139.
La CVR encuentra una grave responsabilidad del
Estado: i) en el descuido de la educación
pública en
medio de un conflicto que tenía al sistema
educativo como importante terreno de disputa
ideológica y simbólica;
ii) en el amedrentamiento y/o la estigma-tización
de comunidades enteras de maestros y estudiantes
de universidades
públicas, especialmente de provincias16;
iii) en el deterioro de la infraestructura de
servicios de varias universidades
públicas; iv) en haber permitido graves
violaciones de los dere-chos humanos de estudiantes
y profesores por el
hecho de ser tales.17
140. La CVR repudia los
crímenes cometidos contra estudiantes,
profesores y trabajadores, al margen de su filiación
política. Condena especialmente la matanza
de más
de cien estudiantes, profesores y trabajadores
de la Universidad Nacional del Centro (UNCP),
por los diferentes actores de la
guerra —incluyendo escuadrones de la muer-te— enfrentados
en un fuego cruzado y confuso. Condena, asimismo,
la masacre de ocho estudiantes y un profesor
de la Universidad Nacional
de Educación Enrique Guzmán y Valle,
La Cantuta, en julio de 1992 y la posterior amnistía
de los perpetrado-res, miembros del escuadrón
de la muerte denominado «Colina» en
1995. Señala, a par-tir de sus investigaciones,
que además de las ya mencionadas, las
universidades de San Cristóbal de Huamanga,
Hermilio Valdizán de Huánuco,
Callao, Huacho y San Marcos, entre otras, resultaron
afectadas por la estrategia contrasubversiva
de detenciones-desapariciones
y destrucción de infraestructura y, durante
el régimen
autoritario de la década de 1990, por
la instalación
de bases militares en los campus universitarios.
C.
Sobre el papel de las iglesias
141. La CVR a través
de numerosos testimonios recogidos, audiencias
y estudios realizados, ha constatado que, durante
el proceso de la violencia, las iglesias Católica
y evangélicas contribuyeron a proteger
a la población
de crímenes y violaciones de los derechos
humanos. Institucionalmente, la Iglesia Católica
condenó desde
temprano la violencia de los grupos alzados en
armas e igualmente las violaciones de los derechos
humanos por parte del Estado.
Estas posturas se concretaron en actividades
en defensa de los derechos humanos y en denuncias
de las violaciones. Éstas
se iniciaron muy temprano en el proceso a través
de organizaciones como la Comisión Episcopal
de Ac-ción
Social (CEAS) y otras. La CVR ha llegado a la
conclusión
de que muchas vidas fueron salvadas y muchos
otros atropellos fueron impedidos gracias al
concurso de estas organizaciones,
así como de religiosos y laicos individuales,
más
allá de orientaciones teológicas
o pastorales. En departamentos como Puno, Cajamarca,
Ancash, Ucayali o Amazonas,
el papel de sacerdotes, laicos y catequistas
contribuyó a
fortalecer el teji-do social y construir una
barrera que debilitó el
avance del PCP-SL y el desborde de la denominada
guerra sucia.
142. La CVR ha encontrado, sin embargo,
que la defensa de los derechos humanos no fue
firme
en el arzobispado
de Ayacucho
durante la mayor parte del conflicto armado.
Du-rante buena parte del conflicto dicho arzobispado
puso
obstáculos
a la labor de organi-zaciones de la Iglesia vinculadas
al tema, a la vez que negaba la existencia de
violaciones de los derechos
humanos cometidas en su jurisdicción.
La CVR deplora que algunas autoridades eclesiásticas
de Ayacucho, Huancavelica y Abancay no hayan
cumplido con su compromiso pastoral.
143. La CVR
ha concluido que las iglesias evangélicas
cumplieron también un valioso papel de
protección
de los derechos humanos, principalmente, a partir
de sus instancias de coordinación nacional.
Reconoce, asimismo, el valor de los pastores
que cumplieron esa labor de defensa de la vida
en zonas periféricas de las grandes ciudades
y en zonas rurales muy apartadas. Constata también
que un número
significativo de campesinos evangélicos
participaron en comités de autodefensa
que enfrentaron a la subversión.
Sin embargo, lamenta que algunas comunidades
evangélicas
no se hayan hecho eco de la defensa de los derechos
humanos.
144. La CVR rinde homenaje a sacerdotes,
religiosos y religiosas, fieles católicos
y evangé-licos que pagaron con
su vida su labor pastoral durante el conflicto
armado interno.
D. Sobre las organizaciones defensoras
de los derechos humanos
145. La CVR ha concluido
que, a lo largo del conflicto, decenas de asociaciones de
la so-ciedad
civil mantuvieron
viva la
capacidad de indignación ante lo que
ocurría
y crearon un eficaz movimiento a favor de
los derechos humanos que, organizado
alrededor de la Coordinadora Nacional de Derechos
Humanos (CNDH), se convirtió —pese
a una permanente satanización
en su contra— en un referente ético
en el escenario nacional y en un efectivo
recurso para que las víctimas
pudiesen avanzar en su objetivo de alcanzar
la verdad y exigir la justicia. La CVR está convencida
de que el país
tiene con las organizaciones de derechos humanos
una deuda de gratitud porque, al ejercer el
derecho democrático
de fiscalizar a las fuerzas del orden, contribuyeron
a controlar algunos de los aspectos más
brutales del conflicto y a ganar para la lucha
democrática del pueblo peruano
una amplia solidaridad internacional.
146. De
acuerdo con la tradición del movimiento
internacional de derechos humanos, en los primeros
años del conflicto
los organismos peruanos defensores de los derechos
humanos centraron su crítica fundamentalmente
en el Estado, cuyas acciones se en-marcan dentro
de un ordenamiento legal
que deben respetar, que es además signatario
de tratados internacionales y debe, sobre todo,
responder por la seguridad
de sus ciu-dadanos. Sin embargo, a mediados
de la década
de 1980, los organismos que conformaron la
CNDH establecieron sus diferencias con las
organizaciones de fachada de losgrupos
subversivos.18 Posteriormente, se negaron a
defender legalmente a militantes o líderes
de dichos grupos e influyeron activa y exitosamente
en el movimiento internacional de derechos
humanos para que sus organismos incluyan dentro
de sus críticas
y monitoreo a los grupos subversivos, tanto
peruanos como de todo el mundo.
147. La CVR
ha constatado también que, a diferencia
de otros países donde se dieron conflictos
armados internos, las organizaciones de víctimas
existieron en condiciones de debilidad. Ello
porque en la mayoría
de los casos las víctimas eran campesinos
pobres, con poca conciencia de sus derechos,
con un difícil acceso
a la justicia, con débiles redes sociales
y con escasos contactos urbanos. Esta debilidad
favoreció la impunidad
de los perpetradores de crímenes y violaciones
de los derechos humanos.
148. En este contexto,
la CVR destaca y reconoce la persistencia de
la Asociación Nacional de Familiares
de Secuestrados, Detenidos y Desaparecidos
del Perú (ANFASEP), conformada
en su abrumadora mayoría por mujeres
ayacuchanas quechuahablantes de escasos recursos.
Aun en los peores momentos, con tenacidad
y valentía, dichas mujeres mantuvieron
viva la llama de la esperanza en la recuperación
de sus seres queridos y en la aplicación
de justicia para los responsables de su desaparición.
E.
Sobre los medios de comunicación
149.
La Comisión de la Verdad y Reconciliación
constata que a lo largo del conflicto armado
interno los medios de comunicación jugaron
un papel muy importante. Durante esos años
el trabajo de investigación periodística
fue abundante, valiente y en algunos casos,
como el de la masacre de La Cantuta (julio
1992), indispensable para encontrar a
los responsables de los crímenes. Muchas
veces, en esas investigaciones los periodistas
arriesgaron la vida y, desgraciadamente,
en varias ocasiones la perdieron. La CVR rinde
homenaje a los periodistas asesinados durante
el conflicto armado interno
en cum-plimiento de su deber. Hace mención
particular a los mártires de Uchuraccay,
primeros periodistas caídos
en el cumplimiento de su deber en circunstancias
especialmente trágicas. Asimismo, reconoce
de manera especial la contribución al
esclarecimiento de hechos y a las denuncias
de crímenes y violaciones a los derechos
humanos por parte de los periodistas que en
las provincias declaradas en
estado de emergencia cumplie-ron su deber abnegadamente
y en condiciones muy adversas.
150. En lo que
se refiere a la cobertura y la línea
editorial, la CVR constata que desde ini-cios
de la década
de 1980 los medios de comunicación condenaron
la violencia subversiva, aunque con matices
según las inclinaciones
políticas de cada uno, lo que implicaba
evaluaciones diferentes de la situación
o de los objetivos de las organizaciones subversivas.
Sin embargo, los medios no tuvieron
la misma posición en cuanto a la in-vestigación
y a la denuncia de las violaciones de los derechos
humanos. Reconoce que hubo un valioso y arriesgado
trabajo de investigación
y denuncia; pero, al mismo tiempo, señala
que hubo medios que sostuvieron una posición
ambigua e incluso llega-ron a avalar la violencia
arbitraria del Estado.
151. En lo que se refiere al modo de la cobertura realizada,
la CVR ha encontrado que en muchos medios se cayó en
una presentación cruda, desconsiderada frente a las
víctimas, que no favoreció la reflexión
y sensibilización nacional. Forma parte de este problema
el racismo implícito en los medios, resaltado en el
informe final.
152. Así pues, en muchos medios, el tema
de la violencia subversiva y contrasubversiva no fue tratado
de una manera
tal que significara un aporte significativo a la pacifica-ción
del país. La CVR considera que dos factores condujeron
a ese resultado: i) la adopción inopinada de una lógica
de la violencia, que terminó por imponer un tratamiento
poco sensible de los temas, y ii) la primacía de una
lógica comercial, que en los peores casos condujo
al sensacionalismo y que se complicó a finales de
la década
de 1990 con el fenómeno de megacorrupción y
compra de medios.
VI. SOBRE LAS SECUELAS DEL CONFLICTO ARMADO
INTERNO
153. La CVR halla que el conflicto armado interno
que ha investigado es el más grave de nuestra historia
republicana y ha dejado secuelas muy profundas en todos los
planos de la vida
nacional. La amplitud e intensidad del conflicto acentuaron
los graves desequilibrios nacionales, destruyeron el orden
democrático, agudizaron la pobreza y profundizaron
la desigualdad, agravaron formas de discriminación
y exclusión, debilitaron las redes sociales y emocionales,
y propiciaron una cultura de temor y desconfianza. Es necesario,
sin embargo, resaltar que, pese a las duras condiciones,
hubo personas y poblaciones que resistieron y se esforzaron
por
la afirmación de una sociedad constructora de la
paz y del derecho.
154. La CVR hace notar que el conflicto
tuvo como resultado
la masiva destrucción de la infraestructura productiva,
y pérdida de capital social y de oportunidades económicas.
Los departamentos que lo sufrieron con mayor intensidad
se encuentran hoy en los últimos lugares en los índices
de pobreza y desarrollo humano. No es casualidad que cuatro
de los departamentos más afectados por el conflicto
(Huancavelica, Ayacucho, Apurímac y Huanuco) se
encuentren entre los cinco más pobres del país.
155.
A la CVR le ha sido posible constatar que la violencia
destruyó y desorganizó la vida social local,
especialmente por el asesinato de dirigentes y autoridades
tradicionales y estatales. Eso produjo un profundo debilitamiento
de la sociedad civil, de los partidos políticos
y de las estructuras en donde más necesario era
el afianzamiento de un tejido social: los sectores más
marginados y necesitados de inclusión y expansión
de la ciu-dadanía.
156. Para la CVR el desplazamiento
masivo desde las zonas de violencia constituyó un
doloroso proceso de desarraigo y empobrecimiento de cientos
de miles de peruanos y peruanas;
ello produjo una urbanización compulsiva, así como
un retroceso histórico en el patrón de ocupación
del territorio andino, lo que habrá de afectar por
largo tiempo las posibilidades de un desarrollo humano
sostenible.
La población desplazada vio afectadas sus redes
sociales, que debieron adaptarse con distintos grados de éxito
y con gran sufrimiento a las nuevas circunstancias, lo
cual constituyó un enorme reto para la provisión
de servicios en las ciudades. Asimismo, los desplazados
por el
conflicto fueron en muchos casos estigmatizados y discriminados
en escuelas, barrios y centros de trabajo. Al retornar,
tuvieron que enfrentar a veces graves problemas de tierras
y ausencia
de apoyo suficiente para reorganizarse y sostener a sus
familias.
157. La CVR ha constatado que toda una generación
de niños y jóvenes ha visto truncada o empobrecida
su formación escolar y universitaria como resultado
del conflicto; ellos merecen atención preferente
del Estado.
158. La CVR es conciente de que el conflicto
armado interno intensificó hasta niveles insoportables
el miedo y la desconfianza, que a su vez contribuyeron
a fragmentar
y
atomizar la sociedad. En esas condiciones, el sufrimiento
extremo ha causado resenti-miento y ha teñido de
recelo y violencia la convivencia social y las relaciones
interpersonales.
159. La CVR ha constatado que amplios
sectores de la población
afectada por la violencia sufren una u otras formas de
secuelas psicosociales, lo que debilita sus capacidades
de desarrollarse
y superar las heridas del pasado.
160. Para la CVR una secuela
del conflicto armado interno en el terreno político
es la descomposición moral
en la que se hundió el país durante los últimos
años de la dictadura de Alberto Fujimori. En efecto,
la forma en que el Estado, las fuerzas políticas
y secto-res importantes de la opinión pública
enfrentaron esos años, mostrando indiferencia, tolerancia
hacia las violaciones a los derechos humanos y disposición
a trocar democracia a cambio de seguridad como costo necesario
para terminarlo, abrió paso a la autocracia y a
la impunidad.
161. Finalmente, la CVR señala que
debe reconocerse que la violencia, con todo su rigor, no
fue capaz de destruir
la capacidad de respuesta de la población. En numerosas
oca-siones, ante la destrucción de redes sociales
tradicionales y el asesinato masivo de diri-gentes, las
mujeres asumieron
nuevas responsabilidades y lanzaron al país el reto
moral de reconocer la pérdida de miles de sus hijos
en masacres y desapariciones. Dirigentes jóvenes
reconstruyeron muchas de las comunidades más afectadas
y se pu-do comprobar que muchas comunidades habían
sido capaces de resistir la violencia a través de
la autodefensa y de alternativas de paz y procesos de microrreconciliación.
162.
La CVR llega a la convicción de que las secuelas
del conflicto armado interno pesan como una grave hipoteca
sobre nuestro futuro y afectan decisivamente nuestra construcción
como comunidad nacional de ciudadanos libres e iguales
en un país democrá-tico y plural, que avance
por el camino del desarrollo y la equidad. Considera, asimismo,
que
el primer paso para superar esas secuelas es que el país
conozca en toda su magnitud las dimensiones del horror
vivido entre 1980 y 2000.
VII. SOBRE LA NECESIDAD DE REPARAR
163.
La CVR, a partir del informe que entrega al país,
estima que, si bien pudo alegarse ignorancia o incomprensión
frente al drama que se vivió en los primeros
años
del con-flicto, ello no es más posible. Enterados
los poderes del Estado y los ciudadanos y ciudadanas
a quienes
va dirigido nuestro informe de las sobrecogedoras dimensiones
de lo ocurrido, resulta indispensable, si queremos
vivir civilizadamente en paz y en democracia, reparar,
en
la medida de lo posible,
los gravísimos daños que se han ocasionado.
164.
La CVR considera que su misma existencia y el mandato
que recibió de proponer reparaciones constituye
ya el inicio de un proceso de resarcimiento y de dignificación
de las víctimas.
165. Para la CVR la reparación
tiene profundas implicancias éticas
y políticas, y es un componente importante del
proceso de reconciliación nacional. Al ser las
víctimas
del conflicto en su abrumadora mayoría campesinos,
pobres, indígenas, tradicionalmente discriminados
y excluidos son ellos los que deben recibir atención
preferente por parte del Estado.
166. Para la CVR, la
reparación implica revertir el
clima de indiferencia con actos de solidaridad que
contribuyan a la superación de enfoques y hábitos
discriminatorios, no exentos de racismo. Aplicadas
con equidad, las reparaciones
deben, asimismo, generar confianza cívica, restableciendo
las relaciones dañadas entre los ciudadanos
y el Estado, de modo que se consolide la transición
y gobernabilidad democráticas y se prevengan
nuevos escenarios de violencia.
167. La CVR presenta
al país un Plan Integral de Reparaciones
donde se combinan formas individuales y colectivas,
simbólicas
y materiales de resarcimiento. El Plan debe ser financiado
creativamente por el Estado, pero también por
la sociedad y la cooperación internacional; él
pone énfasis
en: i) las reparaciones simbólicas, el rescate
de la memoria y la dignificación de las víctimas;
ii) la atención a la educación y a la
salud mental; iii) las reparaciones económicas
individuales y colectivas (programas de reconstrucción
institucional, desarrollo comunal, servicios básicos
y generación
de ingresos).
168. La CVR considera que una parte esencial
del proceso de reparación es la justicia. Ningún
camino hacia la reconciliación será transitable
si no va acompañado
de un ejercicio efectivo de la justicia, tanto en
lo que concierne a la reparación de los daños
sufri-dos por las víctimas cuanto en lo relativo
al justo castigo a los perpetradores y el consiguiente
fin de la impunidad. No se
puede construir un país éticamente sano
y políticamente
viable sobre los cimientos de la impunidad. A través
de los casos que entrega al Ministerio Público,
de la identificación de alrededor de 24 mil
víctimas
del conflicto armado interno y de los hallazgos de
sus investigaciones en general, la CVR busca ampliar
sustancialmente los argumentos
para sustentar el reclamo de justicia de las víctimas
y de sus organizaciones, así como de los organismos
defensores de los derechos humanos y de los ciudadanos
en general.
169. Asimismo, la CVR ha elaborado un Registro
Nacional de Sitios de Entierro sobre la base de la
información obtenida
durante sus investigaciones. Al término de su
manda-to, la CVR ha registrado 4,644 sitios de entierro
a nivel nacional,
habiendo realizado tres exhumaciones y constataciones
preliminares en 2,200 de ellos. Estas cifras que superan
ampliamente las
estimaciones anteriores, confirman la importancia que
tiene impulsar y ejecutar el Plan Nacional de Intervenciones
Antropológico
Forenses que propone la CVR. Asimismo, la CVR se ratifica
en la importancia fundamental del trabajo antropológico
forense para alcanzar justicia, identificar las posibles
víctimas
y procesar el duelo por nuestros compatriotas desaparecidos.
VIII.
SOBRE EL PROCESO DE RECONCILIACIÓN NACIONAL
170.
La CVR propone que el gran horizonte de la reconciliación
nacional es el de la ciudadanía plena para
todos los peruanos y peruanas. A partir de su mandato
de propiciar la
reconciliación nacional y de sus investigaciones
realizadas, la CVR interpreta la reconciliación
como un nuevo pacto fundacional entre el Estado y la
sociedad
peruanos, y entre
los miembros de la sociedad.
171. La CVR entiende que
la reconciliación debe ocurrir
en el nivel personal y familiar; en el de las organizaciones
de la sociedad y en el replanteamiento de las relaciones
entre el Estado y la sociedad en su conjunto. Los tres
planos señalados
deben adecuarse a una meta general, que es la edificación
de un país que se reconozca positivamente como
multiétnico,
pluricultural y multilingüe. Tal reconocimiento
es la base para la superación de las prácticas
de discriminación que subyacen a las múltiples
discordias de nuestra historia republicana.
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