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AUDIENCIA PÚBLICA TEMÁTICA SOBRE LEGISLACIÓN
ANTITERRORISTA Y VIOLACIÓN AL DEBIDO PROCESO

Jueves 04 de julio de 2002
   

LAS CAUSAS DE MILES DE INOCENTES EN PRISIÓN,
ACUSADOS INJUSTAMENTE DE TERRORISMO

Ernesto de la Jara Basombrío

Interpreto que he sido convocado a esta importante audiencia temática, debido a que pertenezco al movimiento de derechos humano representado por la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, espacio de confluencia que existe desde 1985 y que está compuesto por más de 60 organizaciones ubicadas en diferentes partes del país; movimiento y organizaciones que durante todos estos años asumieron de manera conjunta la causa de los inocentes en prisión. Agradecemos a la Comisión de la Verdad y Reconciliación que se haya valorado nuestro punto de vista.
Se me ha pedido referirme a las causas de los miles de inocentes que han pasado por las cáceles peruanas, producto de acusaciones injustas de terrorismo. Debo comenzar diciendo que bien cumpliré con el encargo, en el fondo no encuentro nada que lo pueda explicar, no tengo una razón que me satisfaga, que considere racional o coherente. Más bien me parece que el tema cae en el ámbito de lo incomprensible, inexplicable, enigmático, increíble.
¿Cómo pudo ser que en nuestro país, durante casi 20 años, pero especialmente a partir de 1992, miles de hombres y mujeres inocentes, fueron detenidos, arrancados de sus casas, torturados, presentados a rayas, juzgados por tribunales civiles y militares sin rostro, condenados en masa a penas severísimas, de 20 años a cadena perpetua, y que llegaron a estar encarcelados unos, dos, cuatro, seis, ocho, diez, o hasta trece años, en condiciones inhumanas? ¿Cómo pudo ser?
Y mientras esto ocurría, la mayoría del país indiferente, o apoyando, aplaudiendo, pidiendo más y hasta celebrando. Recordemos tan solo cómo esa escena tan violenta de presentar a rayas a quien acababa de ser detenido, era una escena tranquilizante.
Inexplicable e increíble. Es algo por lo que sólo nos queda sentir vergüenza, pues pertenece a la parte oscura y perversa del ser humano, capaz de lo peor, y a esas grietas sociales que son parte de nuestra identidad como país.
Y cuando hablamos de miles y miles de inocentes no es un decir sino que efectivamente fueron miles de miles. Las cifras en derechos humanos son odiosas, porque cada ser humano es único e irrepetible, pero son inevitables:

  • Según el registro único de detenidos, entre 1992 y el 2000 hubo cerca de 22,000 detenidos por terrorismo. Y según cifras oficiales de la época antes, de 1992 hubo 4000. En total: 26,000 detenciones. Sin embargo, hoy hay en la cárcel alrededor de 2500 detenidos por terrorismo, y la mayoría de los liberados no pueden haber sido senderistas y emerretistas porque si lo hubiesen sido, la derrota de estos grupos no se hubiera producido.
  • Hay que tomar en cuenta, además, que estamos hablando de casos registrados de manera centralizada, en un país donde es más lo que no se registra.
  • Si hubo 26,000 senderistas detenidos, más 5,000 desaparecidos, más miles de ejecuciones, más 12,000 subversivos muertos en combate, mas lo que nunca fueron detenidos, etc., llegaríamos a la conclusión de que los senderistas habrían sido 40,000 o 60,000 senderistas, lo cual es imposible.
  • Más de 6,000 fueron detenidos y liberadas antes de pasar a juicios, según el mismo registro.
  • Más de 400 casos fueron pasados del fuero militar al fuero común .
  • Aún en la época de los jueces sin rostro, más del 60% de los casos terminaron en absoluciones y en algunos años hasta el 90%.
  • La prueba definitiva del número elevadísimo de inocentes en prisión la dio el mismo Fujimori: creó un mecanismo especial de revisión de casos, y en 3 años y medio, él mismo indultó en calidad de inocentes a 513, y en el mismo período más de 600 fueron absueltos.

Queda claro, entonces, que han sido miles de miles.
Pasemos a las causas.

La primera causa de los inocentes en prisión:

“Legislación antiterrorista-5 de abril de 1992”
Si bien desde comienzos de los 80 se opta por un esquema de legislación antiterrorista excepcional, en el contexto del golpe del 5 de abril, el gobierno aprueba y pone en práctica un nuevo marco legal para la detención y juzgamiento de terrorismo que es ese esquema excepcional pero llevado al extremo, el mismo que resumiríamos de acuerdo a las siguientes características:

  • Tipos penales totalmente abiertos de terrorismo y traición a la patria: todo puede ser terrorismo.
  • Facultades ilimitadas a la policía y militares para detener, incomunicar, trasladar, actuar pruebas durante 30 días, en desmedro de las atribuciones del Poder Judicial.
  • Se restringen las posibilidades de defensa: no caben acciones de garantía; no hay garantías para la defensa; inicialmente cada abogado podía defender un solo caso; en la etapa policial, el abogado ingresa sólo en la declaración formal, pero antes el detenido ha sido interrogado sin su presencia; etc. Prohibición de todo tipo de libertades durante el proceso, etc.
  • Plazos fulminantes, por ejemplo, un juez militar podía sentenciar a condenar a cadena perpetua en 10 días a partir de un procedimiento que, según el texto expreso de la ley, es el que se aplica “en el teatro mismo de operaciones”. Sin embargo, el sistema también permite (por ser salas especiales con jueces sin rostro) que el detenido pueda tener que esperar un año o más para ser juzgado.
  • Se establecen penas sumamente drásticas, sin ningún cuidado de guardar algún tipo de proporcionalidad (habitualmente no menor de 20 años y hasta cadena perpetua).
  • Se introducen normas como la persecución penal de menores de edad, desde los 15 años. Se permite la condena en ausencia.
  • Como parte de este paquete legislativo, se establece un sistema de arrepentimiento consistente en otorgar beneficios (desde reducción de la pena hasta libertad inmediata) a cambio de información (delación) sobre SL o el MRTA (al respecto, véase cuadro), pero sin ningún tipo de garantías.
  • El diseño y aplicación de un régimen penitenciario especial para procesados y condenados por terrorismo y traición a la patria. (R.S. N° 114-92-JUS del 14/08/92) que, sin exagerar, puede ser calificado de inhumano.

Todo este sistema absolutamente reñido con estándares mínimos de derechos humanos y de administración de justicia mereció pronunciamientos sumamente críticos de parte de la Comisión y Corte Interamericana, de Naciones Unidos, de comisiones internacionales de juristas, etc.

¿Qué significó en la práctica esta legislación?:

  1. Se institucionalizó una política de “detención indiscriminada”, y una vez detenida la persona podía fácilmente ser mantenida en prisión por tiempo indefinido.
  2. Se liberó a policías, jueces y fiscales de la engorrosa tarea de tener que demostrar fehacientemente la comisión del delito y la responsabilidad individual.
  3. Se estableció la “irresponsabilidad” de los policías, militares, jueces y fiscales; es decir, se impuso la regla de “nadie tiene que rendir cuentas por nada”.
  4. Se invirtió el principio de la presunción de inocencia: todo detenido es culpable y tiene que demostrar su inocencia.

A la persona acusada de terrorismo todos le pasan a exigir que tenga una especie de explicación perfecta sobre lo que ha hecho desde el momento mismo en que nació hasta el instante último antes de ser detenido. Desde por qué se llama de tal manera hasta por qué vive en tal barrio y no en tal otro. Y así, si no hay la más completa explicación hasta del más mínimo detalle; si por casualidad olvidó algún hecho o parte de su vida; si se contradijo, aunque fuera en algo irrelevante; si omitió un detalle, un nombre, un lugar; si mintió aun cuando sólo fuese en algo mínimo; si agregó algo: todo puede ser motivo de sospecha y determinar una condena.

La mayor perversidad de la legislación antiterrorista–5 de abril de 1992: la confusión

Si hubiera que resumir en un solo punto, uno solo, los efectos perversos de este tipo de legislación sin garantías, éste sería, sin lugar a dudas, que está hecha para confundirlo y mezclarlo todo. El famoso y dramático inocentes y culpables en un mismo saco.
El nivel de incertidumbre, la posibilidad de error que hay en toda sentencia humana, en todo acto de administración de justicia, en todo ejercicio de la función jurisdiccional, pero elevado a la enésima potencia. Y como la legislación está hecha para atrapar y mantener en prisión, la posibilidad de error a la enésima potencia se traduce en cientos y miles de inocentes detenidos y condenados.
Además, la confusión no se da sólo entre inocentes y culpables, sino también entre los propios culpables: quien tuvo una mínima participación, con mil atenuantes de por medio, por una distorsión policial o judicial, puede terminar compartiendo expediente y pena con el propio Abimael. En el medio de la confusión y de la generalización, ya no tiene importancia ni es posible diferenciar niveles de participación o grados de responsabilidad o de gravedad de lo ocurrido.
Y una vez que la confusión, la mezcla, se produce, como las fronteras han quedado diluidas y las verdaderas pistas han sido destruidas y reemplazadas por otras falsas, la separación pasa a ser nuevamente una tarea difícil, engorrosa y hasta tortuosa, llena de dudas, miedos y riesgos. ¿Y si es? ¿Y si no es? ¿Qué es verdad y qué es mentira? ¿Qué es sembrado o fraguado y qué no? ¿Cómo estar seguro? ¿Y si me equivoco? La duda establecida y arrastrada para siempre. Hasta hoy existe un número determinado de personas que desde hace varios años juran y rejuran que son inocentes pero no logran convencer a las autoridades ni consiguen demostrarlo. ¿Y si fuera verdad?
Y en esta operación de volver a separar a inocentes de culpables se generó un sentimiento de pavor frente al error. Porque socialmente se permite cometer miles y miles de errores si se trata de inocentes considerados culpables, pero nadie perdona si se comete un solo error en sentido contrario.

Segunda causa de los inocentes en prisión

El trauma de los jueces por el coladero
Los jueces habían sido señalados públicamente como los responsables de una gran cantidad de liberaciones indebidas de senderistas y emerretistas, el famoso “coladero” (nomenclatura de la época); fenómeno que efectivamente ocurrió, pero que en realidad no era culpa sólo de jueces y fiscales, como señalaba la versión oficial y el que se podría haber solucionado de otra manera.
Pero más allá de las explicaciones había una especie de trauma en los jueces y esto constituyó una presión muy fuerte para muchos de ellos.

Tercera causa de los inocentes en prisión

Una opinión pública aterrorizada presionando
La gran mayoría del país respaldó y celebró la promulgación de la legislación antiterrorista descrita, y respaldó y celebró con el mismo entusiasmo la seguidilla de capturas, juicios y condenas, sin la menor preocupación por que se diferenciara a culpables de inocentes ni, menos, de que se estuviera recurriendo a métodos en sí mismos cuestionables.
Y es muy importante que se procese y asuma también este tipo de responsabilidad, porque así se extraerá la lección que corresponde a la experiencia.
¿ Qué provocó el respaldo tan cerrado y sin el menor espíritu crítico a una legislación tan claramente incivilizada?: 1) el miedo; 2) el miedo azuzado.
En 1992 –como ya se dijo– el país vivía aterrado, y no era para menos. Los fanáticos de Sendero Luminoso desplegaban violencia por todas partes y sin ningún tipo de límites. Llevábamos más de 12 años de confrontación armada interna y no encontrábamos la manera de “cambiar” el curso de la guerra y de “revertir” el avance del terrorismo.
En pocas palabras, Sendero Luminoso había logrado su objetivo de aterrorizarnos. Y a partir de ese terror, la mayor parte del país pasó a un estado de ánimo muy peligroso: cualquier cosa, ningún límite con tal de derrotarlos, de recobrar la seguridad y de eliminar la fuente de la amenaza.
Todo tipo de justificaciones: “las guerras siempre tienen costos inevitables”; “quien cae preso, por algo será, algo habrá tenido que ver”; en otros países –e incluso antes en el Perú– era peor, porque a los sospechosos se les mataba (desaparecidos).
Se demostró, así, que una sociedad que llega a sentirse agredida y amenazada puede responder de la peor manera y justificar lo injustificable.
Más si ese miedo lógico y legítimo era azuzado y manipulado desde el poder, como lo era de hecho en época de Fujimori y Montesinos.
Este papel de la opinión pública es muy importante de considerar, puesto que así como –motivada por el miedo- ayudó a generar miles de inocentes en prisión, posteriormente reacciona y adquiere un cierto nivel de sensibilización con el tema y ejerce una presión decisiva para que se libere a los inocentes en prisión.

Cuarta causa de los inocentes en prisión

Las víctimas (los inocentes): de las canteras de los pobres, de los más pobres
Digámoslo sin medias tintas: si miles de inocentes pudieron ser detenidos, torturados, encarcelados, enjuiciados y condenados, fue porque en la mayoría de casos los afectados y afectadas eran y son pobres, personas sin recursos económicos, socialmente marginadas, vulnerables, indefensas, pertenecientes a los sectores que hoy clasificamos como C y D, pobres dentro de los pobres.
Campesinos más empobrecidos que nunca, pobladores de asentamientos humanos, ambulantes de mercadería ínfima, obreros de fábricas caídos en desgracia, estudiantes hijos de campesinos u obreros, maestros de 300 soles al mes, profesionales sin trabajo, subempleados haciendo taxi o de ambulantes, migrantes y desplazados, expulsados por la miseria y la violencia.
De los indultados por la Comisión Ad Hoc (481), el 36% es analfabeto, y el 21% sólo tiene primaria. El 40% son campesinos, el 27% son obreros o trabajadores informales.
Lo que ha pasado con los inocentes acusados y condenados injustamente por terrorismo no es más que la confirmación de lo patética que ha sido históricamente la justicia en el Perú: mientras que es débil, timorata y obsecuente con el poder, con toda clase de poder (político, económico), es fuerte, implacable y prepotente con el débil, con el desvalido, con el que no se puede defender. Como que la frustración o sumisión frente al poderoso produce ensañamiento con el débil.
De hecho hubo un doble estándar, sobre la base de la condición económica y social. Así, por ejemplo, cuando un empresario sufría una amenaza y se le obligaba a colaborar no pasaba nada, cuando un campesino era obligado a dar un plato de comida se le metía preso.

Quinta causa de inocentes en prisión

La condición de la mujer
A este nivel de: los inocentes en prisión son quienes en general pertenecen a los sectores más vulnerables e indefensos del país, habría que mencionar de manera especial el caso de las mujeres. Si bien las mujeres inocentes no superan el 15 % del universo total, la vulnerabilidad de la mujer debe de ser tomada en cuenta como causa específica del problema por consideraciones como las siguientes:

  • Muchas veces se detenía y condenaba a una mujer por haber tenido una relación con un sospechoso o culpable de terrorismo (pareja, madre, hermana).
  • El abuso sexual y la violación fueron métodos permanentes para lograr de parte de mujeres una autoinculpación o sindicación.

Sexta causa de inocentes en prisión

Todo como parte de un paquete autoritario: el gran operativo psicosocial
No hay que perder de vista que la promulgación del nuevo marco antiterrorista y el primer tiempo de su aplicación fueron parte –y hasta justificación– de un golpe de Estado, el del 5 de abril de 1992, por lo que tiene que ser entendido en función de un paquete autoritario en términos de que 1) se aprovechó el humor del país, y 2) se utilizó una serie de medidas complementarias.
Cuando nos referimos al paquete autoritario lo hacemos para remarcar que lo que ocurrió no fue que se dio una legislación antiterrorista antidemocrática en medio de un mar de democracia, sino que esa legislación fue parte de un esquema de gobierno en general autoritario, y, por lo tanto, se reforzaba y potenciaba con otras medidas y acciones complementarias:

  • Un discurso antidemocrático y antiderechos humanos.
  • Manipulación y aprovechamiento político de la situación de violencia que vivía el país.
  • Control y manipulación de los medios.
  • Elaboración y difusión de una versión oficial sobre el proceso de violencia política y de la pacificación.
  • Control de las instituciones: Poder Judicial, Ministerio Público, Procuraduría, entre otras.

Era todo un esquema autoritario y por eso fue que pudo funcionar tan “eficazmente”, durante tantos años.
En realidad todo era parte de un gran OPERATIVO PSICOSOCIAL, tal vez el principal: como había que sacarle el jugo a la derrota del terrorismo, había necesidad de miles de detenciones, miles de arrepentidos, comunidades enteras abrazando la bandera, conferencia de prensa llenas de armamentos.

Séptima causa de inocentes en prisión

Una mentalidad muy arraigada de quien tiene poder, abusa frente al débil
En el país impera una mentalidad de abuso y prepotencia especialmente frente al pobre, al débil. Y esta mentalidad se da en todas las esferas del poder, desde las más bajas hasta las más altas. En toda parcela de poder, la tendencia es a que el poder se nos haga sentir.

Mentalidad encarnada y a la vez promovida, estimulada,
por el tipo de legislación antiterrorista que se aprobó.

Si esa es la mentalidad imperante cotidianamente, imaginémonos lo que sucede cuando se alienta. Todas las autoridades estimuladas a combatir el flagelo del terrorismo, a Guzmán y sus hordas asesinas de policías y militares, en nombre de la patria. Cada detenido torturado o detenida violada es simplemente un golpe contra el terrorismo. El sentimiento de culpa, bastante debilitado, desaparece. Prueba de ello es que quien tortura en la madrugada sale y, aparentemente, continúa con su vida normal y hasta con sensación de Fuerza del Orden que cumple con su deber.

Octava causa de inocentes en prisión

Precariedad nacional
Parte de la explicación es sin duda la precariedad nacional a muy distintos niveles:

Precariedad institucional: de la policía, Poder Judicial, del Ministerio Público.
El contacto con las dependencias públicas que tienen que ver con administración de justicia en materia de terrorismo (delegaciones policiales, establecimientos militares, oficinas del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Procuraduría y el fuero militar) produce muchas veces una doble sensación: 1) qué maravilla y hasta heroico que las cosas funcionen a pesar de todo; y, 2) qué miedo que acá, en instituciones que funcionan a pesar de todo, se tomen decisiones tan importantes.
Sí: las cosas funcionan a pesar de todo en el sentido que entran y salen casos a diario, entran y salen –o se quedan– personas a diario, a pesar de la más absoluta y visible precariedad, que se traduce en carencia de infraestructura, de recursos humanos y económicos y de todo.
Pero qué miedo que en medio de esta precariedad y carencia se adopten decisiones que afectan de manera irremediable la vida de las personas: ¿cuánta calidad y seguridad están garantizadas en las decisiones tomadas en un mar de precariedad y de carencias?

El descriterio o mal criterio
Este contexto de precariedad, de carencia, de abandono a su suerte, de que cada quien haga lo que pueda, de heroico, porque podría ser peor, aumenta enormemente las posibilidades del “descriterio” o el “mal criterio”, punto al que queríamos llegar.
Muchas veces se asume a priori que es culpable y no inocente, a partir del descriterio, mal criterio, estrechez de criterio, fruto de la mala formación estructural, de la falta de recursos económicos, del bajo nivel y en ge­neral de esta precariedad, carencia y falta de condiciones.
El descriterio o mal criterio puede llevar, por ejemplo, a una valoración absurda y hasta surrealista de una supuesta prueba. Así, muchas veces se encuentra que en el domicilio se halló material subversivo, y uno no lo puede creer cuando se entera de que ese material subversivo son libros de Mariátegui u obras clásicas de Marx, Lenin o Mao.
Hay un caso famoso porque la prueba encontrada era La rebelión de las masas de Ortega y Gasset, y, por si fuera poco, el libro estaba subrayado con rojo. ¡Con rojo!
Mal criterio para saber apreciar lo que era un fenómeno como:

  • Que los senderistas hacían doble vida.
  • Que la colaboración podría haber sido por miedo o bajo amenazas (causa de justificación).
  • Que la colaboración podría haber sido por el cumplimiento de un deber: médicos.

Pero lo más grave es que esa falta de criterio o el manejo de un criterio equivocado y hasta absurdo no sólo se ha expresado en la mala apreciación o valoración de una prueba, de un caso o de una situación en términos individuales o concretos, sino también en equivocadas apreciaciones genéricas, totalizantes; y de ahí parte la posibilidad de cometer errores a gran escala, masivamente. ¿A qué nos referimos esta vez? A los prejuicios sobre quién podía ser un senderista o un emerretista y quién no. Tema de los prejuicios que, obviamente, merecería una investigación más profunda.

Prejuicios o generalizaciones
Hablamos de prejuicios en el sentido de que a partir de algún rasgo, característica o condición encontrados en un número determinado de senderistas o emerretistas se pasa a generalizar, a asumir que toda persona que tenga ese rasgo, característica o condición es de todas maneras senderista o emerretista.
Entonces, basta encontrar este rasgo, característica o condición para que inmediatamente se tenga la certeza de que se está ante un senderista o un emerretista, y de lo que se trata a partir de ese momento es de encontrar o construir la prueba necesaria. Y en esto, el menú de prejuicios o generalizaciones ha sido también variado:

  • Ayacuchano (“provinciano”)
  • Introvertido, respondón, no colaborador.
  • Estudiantes universitarios de Huamanga, de La Cantuta, de la Universidad de Huancayo, de tal o cual programa de San Marcos
  • Pobladores de Raucana, Los Olivos, de la carretera Central
  • Médicos de determinadas especialidades
  • Determinados apellidos o familias
  • Abogados que defienden ese tipo de caos.
  • Profesionales que provienen de China, Bélgica, Inglaterra, Suecia.

En relación a estos 8 niveles de causa o explicaciones, dos precisiones más:

  • A la base de todas estas causas, es justo de recordar que hay un hecho original que no hay que perder de vista: la provocación senderista. Fue la irrupción de SL con su alucinante guerra popular, su fundamentalismo y su violencia sin límite, la que desencadenó la espiral de violencia que luego fue azuzada por una respuesta inadecuada del Estado. SL y el MRTA son también responsables principales de todo el sufrimiento de los inocentes y sus familiares y de sus propio cuadros y militantes.
  • Que en todo esto ha sido terrible la actuación de las instituciones y sus integrante, pero ha habido excepciones: personas que dentro de la policía, Fuerzas Armadas, fuero militar, Poder Judicial, tratando de ir a contracorriente lo cual se ha expresado hasta en sentencias, absoluciones y liberaciones.

Hubo más que errores: Prefabricación de reponsabilidad penal y de pruebas
Sobre la base de lo expuesto quiero llamar la atención de algo sumamente grave y que suele pasar desapercibido: se suele decir que los inocentes en prisión son errores cometidos por la administración de justicia, pero lo que ha habido es algo mucho más que errores, pues en muchos casos lo que hubo fue una prefabricación de culpabilidad y de pruebas.
Error es cuando hay una mala apreciación o valoración de un hecho o prueba, o una convicción equivocada, pero cuando lo que se hace es prefabricar la culpabilidad (responsabilidad penal) y las de pruebas, ya estamos ante otro fenómeno.
La famosa, lúcida pero terrible frase de Lanssiers: “El director de la Dincote debe de ser nombrado ministro de Agricultura porque se ha dedicado a sembrar pruebas”.
Veamos algunas pruebas de esta prefabricación, de la responsabilidad penal o siembra de pruebas:

  • Hay cientos, miles de testimonios en los que parece que policías o militares, incluso acompañados de fiscales, fueron a casas y pusieron volantes o enterraron cargas explosivas.
  • La cantidad de casos en los que se originan con una práctica de tortura:
  • En una encuesta hecha por el IDL en 1994, de 1,250 detenidos por terrorismo, el 77.2% contó con detalle cómo ha sido torturado en la etapa policial.
  • El 38% de las personas indultadas por recomendación de la Comisión Ad Hoc, antes habían declarado judicialmente haber sido torturadas. En el caso de los no recomendados, este porcentaje se eleva al 43%.
  • La Comisión Ad Hoc en su informe final sostiene que el 43% de los indultados fueron torturados para: declaraciones autoinculpatorias; firma de papeles en blanco; firma de papeles redactados unilateralmente por la policía; papeles redactados unilateralmente por los militares.
  • Según el Informe Final de la Comisión Ad-Hoc, en el 67% de los casos beneficiados “no se actuaron pruebas adicionales a las obtenidas en el registro policial”.
  • El 41% de las condenas en el caso de los indultados se basaron en pruebas que según la Comisión debieron de ser excluidas por problemas vinculados a su obtención.
  • Hay casos donde la práctica grafológica resulta positiva y después se descubre que la escritura corresponde a un diestro y la persona era surda.
  • Hay casos en los que la acusación de terrorismo es evidente para sacar a una persona del camino, y el sistema lo permite de manera fluida Por ejemplo, un conocido caso de una agente del Sin, que se peleó con el régimen y termino condenado a cadena perpetua; o el caso de un terrateniente que logró que más de un comunero fueran condenados a cadena perpetua por terrorismo.
  • Pero acá también, la prueba definitiva la dio Fujimori. La Comisión le recomendaba los casos y él obviamente los consultaba al SIN, entidad de la que dependía el veredicto final. En los 513 casos que aceptó indultar en todos había una supuesta prueba contundente (incautación, autoinculpación, sindicación, una pericia, etc.) y, sin embargo, se indultó. ¿Por qué? porque se tenía conciencia que eran pruebas prefabricadas.
  • Hay testimonios recurrentes de cómo se hacía para que una pericia de absorción atómica resultara positiva, o en muchos casos se descubría que la pericia grafológica era fraguada porque aludió a un diestro cuando la persona era zurda.

CONCLUSIONES

1. Una legislación que no respeta las mínimas garantías es peligrosísima, pero lo es mucho más en el caso de un país como el Perú. Cuidado porque parte de la legislación sigue vigente y cada vez que hay un peligro se sigue pensando en este tipo de legislación.

2. Que los miles de inocentes han sido mucho más que errores, por tanto, hay gravísimas responsabilidades. Por ejemplo, toca a los militares y a la Dincote una profunda autocrítica, por lo que pasó en sus instalaciones como centros de detención.

3. Hay que educar a la opinión pública a ser sensibles a los derechos humanos de todos, porque puede ayudar a generar terribles injusticias, como fueron los miles de inocentes en prisión, o a evitarlas o solucionarlas, como también ocurrió en esta historia.

4. Tenemos que asumir algo terrible: la gran mayoría de esas detenciones, eran de inocentes, eran las personas que vivían en los famosos escenarios de violencia. Y eso coherente con que SL y el Mrta siempre fueron una minoría y que la mayoría de sus integrantes murieron o nunca fueron detenidos.

EPÍLOGO

La parte positiva de la historia
La historia de los inocentes en prisión es una historia dramática, llena de dolo y de sufrimiento, una historia para el nunca más, pero a la vez es una historia vital, llena de sentido y hasta poética: seres humanos, dando batallas heroicas, motivados por el amor, la esperanza, la libertad y la justicia, cayendo, desmoronándose pero a la vez sobreviviendo, luchando, volteándole el brazo a la adversidad. Una reivindicación de la vida y del ser humano, una lección, que solo nos queda agradecer a los inocentes y sus familiares.